¿Qué pasa cuando se modifican las palabras de la absolución?

Preguntas sobre liturgia: ¿Qué pasa cuando se modifican las palabras de la absolución?

Respuesta del padre Edward McNamara, legionario de Cristo y profesor de liturgia y teología sacramental en la Pontificia Universidad Regina Apostolorum.

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(ZENIT Noticias / Roma, 28.09.2026).- Respuesta del padre Edward McNamara, legionario de Cristo y profesor de liturgia y teología sacramental en la Pontificia Universidad Regina Apostolorum.

P: En la confesión, si un confesor dice «Te perdono todos tus pecados» en lugar de «Te absuelvo de tus pecados», ¿es válida esa confesión? — B.B., Calgary, Alberta

R: Aunque existen diferencias de opinión entre los expertos respecto a la posibilidad de esta adaptación, la mayoría parece sostener que se trata de una fórmula inválida.

La fórmula de la absolución es:

«Dios, Padre misericordioso, que por la muerte y resurrección de su Hijo nos ha reconciliado consigo y ha derramado al Espíritu Santo para la remisión de nuestros pecados, te conceda por el ministerio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre, (+) y del Hijo (+), y del Espíritu Santo (+) ».

Los sacerdotes deben utilizar siempre y en todas partes la fórmula propia de los sacramentos. De la fórmula anterior, la expresión «te absuelvo de tus pecados» se ha considerado habitualmente como las palabras esenciales que pueden utilizarse por sí solas en casos de emergencia con peligro inminente de muerte.

De hecho, santo Tomás de Aquino y la mayoría de los manuales clásicos sostenían que el núcleo de la fórmula era la expresión «te absuelvo». Algunos sostenían también que las palabras «de tus pecados» eran igualmente necesarias. Todos coincidían en que la invocación trinitaria y las demás oraciones no eran requeridas para la validez, pero sí eran necesarias para la celebración lícita del sacramento en situaciones que no fueran de emergencia.

También podemos tener en cuenta la doctrina tomista, según la cual un cambio en la redacción que no comprometa el significado del sacramento seguiría siendo válido, aunque ilícito. Por lo tanto, un pequeño desliz u omisión al recitar la fórmula de la absolución no afectaría a su validez, siempre que se pronuncien las palabras esenciales y no se altere el significado. Por ejemplo, si el sacerdote comete un desliz y dice «Todos tus pecados» en lugar de simplemente «tus pecados», la absolución sigue siendo válida, ya que el significado esencial no ha cambiado.

Sin embargo, en opinión de muchos teólogos, el uso de la fórmula «Te perdono» cambiaría el significado de la fórmula y, por lo tanto, sería inválida.

Esto se debe a que, aunque puedan parecer sinónimos, en realidad describen dos acciones diferentes.

La absolución es el acto por el cual un sacerdote debidamente autorizado, actuando en la persona de Cristo, declara que remite la culpa y la pena debidas por el pecado.

El perdón no es un acto jurídico, sino personal. Puesto que todo pecado es una ofensa contra Dios, solo Dios puede perdonar los pecados y restaurar a la persona a la plenitud del estado de gracia, eliminando toda pecaminosidad del alma (Juan 20, 22-23).

El sacerdote, como persona humana, puede sin duda perdonar a otro ser humano que le haya ofendido personalmente, pero, en sentido estricto, no puede perdonar las ofensas cometidas contra Dios. Como representante de Dios, puede absolver o remitir con autoridad esos pecados.

Aunque es probable que el sacerdote en cuestión no tuviera intención de utilizar una fórmula inválida y, de hecho, creyera que estaba absolviendo al penitente, esto no basta por sí solo para subsanar la falta de validez.

Si el penitente se da cuenta inmediatamente de que el sacerdote ha utilizado una fórmula inválida, debe señalárselo con delicadeza y solicitar la fórmula adecuada. Puede que se haya tratado de un lapsus momentáneo.

El penitente que se dé cuenta más tarde de que la fórmula era inválida debe dirigirse al sacerdote e informarle de esta situación. Si el sacerdote insiste en utilizar dicha fórmula, se debe informar al obispo para que tome las medidas oportunas.

Dado que algunos penitentes nunca se darán cuenta de que la fórmula era inválida, el hecho de que hayan cumplido con todo lo que normalmente se exige para una confesión válida garantizaría que los pecados confesados hayan sido efectivamente perdonados por Dios, aunque de manera extrasacramental. Esto probablemente sería análogo a la situación de un penitente que se confesara ante un sacerdote sin saber que este carecía de las facultades adecuadas.

Por ello, incluso el penitente que más tarde se dé cuenta de la fórmula incorrecta puede, en buena conciencia, recibir la Eucaristía mientras espera un momento oportuno para acudir a otro confesor, explicarle la situación y recibir la absolución válida.

* * *

Los lectores pueden enviar sus preguntas a zenit.liturgy@gmail.com. Por favor, indiquen la palabra «Liturgia» en el asunto del correo. El texto debe incluir sus iniciales, su ciudad y su estado, provincia o país. El padre McNamara solo puede responder a una pequeña selección del gran número de preguntas que recibe.

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Fr. Edward McNamara

Padre Edward McNamara, L.C., è professore di Teologia e direttore spirituale

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