«Hay que favorecer la adopción prenatal de los embriones vivos»

MADRID, 10 marzo 2003 (ZENIT.org).- Mónica López Barahona, vocal del Comité Asesor de Etica y decana de la Facultad de Ciencias Biosanitarias de la Universidad Francisco de Vitoria, emitió el único voto particular al informe «La investigación con células troncales», que ha presentado el Comité Asesor de Ética en la Investigación Científica y Tecnológica al gobierno español, y que admitía la investigación con embriones congelados sobrantes de la fecundación in vitro.

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En dicho voto particular, cuyas razones, hechas públicas este fin de semana, ofrecemos íntegras a continuación, la doctora Barahona afirma que la mejor solución es la adopción prenatal de los embriones congelados vivos.

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El voto particular emitido sobre el informe «la investigación con células troncales» solicitado por el gobierno al Comité de Ética se fundamenta en una concepción personalista del ser humano que reconoce el valor intrínseco de toda vida humana individual, presente en en el embrión humano. La vida no puede entrar en juego con otros valores porque es el supuesto anterior a todos ellos. La evidencia científica muestra que el embrión es un individuo de la especie humana desde su estado unicelular de cigoto. En la primera semana de desarrollo embrionario sus células troncales embrionarias generarán la estructura de blastocisto. Estas células troncales pueden diferenciarse «in vitro» hacia diferentes tipos celulares, pero para obtenerlas el embrión –si está vivo- necesariamente morirá. Es aquí donde radica el problema ético de esta alternativa.

Un fuente de obtención de células troncales embrionarias son los embriones congelados «sobrantes» de prácticas de reproducción asistida.

La ley 35/88 que regula estas prácticas no indica qué hacer con los mencionados embriones transcurridos cinco años desde su criopreservación, ni limita el número de embriones que se generan en cada ciclo de estimulación ovárica.

La puesta en práctica de la propuesta del voto particular requiere necesariamente una modificación de la ley 35/88 que suponga por una parte, la generación exclusivamente de los embriones que se vayan a transferir al útero y favorezca la criopreservación de oocitos de modo que el problema de existencia de embriones congelados «sobrantes» se elimine; y por otra parte, la definición de qué hacer con los ya existentes en el ánimo de favorecer la adopción prenatal de los embriones vivos.

La propuesta también requiere la obtención del consentimiento informado de los padres para cualquiera de las alternativas que se plantean a continuación.

El proceso de congelación y descongelación supone una agresión hacia el embrión que puede dañar seriamente su viabilidad y que puede provocar su muerte. El embrión congelado eventualmente morirá. Por tanto, el único modo de darle la posibilidad de vivir y formar parte de un proceso parental (motivo por el cual se generó) es criotransferirlo al útero de una mujer. Sin embargo, es imposible definir el momento en que un embrión criopreservado muere. Para saber el estado en que se encuentra un embrión es necesario descongelarlo.

Existen en la actualidad listas de espera de varios años para que una pareja que desea adoptar un niño nacido pueda conseguirlo.

Ante esta demanda insatisfecha, los embriones «sobrantes» deberían descongelarse cronológicamente –con el consentimiento informado de los padres- con el fin primero de transferirlos al útero de las madres adoptivas que deseen gestarlos. Implementándose así el proceso de adopción prenatal que debe regularse del mismo modo que hoy se regula la adopción de los nacidos.

En el proceso de descongelación de los embriones se encontrarán embriones que al descongelarlos mueran o estén ya muertos. Sus células troncales embrionarias que mantengan la capacidad de proliferar podrían ser empleadas para investigación. También se encontrarán embriones que al descongelarlos reúnan criterios morfológicos y presenten ritmos de fragmentación que permitan definirlos como no viables. Las prácticas de fecundación «in vitro» han demostrado que estos embriones no pueden vivir ni transferidos al útero de la madre ni en medios de cultivo «in vitro»; por tanto, también sus células troncales podrían emplearse para investigar.

Finalmente, existirán embriones que al descongelarlos vivan y sean viables. Estos deben ser transferidos al útero de la madre adoptiva para llevar a término su desarrollo embrionario. Emplearlos para obtener sus células troncales supondría eliminar su vida que puede desarrollarse en el entorno favorable del útero femenino.

Esta propuesta abre la posibilidad de investigar con ambas células troncales: adultas y embrionarias. Sin embargo, condena la obtención de células troncales embrionarias eliminando la vida del embrión. Tal es el caso del empleo regulado, pero indiscriminado de todos los embriones sobrantes que han superado el plazo de cinco años de criopreservación que marca la ley, sin salvaguardar la vida del embrión viable y transferible al útero de una mujer.

Firmado:
Dra. Dª Mónica López Barahona
Vocal del Comité Asesor de Etica
Decana Facultad de Ciencias Biosanitarias
Universidad Francisco de Vitoria

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ZENIT Staff

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