Veintinueve países contra todo tipo de clonación humana

Apoyan una propuesta presentada por España ante la ONU

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ROMA, 5 noviembre 2002 (ZENIT.org).- Al menos 29 países se han unido para pedir un pronunciamiento de la Organización de las Naciones Unidas a favor de la prohibición total de la clonación humana, según han informado a Zenit de fuentes diplomáticas.

La iniciativa, surgida de un «Memorando» presentado por España, cuenta ya con el apoyo de naciones como Argentina, Estados Unidos, Costa Rica, El Salvador, Honduras, Italia, Nicaragua, Nigeria, Panamá, Paraguay o República Dominicana.

El documento adoptado por estos países el 18 de octubre pide que la «Convención internacional» que debe preparar el Comité creado por la ONU contra la clonación reproductiva se amplíe a todo tipo de clonación humana, incluida la así llamada «terapéutica», en la que embriones humanos se convierten en material de experimento o en medicina.

El Tratado contra la clonación reproducitiva fue propuesto por primera vez en agosto de 2001 por Francia y Alemania. En febrero de 2002, tuvo lugar en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York la primera reunión convocada con el objeto de preparar un proyecto de Convención internacional.

Ya en aquel encuentro, varios países propusieron ya ampliar dicha prohibición a la clonación con fines terapéuticos.

El «Memorando» redactado por España y apoyado por otros países propugna la prohibición de la clonación con fines terapéuticos, pues, según afirma, «contrariamente a lo que frecuentemente se alega, la clonación con fines terapéuticos también supone la experimentación con embriones humanos y es incompatible con una investigación científica legal y segura».

«Su objetivo –recuerda el documento– es la constitución de embriones humanos para su utilización como material de investigación».

El texto cita para respaldar esta posición la Convención Europea sobre Derechos Humanos y Biotecnología (Convenio de Oviedo), ratificado en 1999 por varios Estados europeos, que prohíbe expresamente en su artículo 18.2 «la constitución de embriones humanos con fines de experimentación».

El Memorando considera «que la clonación, cualquiera que sea su finalidad, es una práctica de investigación insegura y contraria a la dignidad humana» y por ello debe ser prohibida».

El documento «cree también firmemente que una prohibición parcial de la clonación perdería todo fundamento jurídico, pues los bienes jurídicamente protegidos con la prohibición, tanto de la clonación con fines reproductores como terapéuticos, son necesariamente los mismos».

Además, añade el documento, «no es posible controlar la eficacia de la prohibición de la clonación humana con fines reproductores si no se prohíbe también la terapéutica».

«Una prohibición parcial de la clonación crearía inseguridad jurídica», advierte, pues considera que «promover una estrategia de prohibiciones parciales diferidas en el tiempo no es eficaz y crea inseguridad jurídica en un campo en el que el derecho debe adelantarse a la realidad».

«Una prohibición parcial podría dar lugar a la aparición de un negocio clandestino de clonación con fines reproductores, con la instauración de un comercio ilegal de óvulos», afirma también el Memorando.

«Desde la experiencia práctica, los resultados obtenidos en los experimentos de clonación animal refuerzan la necesidad de prohibir cualquier tipo de clonación humana», sigue explicando, pues «la experiencia acumulada en la clonación de animales ha puesto de manifiesto una muy reducida eficiencia de las técnicas utilizadas y unos riesgos considerables de malformación y deformación del embrión».

Por último, el documento asegura que «oponerse a la clonación humana no equivale a negarse al avance de la ciencia ni de la investigación genética», pues «la clonación no es la única estrategia de investigación para desarrollar la medicina regeneradora: la investigación con células madre adultas, además de presentarse como una alternativa más segura y respetuosa con el embrión, está dando ya resultados muy relevantes».

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ZENIT Staff

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