Recomendaciones al Comité del episcopado de EE. UU. sobre abusos de sacerdotes

Por el profesor Germain Grisez, teólogo y moralista

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EMMITSBURG, Maryland, 26 mayo 2002 (ZENIT.org).- Uno de los teólogos y moralistas más conocidos en Estados Unidos, Germain Grisez, ha presentado una larga recomendación al Comité creado por los obispos de Estados Unidos para tratar el tema de los abusos sexuales por parte de sacerdotes.

A raíz de los escándalos que han implicado a sacerdotes, la Conferencia Episcopal buscará posibles soluciones en una reunión que tendrá lugar en Dallas (Texas) del 13 al 15 de junio.

Estas son sus propuestas. Puede consultar el documento original en la sección de documentos de la página web en inglés de Zenit.

Declaración sobre los abusos sexuales dirigida al Comité creado por la Conferencia Episcopal de Estados Unidos
Por Germain Grisez, Ph. D., Profesor de Moral Cristiana en el Centro Universitario y Seminario de Mount Saint Mary

Me parece que este Comité se enfrenta a un dilema: por un lado, las expectativas de los fieles y del público, que piden que la Conferencia Episcopal adopte un plan nacional, en la reunión de junio, sobre el abuso sexual de sacerdotes; y por otro lado, la falta de tiempo para llevar a cabo esta tarea con el cuidado debido. Es por eso que creo que en junio se adoptará un plan provisional y, por lo menos durante un año, se trabajará en una versión final. Sin embargo, sin conocer los planes del Comité, presentaré mis análisis y sugerencias como si se tratara de la versión final.

Los obispos harán referencia de modos diversos al abuso sexual cometido por aquellos que no son sacerdotes diocesanos: miembros de institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica, laicos empleados por la Iglesia o por algún organismo católico reconocido, voluntarios que participan en las actividades católicas, fieles laicos y el público, en general. Para simplificar, sin embargo, encuadraré en esta declaración sólo las desviaciones sexuales de los sacerdotes diocesanos.

Todas o casi todas las desviaciones sexuales que han desembocado en la crisis presente consisten en actos llevados a cabo por sacerdotes; actos que violan las leyes penales y convierten en víctimas a adolescentes y jóvenes. Además de caer en tales crímenes, los sacerdotes quedan implicados a veces en otras clases de abusos sexuales. Algunos cometen crímenes sexuales contra mujeres menores de edad. Algunos acosan sexualmente a menores de edad o a adultos de ambos sexos. Ciertos delitos sexuales de los sacerdotes tienen que ver con pornografía dura, que contiene imágenes lascivas de personas que parecen ser menores. Algunos sacerdotes caen en actos sexuales consentidos que, sin embargo, son abusivos ya que el sacerdote está pervirtiendo la relación con alguien confiado a su cuidado pastoral o que trabaja bajo su dirección pastoral.

Aunque un caso de abusos sexuales no sea un crimen, es un mal moral objetivamente grave. Los obispos deben desarrollar y aplicar planes apropiados a cada clase de abuso sexual. En el punto de mira del Comité estará, sin embargo, el comportamiento sexual criminal que implica a menores. En esta declaración, sólo tocaré ésta y formas similares de desviaciones que involucran a adultos sin su consentimiento. Para referirme a este tema, en lo que sigue a continuación, usaré la frase: “abusos sexuales de sacerdotes”…

Casos en proceso
Cada obispo debe crear una oficina diocesana para recibir y considerar cada acusación o queja sobre abusos sexuales de sacerdotes y para emprender las acciones apropiadas. A mi juicio, debería tenerse en cuenta a parejas casadas fervorosas, que hayan criado a sus hijos, a la hora de proceder a la creación de esta oficina para asegurarse de que las víctimas –las víctimas potenciales y sus familias–, reciban el debido cuidado pastoral y todo aquello a lo que tengan derecho. Quienes formen parte de esta oficina deben ser fácilmente accesibles, y se deberá hacer público, de modo amplio y regular a la manera en que se puede entrar en contacto con ellos.

El obispo deberá pedir al público en general que lleve o envíe cada queja o información sobre abusos sexuales de sacerdotes a la oficina señalada. El obispo pedirá a todos los sacerdotes, religiosos, y empleados de la Iglesia que informen puntualmente a esta oficina de cualquier caso de abuso sexual de sacerdotes del que hayan tenido conocimiento, o del que tengan fundadas razones para pensar que ha tenido lugar, y remitan a esta oficina cualquier queja o información relevante que llame su atención (con el debido respeto por el secreto de confesión). El obispo también instruirá a los sacerdotes, religiosos, y empleados de la Iglesia sobre la grave obligación moral que tienen de cumplir este requisito, e impondrá una justa pena a quienes no lo hagan.

Algunas autoridades públicas y medios de comunicación intentan proteger de publicidad indeseada a las víctimas de abusos sexuales y a sus familias. Los obispos deben promover tales esfuerzos razonables para proteger la privacidad, y quienes actúen en nombre de la diócesis deberán cooperar con ellos. Sin embargo, la Iglesia es responsable no sólo de los verdaderos intereses de las víctimas y sus familias sino también de los intereses de Jesús y de cada uno de los que sufran futuros abusos sexuales de sacerdotes. Por lo tanto, las preferencias de las víctimas o sus familias por la privacidad no pueden justificar que un obispo, u otro que actúe en nombre de la diócesis, limite la conveniente información para salvaguardar intereses más amplios.

Si las leyes públicas relacionadas con la información sobre crímenes requieren acciones moralmente inaceptables –por ejemplo, que un sacerdote viole el secreto de confesión–, una política prudente prohibirá tales acciones. Por otro lado, una prudente forma de actuar llevará a todo aquel que represente a una diócesis a poner a disposición de los funcionarios públicos toda la información que necesiten, para cumplir sus responsabilidades relacionadas con los abusos sexuales de sacerdotes. Las diócesis deben colaborar con los fiscales para clarificar estas necesidades; los obispos deberán ocuparse de que siempre se resuelvan puntual y completamente los requisitos legales, y que las necesidades de información más allá de estos requisitos sean satisfechas en la medida de las posibilidades. Nadie que se queje a la diócesis sobre abusos sexuales de sacerdotes será disuadido para que no lleve su queja ante las autoridades públicas. Una vez que la diócesis ha verificado una queja, se debe animar a la víctima, o a quien tenga la competencia de actuar en su nombre, a que coopere con las autoridades públicas y se les dará la ayuda razonable para hacerlo.

En el momento en que se dé una acusación contra un sacerdote, tendrá que entrevistarse con él.. Si las acusaciones son anónimas o no están justificadas por ninguna evidencia o información específica y son negadas por el sacerdote acusado, no darán lugar a ninguna acción posterior. No se suspenderá a un sacerdote que niegue una acusación que necesite investigación hasta que se llegue a una conclusión. Sin embargo, será supervisado de cerca y se limitará, en la medida de lo posible, su acceso a las víctimas potenciales. Esto requerirá a menudo el cambio temporal de su trabajo.

Puesto que algunas acusaciones serán falsas o maliciosas, una prudente política propiciará un proceso justo que investigue las acusaciones y juzgue su verdad. Pero tal proceso puede requerir que un sacerdote acusado permita a investigadores privados empleados por la diócesis que supervisen su vivienda, sus posesiones y papeles. Para obtener evidencias de las víctimas y de otras personas, se utilizarán procedimientos que permitan conseguir datos veraces, exactos y completos del comportamiento relevante del sacerdote y, al mismo tiempo, que no impongan una carga evitable a las
víctimas y/o a sus familias.

Algunas veces la investigación inicial y/o el eventual proceso dejarán claro que un sacerdote acusado es inocente, que la acusación contra él era falsa o maliciosa. Una prudente política hará que, en tales casos, se haga pública la justificación del sacerdote acusado. A mi juicio, prácticamente nunca debería llegarse a acuerdos legales entre la diócesis y acusados cuando el obispo sabe que las acusaciones son falsas o maliciosas. Pero si una diócesis tiene que llegar a un acuerdo en casos de acusaciones de este tipo, el obispo no deberá ahorrar esfuerzo alguno para mitigar el inevitable daño causado a la reputación del sacerdote inocente.

A veces, a pesar de la falta de evidencias suficientes para establecer la culpabilidad de un sacerdote que niega una acusación, habrá elementos significativos para sospechar de que miente. No se tratará a tal sacerdote como culpable, y se protegerá su reputación en lo posible. Pero no sería razonable ignorar la suspicacia remanente y, por ello, se supervisará de cerca al sacerdote y se le asignará un cargo en el que el riesgo de causar daños sea mínimo.

A menudo, las personas que admiten ser culpables de un único caso de abusos, han cometido uno o más caso similares sobre los que generalmente no dicen nada. Si un panadero concienzudo descubriera que uno de sus empleados ha contaminado deliberadamente un solo pan, y uno de sus clientes enfermara gravemente, avisaría a todos sus clientes para que fueran rápidamente al médico ante cualquier síntoma. Puesto que los abusos sexuales son, con diferencia, más perjudiciales que una comida indigesta, un obispo no puede hacer menos cuando quede claro que uno de sus sacerdotes se ha visto envuelto en un delito sexual.

Por lo mismo, una prudente política hará lo posible para informar exacta y específicamente a todos los fieles cuyas almas habían sido confiadas al cuidado pastoral de un sacerdote culpable de abusos sexuales. Muchos jóvenes víctimas de delitos sexuales no dicen nada a nadie hasta que se les pregunta. Por eso, los padres u otros personas deben ayudar a identificar cualquier víctima adicional para proporcionarle el cuidado pastoral apropiado. La preocupación por el bien de las almas de las posibles víctimas adicionales está por encima de cualquier otra preocupación –por ejemplo, la preocupación sobre la mala publicidad para la diócesis o sobre la reputación del sacerdote culpable–. El cardenal Bernard Law, arzobispo de Boston, lamenta ahora su política anterior de secreto y afirma que «ahora somos conscientes dentro de la Iglesia y en la sociedad en general de que el secreto impide con frecuencia el tratamiento y pone a otras personas a riesgo» («The Necessary Dimensions of a Sexual Abuse Policy», en «Origins», 31:45 [25 de abril de 2002]: 744).

Es necesario poner de manifiesto que la política de hacer público al sacerdote delincuente sexual tendrá un efecto beneficioso. Los sacerdotes valoran el respeto y el afecto de la gente a la que sirven y han servido. La consideración de que un delito podría ser conocido por todos y cada uno de quienes han estado alguna vez bajo su cuidado pastoral será un poderoso motivo para que el sacerdote tentado resista a la tentación.

El delincuente
Asimismo, la primera preocupación del obispo que tiene que tratar con un sacerdote culpable debe ser el bien del alma del sacerdote. Como Juan Pablo II decía a los reunidos en el palacio apostólico el 23 de abril de 2002, «no podemos olvidar el poder de la conversión cristiana, esa decisión radical de volver del pecado a Dios, que alcanza las profundidades del alma de una persona y puede lograr un cambio extraordinario». Por lo tanto, el obispo debe tratar al sacerdote culpable con misericordia pastoral y buscar suavemente su arrepentimiento y el compromiso sincero de evitar todo pecado grave y de vivir en perfecta abstinencia. Se debe dar toda ayuda razonable a un sacerdote delincuente sexual, incluyendo los servicios de adecuados profesionales de la salud mental para comenzar una vida nueva y rehabilitada como miembro responsable de la sociedad.

Sin embargo, el respeto a Cristo y la justicia debida a las demás personas, que pudieran sufrir nuevos abusos sexuales, limitarán la ayuda que puede prestar un obispo por un sacerdote que ha cometido un delito. Si antes o después queda claro que un delincuente seguirá siendo una amenaza para la sociedad, el obispo deberá hacer todo lo razonable para mitigar esta amenaza. Además, a mi juicio, aunque un sacerdote sólo haya cometido un único abuso sexual, no se le deberá confiar nunca más el ministerio –con el debido respeto de la ley canónica– y será secularizado, si es posible, cuanto antes.

Cuatro consideraciones sobre esta postura
Primero, el abuso sexual de menores por parte de sacerdotes es «considerado con razón un crimen por la sociedad, y es también un pecado espantoso a los ojos de Dios» (Juan Pablo II, 23 de abril de 2002). Cada uno de estos actos traiciona la responsabilidad de un sacerdote que actúa en la persona de Cristo y promueve los beneficios salvíficos de los actos de Jesús. Como afirmaba el Dr. Berlin: «Con razón el joven, al respetar al sacerdote y al sentir que el sacerdote no le conducirá de manera extraviada, está en una tremenda desventaja». Una vez que un hombre se ha aprovechado de su sacerdocio para extraviar a un joven, hay razones para temer que lo volverá a hacer. A menos que se confine al delincuente confirmado en un convento, una clínica de reposo, o en una prisión de forma permanente y segura, su tarea no evitará que entre en contacto con menores y abuse de su sacerdocio para seducirlos. La única manera de asegurarse de que un delincuente no abuse de su sacerdocio es secularizarlo.

Algunos dirán: «Secularizar al delincuente por un único caso es un castigo demasiado severo; la misericordia cristiana requiere que se le dé una segunda oportunidad». Pero el objetivo de secularizar a los delincuentes no es sólo el de castigarles por haber quebrantado la ley. El objetivo es también, y ante todo, prevenir los males verdaderos y muy serios que implican y son consecuencia de los abusos sexuales de los sacerdotes. La severidad es necesaria para proteger y promover los verdaderos intereses de Jesús y de la Iglesia. La así llamada misericordia hacia los delincuentes es injusticia hacia los demás implicados. La así llamada compasión para los delincuentes es, precisamente, crueldad para las víctimas potenciales.

Stephen J. Rossetti, «La Iglesia Católica y el Abuso Sexual de Niños», en la revista «America» (23 de abril de 2002), admite que alejar a los sacerdotes que acosan de toda forma de ministerio, «es con certeza la acción más segura para la Iglesia», pero, afirma en su contra: «Sin embargo, ¿es la acción más segura para los niños? Cuando un sacerdote es alejado de su ministerio, sale a la sociedad sin supervisión y quizá incluso sin estar sometido a ningún tratamiento. Luego es libre de hacer lo que le plazca». El razonamiento de Rossetti no es correcto. Los sacerdotes delincuentes sexuales explotan su sacerdocio para cazar a sus víctimas. Por otra parte, incluso si mantener a los delincuentes en el ministerio podría reducir el riesgo de nuevos delitos –algo que no comparto–, el acto de secularizarlos elimina ya de por sel riesgo de muchos males espirituales que son la preocupación específica de los obispos. Los sacerdotes que admitan o que sean encontrados culpables de delitos sexuales no deberán ser despedidos sin tratamiento alguno; como he dicho, se les debe ofrecer tanto el cuidado pastoral como el tratamiento de adecuados profesionales de la salud mental. Además, como otros ciudadanos responsables, los católicos, incluidos los obispos, pueden y deben urgir a las autoridades públicas para que hagan más efectiva la aplicación de la ley y la supervisión de todos los delincuentes sexuales.

En segundo lug
ar
, la caridad también pide severidad para ayudar a aquellos que son débiles pero que están dispuestos a resistir a la tentación de dañar gravemente a otros y a sí mismos. La perspectiva de la secularización motivará a algunos sacerdotes que experimentan tentaciones a buscar ayuda, en vez de cometer cualquier delito sexual y disuadirá a algunos de caer en la tentación. Aquellos que no busquen ayuda y no sean disuadidos ante la perspectiva de la secularización, es muy probable que dañen de nuevo a los jóvenes, pero «no hay lugar en el sacerdocio y en la vida religiosa para quienes dañan a los jóvenes» (Juan Pablo II, 23 de abril de 2002).

Tercero, al informar de los delitos sexuales de los sacerdotes a las autoridades públicas y proporcionar información sobre sus conductas erróneas con cualquiera que haya sido confiado a su cuidado pastoral, se dañará su reputación y se limitará en gran manera sus posibilidades para realizar un efectivo y completo servicio en la Iglesia. Secularizarlos y ayudar a aquellos que están dispuestos a comenzar de nuevo puede ser mejor para ellos que asignarlos a ministerios restringidos de modo permanente.

Cuarto, si los obispos hacen todo lo que razonablemente pueden para prevenir los abusos sexuales de sacerdotes, incluida la rápida secularización de los delincuentes, las víctimas y sus familias no tendrán razón alguna para acusar a ninguna otra persona si no al propio trasgresor. La evidente falta de complicidad del obispo diocesano y de los demás sacerdotes tendrá dos buenos efectos. Primero, y el más importante, las víctimas y aquellos que hayan sufrido daño moral y espiritual estarán mucho más dispuestos a recibir un prudente y correcto cuidado pastoral, y será más probable que se beneficien de ello y puedan ser apoyados en su vida de fe. Segundo, las víctimas y sus familias tendrán menos motivos y ninguna base para demandar a nadie si no es al infractor, con el buen resultado de que los pleitos, si los hay, contra las diócesis, los obispos y otros serán probablemente menos y se tratarán con mayor facilidad.

[Traducción del original en inglés realizada por Zenit]

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ZENIT Staff

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