Diez herramientas frente al adoctrinamiento en la escuela

Encuentro de más de mil objetores a EpC procedentes de España y Portugal

Share this Entry

MADRID, lunes, 2 marzo 2009 (ZENIT.org).- Este sábado tuvo lugar en Pozuelo de Alarcón, Madrid, el II Encuentro Nacional de Objetores a Educación para la Ciudadanía, en el que se han presentado a los padres diez herramientas fundamentales para actuar ante quien quiera conculcar sus derechos fundamentales.

La iniciativa, organizado por Profesionales por la Ética y la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), tuvo como lema «Cuestión de libertad».

 Celebrado en el campus de la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid -informa a ZENIT Ignacio Pascual Aguirre de Cárcer, de Profesionales por la Ética de Cataluña–, el encuentro contó con la asistencia de 1.050 personas procedentes ciudades de la península ibérica (asistió también un nutrido grupo de padres españoles residentes en Portugal).

 Durante toda la jornada, se sucedieron conferencias, testimonios y actividades familiares. Los alumnos objetores celebraron un encuentro paralelo a cargo del profesor Carlos Jariod, presidente de la Asociación Educación y Persona.

 Se celebró una comparecencia ante los medios de comunicación en la que participaron algunos de los impulsores de este movimiento, que sigue creciendo en España, alentado por una sentencia del Tribunal Supremo que consideran favorable en cuanto ofrece la posibilidad de impugnar los contenidos de esta asignatura. 

Lourdes Ruano Espina, catedrática de Derecho Eclesiástico de la Universidad de Salamanca, afirmó que las cuatro sentencias recientemente dictadas por el Supremo, en materia de objeción a Educación para la Ciudadanía (EpC), son fruto de un forzado consenso en numerosos puntos, y eso se traduce en múltiples contradicciones.

 A pesar de negar el derecho a la objeción de conciencia, aseguró la catedrática, las sentencias especifican que cuando los proyectos educativos, libros de texto o explicaciones incurran en adoctrinamiento, los padres pueden exigir el derecho a la tutela judicial efectiva ante los Tribunales contencioso administrativos, que podrán dictar medidas cautelares. 

Indicó que el hecho de que la EpC sea ajustada a derecho no autoriza a la Administración educativa –ni tampoco a los centros docentes, ni a los concretos profesores- a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas. 

José Ignacio Martínez, portavoz del Foro de Laicos Asidonia Jerez expuso la situación en Andalucía, comunidad en la que existen 16 plataformas de objetores y se presentaron 8.400 objeciones, a pesar de las presiones, amenazas e incluso coacciones a los objetores por parte de la Junta de Andalucía. 

Además, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó más de 50 sentencias favorables al derecho de objeción de conciencia, estando además más de 200 recursos judiciales pendientes de resolver. 

Ramón Novella, presidente de Profesionales por la Ética en Cataluña, recordó que, en esta comunidad autónoma se presentaron unas mil objeciones. Además, los padres objetores han interpuesto 181 recursos ante diferentes instancias judiciales. 

Novella recordó que en Cataluña no se ha emitido sentencia alguna sobre el derecho a la objeción a EpC, aunque el Tribunal Superior de Justicia dictó un Auto inadmitiendo la tramitación de cinco recursos por la vía de los derechos fundamentales; estos Autos han sido recurridos ante el Tribunal Supremo. 

David González, portavoz de la plataforma Lugo Educa en Libertad, recordó que los motivos de los padres objetores están en los artículos 27.3 (Los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones) y 16.1 de la Constitución Española (Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos…). 

«Los padres objetores -afirmó- no hacen otra cosa que defender la libertad de todos frente a todos

aquellos que quieren imponer un pensamiento único». González aseguró que con asignaturas como estas se pretende controlar las conciencias ya que el bloque de materias denominado EpC se propone construir la moral de los alumnos, lo cual supone un claro intento de adoctrinamiento y una expropiación del derecho constitucional de los padres». 

Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, manifestó que, expuesto el plan de acción, es evidente que en torno a EpC existe un conflicto social que no se resuelve con las sentencias del Tribunal Supremo, que resuelven cuatro recursos judiciales. Recordó que hay 1.700 procedimientos judiciales en marcha y un movimiento social, el de los padres objetores, que va a seguir utilizando todas las vías legales a su alcance para defender las libertades ideológica, de conciencia y de educación. 

«Este concflicto -aseguró- se produce por una imposición gubernamental ya que desde diferentes plataformas y asociaciones se han solicitado al menos cinco entrevistas (desde septiembre de 2006) con el presidente del Gobierno y con las sucesivas ministras de Educación para abordar este asunto. Entrevistas que han sido sistemáticamente denegadas». 

Por último, Urcelay presentó, a modo de plan de acción, los instrumentos legales que ofrecen las sentencias del Tribunal Supremo para defender los derechos de los padres que han objetado a Educación para la Ciudadanía.

Plan de Acción

1.- Corresponde a los padres la decisión última respecto a los medios e instrumentos legales a utilizar en defensa de sus derechos y libertades.

2.- Ante la Administración educativa estatal o autonómica podrán solicitar, de acuerdo con las sentencias del Tribunal Supremo sobre el derecho a objetar a EpC, la revisión de los decretos autonómicos que desarrollan la asignatura y en su caso retiren los libros de texto y materiales de carácter adoctrinador.

3.- Podrán instar a los responsables políticos y los legisladores de las respectivas comunidades autónomas a que reconozcan el derecho a objetar a EpC mediante normativa autonómica.

4.- Pueden presentar recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional en el caso de las cuatro  sentencias emitidas por el Tribunal Supremo respecto al derecho a objetar a EpC.

5.- En las comunidades autónomas sin fallos judiciales sobre el derecho a objetar o con fallos favorables a los objetores se podrán presentar recursos judiciales cuando exista denegación de la objeción por resolución administrativa de la comunidad autónoma.

6.- Se mantienen vigentes los recursos judiciales presentados contra los decretos autonómicos que desarrollan EpC en Andalucía, País Vasco, Cataluña, Extremadura y Castilla-La Mancha.

7.- Se pueden presentar recursos judiciales que anulen determinados libros de texto, materiales y proyectos educativos y actos concretos de adoctrinamiento escolar.

8.- Ante los centros educativos, se deberá exigir la programación de las asignaturas de EpC, así como el detalle de materiales didácticos que va a utilizar el alumno y el docente para impartirlas.

9.- Pueden permanecer fuera de clase de EpC los alumnos objetores amparados por fallo  judicial o resolución administrativa favorable.

10.- Si los padres deciden que sus hijos vuelvan a clase de EpC, podrán solicitar información detallada de la programación, libros de texto y materiales didácticos que se vayan a utilizar para impartir este conjunto de asignaturas. Se informará a la comunidad educativa y a la opinión pública en general acerca de los libros de texto, materiales didácticos y actos adoctrinadores llevados a cabo por los centros educativos. 

Para más información: www.objetores.org

 

Share this Entry

ZENIT Staff

Apoye a ZENIT

Si este artículo le ha gustado puede apoyar a ZENIT con una donación

@media only screen and (max-width: 600px) { .printfriendly { display: none !important; } }