Cardenal Rubiano Saenz: La legitima autodefensa de una nación

BOGOTÁ, 15 de marzo de 2003 (ZENIT.org).- Publicamos la intervención del cardenal Pedro Rubiano Saenz, arzobispo de Bogotá y presidente de la Conferencia Episcopal de Colombia pronunciada el 29 de enero en la videoconferencia internacional de teología organizada por la Congregación vaticana para el Clero sobre la paz.

Print Friendly, PDF & Email
Share this Entry

* * *

La autoridad de una nación se ejerce legítimamente cuando promueve y defiende el bien común de los ciudadanos; cuando se preocupa por el desarrollo espiritual y humano de todos; cuando procura todo aquel conjunto de condiciones políticas, sociales, culturales y económicas que permiten a la persona y a la comunidad no solo satisfacer sus necesidades básicas, sino además ejercer todos los derechos que le son reconocidos y cumplir los deberes correspondientes frente a los miembros de la sociedad y de toda la nación.

La misión de quienes están investidos por la autoridad es garantizar, en cuanto sea posible, el bien común de la sociedad. El bien común exige el orden social y la garantía de aquellas condiciones que posibiliten el crecimiento y el progreso de la sociedad.
El bien común es fundamento de la legítima defensa individual y de la nación. En efecto, cuando el bien común, cuando la paz de la nación y la vida de los ciudadanos están amenazadas por las múltiples formas de violencia, las autoridades legítimamente constituidas tienen el derecho y grave deber de preservarlas.

Los jefes de Estado y quienes tienen responsabilidad en el gobierno, tienen obligación de emplear los medios moralmente lícitos, incluido, cuando es indispensable, el ejercicio de la fuerza militar para promover, proteger y defender los derechos fundamentales de todos los asociados, en el marco del respeto de los derechos humanos y del derecho de gentes, del Derecho Internacional Humanitario
Las fuerzas militares al servicio de la nación son un instrumento legítimo para garantizar la libertad y la seguridad de los pueblos, debiendo obrar siempre con responsabilidad a fin de que su misión contribuya a la salvaguarda de la paz y del bien común de toda la nación.

La paz y el bien común están siendo mundialmente amenazados por acciones terroristas. Las autoridades legítimamente constituidas están obligadas a tomar las medidas y disposiciones para evitar los atentados contra la misma, castigando a los actores y cómplices, pero obrando siempre dentro del marco de la justicia y de la ley. Siguiendo al Papa Juan Pablo II en su magisterio, afirmamos que «la guerra no ha sido la solución». Que la guerra planteada por el terrorismo remite al ejercicio de la defensa justa, previo análisis de las causas que la provocan para privilegiar evitar las mismas. Incluso las «guerras justas» deberían quedarse perteneciendo al pasado trágico, a la historia; no deberían tener cabida en la agenda para el futuro de la humanidad.

El Papa Juan Pablo II, en su Encíclica «Evangelium Vitae», del 25 de Marzo de 1995, define la legítima defensa desde la perspectiva del derecho a la vida y la obligación de preservarla en el marco de los derechos humanos.

El respeto de la vida y de la dignidad de la persona es fundamental para la paz y esta a su vez exige la verdad, la justicia, el amor y la libertad.

Print Friendly, PDF & Email
Share this Entry

ZENIT Staff

Apoye a ZENIT

Si este artículo le ha gustado puede apoyar a ZENIT con una donación