Sposalizio (The Engagement of Virgin Mary). Oil on roundheaded panel

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Un matrimonio no se anula

Si un matrimonio se hizo como debe ser nadie puede anularlo. El tribunal eclesiástico define si un matrimonio fue nulo desde el inicio

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VER

Muchas personas han malinterpretado la decisión del Papa Francisco de agilizar los procesos para declarar si un matrimonio fue nulo desde su celebración. En los medios informativos, se dijo que facilitaba la anulación de los matrimonios, lo cual no es verdad. Si un matrimonio se hizo como debe ser, el Papa no puede anularlo. Lo que dispuso ahora, respondiendo a las inquietudes que obispos de todo el mundo le presentaron el año pasado en el Sínodo Extraordinario sobre la Familia, es sólo dar más facilidades para que no sean tan largos y engorrosos los procesos que un tribunal eclesiástico realiza para definir si un matrimonio fue nulo desde el inicio.

No es lo mismo anular un matrimonio, que declarar que fue nulo desde su celebración; es decir, que desde el principio no hubo verdadero matrimonio. Hasta ahora, estos procesos son complicados, pues la Iglesia es muy respetuosa de la naturaleza indisoluble del verdadero matrimonio; pero esto hace sufrir a quienes celebraron su boda con irregularidades graves, y no lo pueden demostrar. Quisieran recibir la comunión sacramental, y no lo pueden hacer.

Como se interpretó mal la disposición del Papa, ya muchos casados por la Iglesia, que se separaron y ahora viven con otra persona, se están acercando a la comunión, porque se sienten ya perdonados; dicen que el Papa ya les abrió el camino a la comunión sacramental. No han entendido las cosas y las interpretan a su conveniencia.

PENSAR

Jesucristo fue muy claro: “Lo que Dios ha unido, no lo puede separar el hombre” (Mt 19,6). Ni el Papa puede anular lo que Dios ha unido, como siempre ha enseñado la Iglesia. En su decreto, el Papa varias veces recuerda el carácter indisoluble del matrimonio. Habrían de leerlo bien. El Papa no puede cambiar lo que Dios ha establecido. Lo que hace el Papa es facilitar los caminos para que los tribunales eclesiásticos, y en particular los obispos, podamos resolver con más prontitud los casos en que se pueda demostrar que no hubo verdadero matrimonio desde su celebración religiosa.

¿Qué es lo que hace nulo un matrimonio; es decir, que aunque se hubieran casado con todos los ritos, incluso ante un obispo, no hubo verdadero matrimonio?

Esto son algunos ejemplos: Si se casan a la fuerza, con amenazas, sin suficiente libertad. Si no son conscientes de que el matrimonio es para siempre y con apertura a generar y educar hijos. Si son inmaduros psicológicamente, lo cual no es fácil de comprobar, pues la madurez psicológica no se alcanza automáticamente con la edad. Si uno ya estaba casado por la Iglesia anteriormente y engañó diciendo que no lo estaba. Si uno es homosexual, pues no puede llevar una vida heterosexual. Si uno es impotente y no puede tener relaciones sexuales. Si no se consuma el matrimonio con la relación sexual. Si se excluyen los hijos; es decir, se casan, pero deciden no tener familia. La esterilidad no es impedimento. Si hay un engaño grave, como ocultar que se tienen hijos con otra persona, o que está casado por lo civil. Si uno de los dos no está bautizado y no ha obtenido el permiso del obispo para un matrimonio con disparidad de cultos. Si el sacerdote que les celebra no tiene facultades para ello, si está suspendido, si está fuera de su territorio, o es falso sacerdote. Hay otros casos, pero estos son los más comunes.

Si después de casarse por la Iglesia, hubo problemas en la pareja, como violencia, embriaguez, infidelidades, no se entendieron y se separaron, eso no anula el matrimonio. Si ya tienen tiempo separados y uno de ellos ya vive con otra persona, eso tampoco lo anula. Si el matrimonio estuvo bien celebrado, nadie, ni el Papa, lo puede anular.

Si alguien tiene dudas sobre la validez de su matrimonio, que acuda al tribunal eclesiástico que hay en todas las diócesis, con el encargo de estudiar si hubo alguno de estos impedimentos.

ACTUAR

Respetemos la indisolubilidad del matrimonio. Si alguien se separó de su legítima esposa y vive con otra, no puede acercarse a confesar y comulgar, pues sería una contradicción, ya que no está en comunión con Cristo. Pero no están excomulgados de la Iglesia; pueden ir a Misa, hacer oración, leer la Biblia, bautizar a sus hijos, participar en grupos y retiros, ser apóstoles de Jesús.

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Felipe Arizmendi Esquivel

Nació en Chiltepec el 1 de mayo de 1940. Estudió Humanidades y Filosofía en el Seminario de Toluca, de 1952 a 1959. Cursó la Teología en la Universidad Pontificia de Salamanca, España, de 1959 a 1963, obteniendo la licenciatura en Teología Dogmática. Por su cuenta, se especializó en Liturgia. Fue ordenado sacerdote el 25 de agosto de 1963 en Toluca. Sirvió como Vicario Parroquial en tres parroquias por tres años y medio y fue párroco de una comunidad indígena otomí, de 1967 a 1970. Fue Director Espiritual del Seminario de Toluca por diez años, y Rector del mismo de 1981 a 1991. El 7 de marzo de 1991, fue ordenado obispo de la diócesis de Tapachula, donde estuvo hasta el 30 de abril del año 2000. El 1 de mayo del 2000, inició su ministerio episcopal como XLVI obispo de la diócesis de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, una de las diócesis más antiguas de México, erigida en 1539; allí sirvió por casi 18 años. Ha ocupado diversos cargos en la Conferencia del Episcopado Mexicano y en el CELAM. El 3 de noviembre de 2017, el Papa Francisco le aceptó, por edad, su renuncia al servicio episcopal en esta diócesis, que entregó a su sucesor el 3 de enero de 2018. Desde entonces, reside en la ciudad de Toluca. Desde 1979, escribe artículos de actualidad en varios medios religiosos y civiles. Es autor de varias publicaciones.

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