Ir contra los símbolos de un pueblo es dejarle indefenso, advierten obispos

La Comisión permanente de la CEE ante la sentencia europea del crucifijo en la escuela

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MADRID, jueves 24 de junio de 2010 (ZENIT.org).- “Ponerse en contra de los símbolos de los valores que modelan la historia y la cultura de un pueblo es dejarle indefenso ante otras ofertas culturales, no siempre benéficas, y cegar las fuentes básicas de la ética y del derecho que se han mostrado fecundas en el reconocimiento, la promoción y la tutela de la dignidad de la persona”.

Lo señala una declaración de la Comisión permanente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), publicada con fecha de ayer, con motivo de la próxima resolución, el 30 de junio, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el recurso de casación interpuesto por Italia y apoyado por otros diez países, ante la retirada de los crucifijos de las aulas escolares.

Los obispos de la Comisión destacaron la importancia de la exposición pública de los símbolos religiosos en las escuelas para poder transmitir la propia identidad y valores.

“Las sociedades de tradición cristiana no deberían oponerse a la exposición pública de sus símbolos religiosos, en particular en los lugares en los que se educa a los niños”, señala la declaración.

“De lo contrario -continúa-, estas sociedades difícilmente podrán llegar a transmitir a las generaciones futuras su propia identidad y sus valores”.

“Se convertirían en sociedades contradictorias que rechazan la herencia espiritual y cultural en la que hunden sus raíces y se cierran el camino del futuro”, añade.

La declaración de la comisión permanente de la CEE se añade a las de otras conferencias episcopales, personalidades e instancias estatales y sociales de toda Europa que han elevado su voz en defensa de la exposición pública del crucifijo también en las aulas.

Los obispos españoles subrayaron la importancia de esta cuestión para las convicciones religiosas de los pueblos y para las tradiciones culturales de Europa.

“Gracias precisamente al cristianismo, Europa ha sabido afirmar la autonomía de los campos espiritual y temporal y abrirse al principio de la libertad religiosa, respetando tanto los derechos de los creyentes como de los no creyentes”, constataron.

Y destacaron que “esto se ve más claro en nuestros días, cuando otras religiones se difunden entre nosotros al amparo de esa realidad”.

Según los obispos, “la presencia de símbolos religiosos cristianos en los ámbitos públicos, en particular la presencia de la cruz, refleja el sentimiento religioso de los cristianos de todas las confesiones y no pretende excluir a nadie”.

“Al contrario, es expresión de una tradición a la que todos reconocen un gran valor y un gran papel catalizador en el diálogo entre personas de buena voluntad y como sostén para los que sufren y los necesitados, sin distinción de fe, raza o nación”.

La declaración recuerda que “en la cultura y en la tradición religiosa cristianas, la cruz representa la salvación y la libertad de la humanidad”.

“De la cruz surgen el altruismo y la generosidad más acendrados, así como una sincera solidaridad ofrecida a todos, sin imponer nada a nadie”, explica.

“El derecho a la libertad religiosa existe y se afirma cada vez más en los países de Europa -recordó la comisión-. En algunos de ellos se permiten explícitamente otros símbolos religiosos, sea por ley o por su aceptación espontánea”.

“En cuanto a los símbolos -añadió-, existe en Europa una variedad de leyes y una diversa evolución social y jurídica positiva que debe ser respetada en el marco de una justa relación entre los Estados y las instituciones europeas”.

La declaración concluye afirmando que “sólo en una Europa en la que sean respetadas a la vez la libertad religiosa de cada uno y las tradiciones de cada pueblo y nación, podrán desarrollarse relaciones adecuadas entre las religiones y los pueblos, en justicia y en libertad”.

El “caso del Crucifijo”

El caso Lautsi, o «caso del Crucifijo» fue remitido a la Gran Cámara del Tribunal Europeo de Derechos Humanos después de que el Gobierno italiano apelara, el pasado 28 de enero, la sentencia emitida por la Sección Segunda del Tribunal el 3 de noviembre de 2009.

En esta primera decisión, el tribunal dictaminaba que la presencia del crucifijo en las aulas es “contraria al derecho de los padres a educar a sus hijos en la línea de sus propias convicciones y al derecho de los niños a la libertad religiosa”, porque los alumnos italianos se sentirían «educados en un entorno escolar marcado por una determinada religión».

El tribunal continuaba afirmando que la presencia del crucifijo podría ser “emocionalmente perturbadora” para el hijo de la señora Lautsi (la demandante), y, lo más importante, que su exhibición podría no “fomentar el pensamiento crítico en los alumnos” ni “servir al pluralismo educativo” esencial para preservar una “sociedad democrática”.

El tribunal concluyó en esa sentencia del 3 de noviembre de 2009 que eso había sido una violación del artículo 2 del Protocolo número 1 (Derecho a la educación), así como del artículo 9 (libertad religiosa) de la Convención.

Esta decisión ha sido duramente criticada por expertos políticos y juristas de varios Estados europeos como una imposición del laicismo.

En concreto, se ha reafirmado que la Convención Europea de Derechos Humanos nunca ha requerido que el Estado deba “observar la neutralidad confesional en el contexto de la educación pública” o de cualquier otro sector público.

De hecho, varios Estados miembros del Consejo de Europa son Estados confesionales con una religión oficial o un reconocimiento de Dios en sus leyes y constituciones.

Al conceder el pasado 2 de marzo la revisión ante la Gran Cámara de la decisión de noviembre, el tribunal ha reconocido que la decisión de noviembre plantea graves problemas legales y debe ser reconsiderada por la formación del tribunal.

El pasado 29 de abril, el Gobierno italiano presentó su memorándum al Tribunal alegando que los jueces de Estrasburgo no tienen competencias para imponer el laicismo a un país, en particular a Italia, nación caracterizada por su mayoritaria práctica religiosa e identidad católica.

La decisión del tribunal, tras la audiencia pública de la Gran Sala que se celebrará el 30 de junio, será publicada a finales de año.

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ZENIT Staff

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