Italia: Nueva ley de libertad religiosa

Reconoce personalidad jurídica a los «cultos admitidos»

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ROMA, 27 oct (ZENIT.org).- La Comisión de Asuntos Constitucionales del Parlamento italiano ha concluído un largo recorrido, iniciado en julio de 1997, para dotar de una nueva ley de libertad religiosa al país. El texto está ya preparado para ser debatido en la Cámara.

Esta ley, explica en la introducción el ponente Domenico Maselli, del partido DS (Demócratas de Izquierdas), tiene el objetivo de «abrogar la normativa de los años 1929-30 sobre el ejercicio de aquellos cultos diversos del católico que, con referencia al concepto de religión de Estado eran definidos entonces como “admitidos”».

Según Maselli, con la ley se daría plena aplicación a la Constitución italiana que prevé la regulación de las diversas confesiones religiosas, en continuidad con lo que se verificó con la revisión del Concordato.

«Lo que hace necesaria y urgente esta ley –precisa el parlamentario– es la lentitud exasperante con la que proceden los acuerdos entre el Estado y las diversas religiones».

La nueva ley prevé que los que habían sido en un tiempo «cultos admitidos» se conviertan ahora en confesiones religiosas con personalidad jurídica.

El primero de los 41 artículos hace referencia a la «libertad de conciencia y de religión, como derecho fundamental de la persona».

Luego se especifica el derecho de profesar la fe «de forma individual o asociada», de hacer propaganda, de abrir edificios destinados al ejercicio del culto, de formar o nombrar libermente a los ministros del culto.

Se prevé, además, que las religiones que adquieren personalidad jurídica puedan beneficiarse de las normas sobre la concesión y adjudicación de los bienes municipales y patrimoniales del Estado de los que gozan hoy los entes eclesiásticos, además de las relativas a los fondos para construcción, restauración y conservación de los edificios abiertos al culto.

Los edicios de culto, además, no podran ser ocupados, requisados o demolidos sino por razones graves.

La ley reconoce el derecho de los padres a educar a sus hijos según su propia fe, «en el respeto de la personalidad y sin perjuicio de su salud».

Pero se establece también que, ya a partir de los 14 años, los jóvenes pueden hacer autónomamente sus propias opciones religiosas. Prevé también una igualdad de oportunidades de las religiones en la escuela de manera que la enseñanza escolar se haga en el respeto a la libertad de conciencia y de la igual dignidad sin distinción de religión.

Permite también, como novedad, que los padres y alumnos puedan obtener que en las escuelas se hagan actividades complementarias «relativas al fenómeno religioso».

Esta novedad supera un límite hasta ahora existente. No se podían realizar actividades de este tipo en las escuelas y ni siquiera los católicos tenían la posibilidad de organizar una actividad religiosa en un local escolar. Estas actividades serán gestionadas por los alumnos o los padres, o se tratará de una intervención organizada por la misma escuela.

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ZENIT Staff

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