Dos siglos de Concordatos de la Santa Sede, en un solo volumen

Los textos, presentados en su idioma original, han sido traducidos al italiano

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ROMA, 30 junio 2003 (ZENIT.org).- «Enchiridion dei Concordati. Due secoli di storia dei rapporti Chiesa-Stato» (Enchiridion de los Concordatos. Dos siglos de historia en las relaciones Iglesia-Estado) ofrece por primer vez desde 1919 una visión de todos los concordatos estipulados por la Santa Sede con los Estados, desde el de Pío VII y Napoleón Bonaparte hasta el de Juan Pablo II con la República Checa en julio del 2002.

La novedad más importante del volumen, aparte de ser un compendio único, es que recoge los textos más recientes de la Santa Sede con los Estados de Europa Central y Oriental, que después de 1990 «han renacido a la libertad», como escribe en el prólogo el cardenal Angelo Sodano, secretario de Estado vaticano.

Manifestando su satisfacción por la iniciativa, el purpurado expresa su deseo de que «esta nueva obra contribuya a hacer conocer mejor el compromiso de la Santa Sede en la promoción de nuevas vías de colaboración con las autoridades civiles, dando así al César lo que es del César, y solicitando al Cesar que dé a Dios lo que es de Dios».

El compendio, publicado por Ediciones Dehonianas de Bolonia, ofrece cronológicamente todos los acuerdos de la Santa Sede con los Estados en los dos últimos siglos. Dichos concordatos se presentan en el idioma en que fueron redactados junto a su traducción al italiano.

Las modificaciones que han sufrido los concordatos también se recogen. Así, por ejemplo, de España figuran 18 textos entre concordatos, protocolos, convenciones, acuerdos o intercambios de notas.

El primer texto español presentado es el concordato entre Pío IX y la Reina Isabel II –16 de marzo de 1851–. El último es el acuerdo de la Santa Sede con el Reino de España sobre cuestiones de común interés en Tierra Santa, fechado el 24 noviembre de 1994.

¿Qué es un concordato?

Un concordato, como acuerdo entre las autoridades civiles y eclesiásticas sobre temas que les conciernen mutuamente, es un auténtico contrato internacional que vincula jurídicamente a las partes y que garantiza el derecho a la libertad religiosa y de culto de los católicos en los diferentes países.

Puede tratar de materias mixtas o específicas, tales como la asistencia religiosa a las fuerzas armadas, el matrimonio, la escuela católica, etc.

La Santa Sede ha estipulado convenciones con Estados o con sociedades políticas desde tiempos antiguos. Estos tipos de colaboración han recibido diferentes denominaciones: concordato –«sollemnis conventio», «capitula concordata», «pacta conventa»–, convención –«conventio», «modus vivendi»–, acuerdo –«concordia»– o protocolo, en el sentido de acuerdo parcial más simple, entre otros.

En las estipulaciones, el Papa –o su plenipotenciario– no actúa como soberano de la Ciudad del Vaticano, sino como cabeza de la Iglesia Católica (Santa Sede) con el fin de dar un carácter estable y jurídico a la cooperación entre autoridad religiosa y autoridad civil.

La Santa Sede ha desarrollado colaboraciones bilaterales y multilaterales para conseguir una concordia cultivada con el diálogo y orientada al bien común. En la mayoría de ellos, se garantiza que la Iglesia pueda gozar de libertad religiosa y de la necesaria autonomía que requiere su misión.

Actualmente la Santa Sede mantiene relaciones diplomáticas con 174 estados, así como con la Unión Europea y con la Soberana Orden Militar de Malta. Con la Federación Rusa y con la Organización para la Liberación de Palestina (OLP) tiene relaciones de naturaleza especial.

Todos estos pactos internacionales –según la introducción a «Enchiridion de los Concordatos»– constituyen «el testimonio del reconocimiento internacional del papel moral, cultural, social y religioso que la Iglesia Católica desarrolla en el mundo».

El elevado número de concordatos de Juan Pablo II «demuestra que nuestro tiempo está viviendo una época fecunda de relaciones entre la Iglesia y los Estados», añaden los compiladores.

La estructura vaticana que se encarga de los concordatos es la segunda sección de la Secretaría de Estado, que tiene competencia en las relaciones diplomáticas de la Santa Sede con los Estados, incluida la estipulación de Concordatos o acuerdos similares.

Hasta este momento, existían publicaciones parciales con algunos de los concordatos. Una de las obras fundamentales en la historia concordataria es la de Angelo Mercati (1919), republicada en 1954 por la Tipografia Políglota Vaticana.

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ZENIT Staff

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