(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 14.02.2022).- Este 14 de febrero el Papa hizo pública la reestructuración de uno de los dicasterios más antiguo e importantes de la Santa Sede: la Congregación para la Doctrina de la Fe, es decir, el órgano de la Iglesia que se ocupa de la fe. En síntesis, la reestructuración consiste en una reorganización de carácter interno que precisa aún más las competencias de las dos secciones del dicasterio (la disciplinar y la doctrinal). Esto supone también un secretario distinto para cada sección del dicasterio.
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Carta apostólica en forma motu proprio Fidem Servare
«Conservar la fe» (cf. 2 Tm 4,7) es la tarea principal y el criterio último a seguir en la vida de la Iglesia. La Congregación para la Doctrina de la Fe asume esta importante tarea, asumiendo tanto las competencias doctrinales como las disciplinarias, tal y como le atribuyeron mis Venerables Predecesores.
La configuración actual de la Congregación fue establecida por San Pablo VI, quien en el Motu Proprio Integrae Servandae cambió el nombre del Dicasterio por el de «Congregación para la Doctrina de la Fe», y por San Juan Pablo II, que en la Constitución Apostólica Pastor Bonus especificó sus competencias.
Ahora bien, teniendo en cuenta la experiencia adquirida por la Congregación a lo largo de este tiempo en diversos ámbitos de trabajo, y la necesidad de darle un enfoque más adecuado al cumplimiento de sus funciones, he considerado oportuno establecer lo siguiente:
- La Congregación para la Doctrina de la Fe comprende dos Secciones, la Doctrinal y la Disciplinaria,cada una de ellas coordinada por un Secretario que asiste al Prefecto en el ámbito específico de su competencia, con la colaboración del Subsecretario y de los respectivos Jefes de Oficina.
- La Sección Doctrinal, a través de la Oficina Doctrinal, se ocupa de los asuntos relativos a la promoción y protección de la doctrina de la fe y la moral. También promueve estudios destinados a incrementar la comprensión y la transmisión de la fe al servicio de la evangelización, para que su luz sea un criterio de comprensión del sentido de la vida, especialmente ante los interrogantes que plantean el progreso de las ciencias y el desarrollo de la sociedad.
Por lo que se refiere a la fe y a la moral, la Sección predispone el examen de los documentos que vayan a ser publicados por otros Dicasterios de la Curia Romana, así como de los escritos y opiniones que parezcan problemáticos para la recta fe, fomentando el diálogo con sus autores y proponiendo remedios adecuados, de acuerdo con las normas de la Agendi ratio in doctrinarum examine.
A esta Sección se le confía la tarea de estudiar las cuestiones relativas a los Ordinariatos Personales instituidos por la Constitución Apostólica Anglicanorum Coetibus.
A la Sección Doctrinal pertenece la Oficina Matrimonial, que ha sido creada para examinar, tanto de hecho como de derecho, las cuestiones relativas al «privilegium fidei».
- La Sección Disciplinaria,a través de la Oficina Disciplinaria, se ocupa de los delitos reservados a la Congregación y de los que ésta se ocupa a través de la jurisdicción del Supremo Tribunal Apostólico allí establecido. Su tarea es preparar y elaborar los procedimientos previstos por las normas canónicas para que la Congregación, en sus diversas instancias (Prefecto, Secretario, Promotor de Justicia, Congreso, Sesión Ordinaria, Colegio para el examen de los recursos en materia de delicta graviora), pueda promover una correcta administración de justicia.
Para ello, la Sección promueve las iniciativas de formación adecuadas que la Congregación ofrece a los Ordinarios y a los juristas, con el fin de favorecer una correcta comprensión y aplicación de las normas canónicas relativas a su propio ámbito de competencia.
- La Congregación para la Doctrina de la Fe cuenta con un Archivo actual para la custodia y consulta de documentos, que gestiona también los Archivos Históricos de las antiguas Congregaciones del Santo Oficio y del Índice.
Lo que ha sido deliberado por esta Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, ordeno que tenga fuerza firme y estable, no obstante cualquier cosa en contrario aunque sea digna de especial mención, y que sea promulgado mediante su publicación en L’Osservatore Romano, entrando en vigor el 14 de febrero de 2022, y luego publicado en el comentario oficial del Acta Apostolicae Sedis.
Traducción del original en lengua italiana realizado por ZENIT Noticias.