Fiscal vaticano: las normas sobre abusos, “una señal clarísima”

Habla el fiscal vaticano, monseñor Charles Scicluna

Print Friendly, PDF & Email
Share this Entry

CIUDAD DEL VATICANO, jueves, 15 de julio de 2010 (ZENIT.org).-  El fiscal de la Santa Sede, monseñor Charles Scicluna, considera que las nuevas «Normas sobre los delitos más graves» reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe constituyen «una señal clarísima» de Benedicto XVI.

El promotor de justicia de la Congregación para la Doctrina de la Fe (es su cargo oficial) ha explicado este jueves a los periodistas el espíritu y las novedades de este documento con el que la Iglesia responde a delitos contra la fe, los sacramento de la Eucaristía, la Penitencia y el Orden, y naturalmente a los delitos de abuso sexual contra menores por parte de miembros del clero.

El sacerdote maltés, que coordina un equipo de ocho magistrados eclesiásticos, ha explicado que este documento es significativo, si se tiene en cuenta que las antiguas normas se promulgaron hace menos de diez años, en 2001, y que después, en 2003, Juan Pablo II concedió a la Congregación para la Doctrina de la Fe «facultades» específicas para tratar de juzgar delitos particularmente graves.

Ahora bien, aclaró, estas «facultades» no habían sido integradas en las «Normas» precedentes, motivo por el cual han sido ahora revisadas y actualizadas.

«Es una señal clarísima, pues las facultades tienen una vida algo efímera: dependen mucho de la voluntad de los Sumos Pontífices», ha explicado el fiscal vaticano a los periodistas en la Sala de Prensa de la Santa Sede.

«Por el contrario, el Papa Benedicto XVI, nada más ser elegido en 2005, expresó el deseo de que las facultades de las que gozaba la Congregación para la Doctrina de la Fe se estabilizaran en la normativa», pues las normas, a diferencia de las «facultades» «permanecen vigentes hasta que el Papa no autoriza su modificación».

Algunas de las novedades

Entre las novedades introducidas por las nuevas «Normas», está el período de prescripción en caso de abusos sexuales, que pasan de 10 a 20 años, después de que la víctima haya cumplido 18 años de edad. Por tanto podrán presentar denuncia hasta los 38 años. Un periodo muy superior generalmente al de las legislaciones civiles.

 

Ahora bien, monseñor Scicluna ha explicado che a partir de ahora la Congregación para la Doctrina de la Fe tiene el derecho de derogar este período y no puede ser cancelada la prescripción.

Otra novedad es la introducción de laicos en el personal del tribuna eclesiástico, como abogados o procuradores.

Monseñor Scicluna ha explicado así el motivo: «A nivel diocesano, la contribución de los laicos es esencial La contribución de los laicos es esencial cuando el obispo tiene necesidad de un parecer sobre la evaluación de un caso, pues necesita la competencia de psicólogos, sociólogos, expertos en psicología del niño, de la influencia del abuso sobre la víctima».

«Y no podemos encontrar todas estas competencias en el clero –añadió–. Sabemos que hay obispos que se han servido de la competencia de antiguos policías para realizar sus investigaciones, pues querían llegar a la verdad. Y esto para nosotros es muy importante».

Una de las novedades que más interés ha causado entre los periodistas es el «derecho, con previo mandato del Romano Pontífice», a juzgar a los cardenales, a los patriarcas, a los legados de la Sede Apostólica, y a los obispos.

«Se trata de una señal importante, pues significa que la Congregación para la Doctrina de la Fe podrá investigar y someter al Papa sus resultados», explicó a partir de su experiencia monseñor Scicluna.

Denuncia a la justicia civil

El prelado ha aclarado que «el Papa no da ningún paso atrás sobre el carácter obligatorio de presentar denuncias a los tribunales civiles, pues la indicación de obedecer a las leyes del Estado es clarísima: el cristiano obedece a las leyes civiles cuando son justas, y no hay duda de que en este caso la ley civil es justa».

«Por este motivo, si la denuncia lo requiere, no hay ninguna escapatoria para presentar denuncia a la justicia. Si la ley da la facultad a la víctima de decidir si quiere denunciar o no denunciar, hay que respetar su voluntad. No es tarea del legislador canónico entrar en el campo del derecho civil», concluyó.

Por Jesús Colina

Print Friendly, PDF & Email
Share this Entry

ZENIT Staff

Apoye a ZENIT

Si este artículo le ha gustado puede apoyar a ZENIT con una donación