Mujer, familia e Islam

Habla la profesora Ana Quiñones

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BARCELONA, 6 marzo 2003 (ZENIT.org).- ¿Cuál es el papel de la mujer en la familia, según en el Islam? A esta pregunta responde, en esta entrevista concedida a Zenit, Ana Quiñones, especializada en el tema del repudio islámico en Europa.

Profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, Quiñones ha escrito libros como «Derecho e inmigración: el repudio islámico en Europa» (Premio Rogelio Duocastella de Ciencias Sociales 1999, Fundació «La Caixa», 2000, Barcelona).

–¿Qué es el repudio islámico?

–Quiñones: En el derecho islámico el repudio es el privilegio que se concede al marido musulmán de poner fin a su matrimonio unilateral y discrecionalmente. Es decir por la sola voluntad del marido y sin necesidad de motivo alguno.

–¿El concepto de familia en el Islam está en consonancia con la legislación occidental en general, y con la europea en particular?

–Quiñones: Existen disparidades entre las legislaciones de los países islámicos y las legislaciones europeas por lo que no es igual el aplicar una u otra legislación ante un pleito matrimonial.

Estas discrepancias se deben a la falta de una reforma religiosa, y a la subsiguiente concepción patriarcal tradicional de la familia.

Pongamos algunos ejemplos: el que la mujer musulmana no pueda casarse con un hombre no musulmán, la poligamia, el repudio marital, el que la patria potestad sobre los hijos corresponda al padre, el que las hijas reciban un caudal hereditario consistente en la mitad de lo que reciben los hijos varones. Estos son algunos de los puntos conflictivos.

–¿En qué se diferencia el matrimonio cristiano del musulmán y del civil?

–Quiñones: En la religión islámica el matrimonio no es concebido como un sacramento. Se trata de un contrato cuyo contenido fijan los futuros esposos dentro de los límites del orden público religioso (por ejemplo, puede pactarse una cláusula anti-poligamia, que limite este privilegio del marido musulmán, pero no puede pactarse una cláusula que le prohíba la facultad de repudiar a la esposa).

En el derecho de los países islámicos no sólo es posible poner fin al matrimonio mediante un divorcio judicial sino que la ruptura es facilitada al marido.
–¿Qué relación tiene la familia musulmana con los ancianos?

–Quiñones: Los valores de la familia tradicional, entre los que se cuentan el cuidado de padres y abuelos, el enriquecerse de la experiencia de los ancianos, y una concepción ampliada y no nuclear de la familia, están presentes de forma más acentuada en las sociedades musulmanas que en las occidentales.

En Occidente se opta cada vez más no ya por una familia nuclear sino por una concepción más individualista de la vida personal y familiar.

Pienso, pero es mi opinión personal, que la solidaridad y los lazos familiares no entendidos de modo autoritario son los que benefician a todos: ancianos, nietos y padres y madres que deben sobrellevar la carga dentro y fuera de casa.

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ZENIT Staff

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