El texto de la carta autógrafa del papa sobre el IOR

Mediante la cual se crea una comisión ad hoc para informarle antes de la esperada reforma

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Ofrecemos a nuestros lectores la carta del papa Francisco, emitida este lunes 24 de junio, mediante la cual dispone la creación de una comisión ad hoc encaminada a la reforma del Instituto para las Obras de Religión, mal conocido como la «banca vaticana».

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Carta autógrafa del santo padre Francisco

Con carta del 1 de marzo de 1990, el beato Juan Pablo II erigió con personalidad jurídica pública el Instituto para las Obras de Religión (IOR), dando una nueva configuración para el Instituto y preservando el nombre y el propósito. En la misma perspectiva, teniendo en cuenta que él quería adaptar mejor las estructuras y actividades del Instituto a las necesidades de los tiempos; siguiendo lo solicitado por nuestro predecesor Benedicto XVI, de consentir a los principios del evangelio impregnar también las actividades de carácter económico y financiero; y después de haber escuchado la opinión de varios cardenales y otros hermanos en el episcopado, así como de algunos colaboradores, y a la luz de la necesidad de introducir reformas en las instituciones que dan ayuda a la Sede Apostólica, Hemos decidido establecer una Comisión ad hoc para el Instituto para las Obras de Religión, que recoja información precisa sobre la situación jurídica y las diversas actividades del Instituto, a fin de permitir, en caso fuera necesario, una mayor armonización de las mismas con la misión universal de la Sede Apostólica. La Comisión llevará a cabo sus funciones en virtud de la presente Carta y de Nuestras disposiciones operativas.

1. La Comisión estará integrada por un mínimo de cinco miembros, entre ellos un Presidente, que es el representante legal, un Coordinador que tiene poderes ordinarios de delegado y actúa en nombre y a cuenta de la Comisión para el recojo de documentos, datos e informaciones necesarias, así como un Secretario que ayude a los miembros y conserve las actas.

2. La Comisión dispone de poderes y facultades adecuadas para el desempeño de sus funciones institucionales dentro de los límites establecidos por la presente Carta y las normas del sistema legal. La Comisión recopila documentos, datos e informaciones necesarias para el desempeño de sus funciones institucionales. El secreto de oficio y las otras eventuales restricciones impuestas por el sistema legal, no inhiben o limitan el acceso de la Comisión a documentos, datos e información, con sujeción a las normas que protegen la autonomía e independencia de las autoridades que realizan actividades de supervisión y regulación del Instituto, las cuales permanecerán en vigencia.

3. La Comisión dispondrá de los recursos humanos y materiales adecuados para sus funciones institucionales. Si fuera necesario, podrá disponer de contratistas y consultores.

4. El gobierno del Instituto continúa operando bajo la norma que lo erige, salvo cada asunto que Nosotros dispongamos.

5. La Comisión recurre a la solícita cooperación de los órganos del Instituto, así como de todo su personal. Además, los superiores, miembros y funcionarios de los dicasterios de la Curia Romana y de los otros organismos relacionados con esta, así como del Estado de la Ciudad del Vaticano, también cooperarán con la Comisión. Asimismo, la Comisión utiliza los servicios de terceros, ya sea espontáneamente o por encargo.

6. La Comisión Nos mantendrá informados de sus actividades en el curso de su trabajo.

7. La Comisión Nos entregará los resultados de su trabajo, así como todo su archivo, en el momento oportuno al final de sus labores.

8. Las actividades de la Comisión se inician a partir de la fecha de esta Carta autógrafa.

9. La disolución de la Comisión será anunciada.

Dada en el Vaticano el 24 de junio de 2013, primer año de mi Pontificado.

FRANCISCO

Traducido del original italiano por José Antonio Varela V.

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ZENIT Staff

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