Los cardenales, hombres de confianza del obispo de Roma

Historia y características del Colegio Cardenalicio

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CIUDAD DEL VATICANO, 21 feb (ZENIT.org).- El octavo consistorio del pontificado de Juan Pablo II, da a la Iglesia 44 nuevos cardenales, 39 de ellos electores en un eventual cónclave.

Después del título de Papa, el de mayor dignidad en la Iglesia católica es el de cardenal. El término viene de la palabra latina «cardo», que significa a quicio, gozne sobre el cual gira una puerta o ventana. La creación de cardenales se lleva a cabo por decreto del pontífice quien elige a los que serán sus principales colaboradores y asistentes.

Al principio, el título de cardenal se atribuía genéricamente a las personas al servicio de una iglesia o diaconía, reservándolo más tarde a los responsables de las iglesias titulares («tituli cardinales») de Roma y de las iglesias más importantes de Italia y del extranjero. Desde el papa Nicolás II en 1059 y gradualmente hasta 1438 con el papa Eugenio IV, este título adquirió el prestigio que lo caracteriza hoy.

El Decano y el Camarlengo
El Colegio Cardenalicio fue instituido en su forma actual en 1150: cuenta con un decano –el Obispo de Ostia, que conserva la Iglesia que tenía antes en título–, y un camarlengo, que administra los bienes de la Iglesia cuando la Sede de Pedro está vacante.

El decano se elige de entre los seis cardenales del orden episcopal que tienen el título de una Iglesia
suburbicaria –las siete diócesis más cercanas a Roma (Albano, Frascati, Ostia, Palestrina, Porto-Santa Ruffina, Sabina-Poggio Mirteto y Velletri-Segni).

Funciones
Según la ley canónica, los cardenales de la Iglesia constituyen un Colegio especial cuya responsabilidad es proveer a la elección del Romano Pontífice; también los cardenales asisten al pontífice, colegialmente –cuando
son convocados para tratar juntos cuestiones de más importancia–, o personalmente, mediante las distintas funciones que desempeñan, ayudando sobre todo al Papa en su gobierno cotidiano de la Iglesia universal.

Desde 1059, los Cardenales han sido los únicos electores del Papa, a quien eligen en cónclave, siguiendo las últimas orientaciones de la Constitución Apostólica de Juan Pablo II «Universi Dominici gregis», del 22 de febrero de 1996. En el Consistorio Secreto del 5 de noviembre de 1973, Pablo VI fijó en 120 el número máximo de cardenales que pueden entrar en el cónclave, una norma ratificada por el mismo Juan Pablo II que, sin embargo, con este consistorio ha superado el número máximo de cardenales, en más de 15.

Durante el período de vacancia de la Sede Apostólica, el Colegio Cardenalicio desempeña una importante función en el gobierno general de la Iglesia y, tras los Pactos Lateranenses de 1929, también el gobierno de la Ciudad del Vaticano.

El Colegio cardenalicio se divide en tres órdenes: el episcopal –al que pertenecen los seis cardenales a quienes el romano pontífice asigna como título una Iglesia suburbicaria y los patriarcas orientales adscritos al colegio cardenalicio–, el presbiteral y el diaconal. En los últimos 30 años se ha dado una fuerte internacionalidad en el Colegio.

Requisitos para ser cardenal
Los requisitos para ser elegidos son, más o menos, los mismos que estableció el Concilio de Trento en su sesión XXIV del 11 de noviembre de 1563: hombres que han recibido la ordenación sacerdotal y se distinguen por su doctrina, piedad y prudencia en el desempeño de sus deberes. Los elegidos que todavía no son obispos deben recibir la consagración episcopal.

Consistorios
Como consejeros del Papa, los cardenales actúan colegialmente con él a través de los Consistorios, que convoca el romano pontífice y se desarrollan bajo su presidencia. Los Consistorios pueden ser ordinarios o extraordinarios. En el consistorio ordinario se reúnen los cardenales presentes en Roma, otros obispos, sacerdotes e invitados especiales.

El Papa convoca estos consistorios para hacer alguna consulta sobre cuestiones importantes o para dar solemnidad especial a algunas celebraciones. Al consistorio extraordinario son llamados todos los cardenales y se celebra cuando lo requieren algunas necesidades especiales de la Iglesia o asuntos de mayor gravedad.

El 21 de noviembre de 1970 Pablo VI dispuso que al cumplir los 80 años de edad, los cardenales cesaran de ser miembros de los organismos de la Curia Romana y de todos los organismos permanentes de la Santa Sede y de la Ciudad del Vaticano, y que perdieran el derecho a elegir al Papa, así como el derecho a entrar en el cónclave.

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ZENIT Staff

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