(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 25.11.2024).- El lunes 24 de noviembre se ha hecho pública una Nota firmada personalmente por el Papa Francisco en la que sustancialmente se dispone que el Documento Final de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos sea magisterio pontificio. La Nota precisa algunas exigencias para los obispos (como la rendición de cuentas en las visitas ad limina) y especifica algunas posibilidades de experimentación.
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En los distintos momentos del camino del Sínodo que inicié en octubre de 2021, hemos estado a la escucha de lo que el Espíritu Santo dice a las Iglesias en este tiempo.
El Documento final de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos recoge los frutos de un camino marcado por la escucha del Pueblo de Dios y por el discernimiento de los Pastores. Dejándose iluminar por el Espíritu Santo, toda la Iglesia ha sido llamada a leer su propia experiencia y a identificar los pasos que hay que dar para vivir la comunión, realizar la participación y promover la misión que Jesucristo le confió.
El camino sinodal, iniciado en las Iglesias locales, pasó después por las fases nacional y continental, hasta llegar a la celebración de la Asamblea del Sínodo de los Obispos en las dos sesiones de octubre de 2023 y octubre de 2024. Ahora el camino continúa en las Iglesias locales y sus agrupaciones, atesorando el Documento final que fue votado y aprobado por la Asamblea en todas sus partes el 26 de octubre. Yo también lo aprobé y, firmándolo, ordené su publicación, uniéndome al «nosotros» de la Asamblea que, a través del Documento Final, se dirige al santo Pueblo fiel de Dios.
Reconociendo el valor del camino sinodal realizado, entrego ahora a toda la Iglesia las indicaciones contenidas en el Documento final, como restitución de lo que ha madurado en estos años, a través de la escucha y el discernimiento, y como orientación autorizada para su vida y misión.
El Documento final forma parte del Magisterio ordinario del Sucesor de Pedro (cf. CE 18 § 1; CIC 892) y, como tal, pido que sea aceptado. Representa una forma de ejercicio del magisterio auténtico del Obispo de Roma que presenta algunos rasgos novedosos, pero que en realidad se corresponde con lo que tuve ocasión de señalar el 17 de octubre de 2015, cuando afirmé que la sinodalidad es el marco interpretativo adecuado para entender el ministerio jerárquico.
Al aprobar el Documento el 26 de octubre, dije que «no es estrictamente normativo» y que «su aplicación necesitará varias mediaciones». Esto no significa que no comprometa desde ahora a las Iglesias a tomar opciones coherentes con lo que en él se indica. Las Iglesias locales y las agrupaciones de Iglesias están llamadas ahora a poner en práctica, en los diversos contextos, las indicaciones autorizadas contenidas en el Documento, a través de los procesos de discernimiento y de toma de decisiones previstos por la ley y por el mismo Documento. Añadí también que «se necesita tiempo para llegar a opciones que impliquen a toda la Iglesia»: esto vale especialmente para los temas confiados a los diez grupos de estudio, a los que podrán añadirse otros, en vista de las decisiones necesarias. La conclusión de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos no pone fin al proceso sinodal.
Retomo aquí con convicción lo que indiqué al final del articulado camino sinodal que llevó a la promulgación de Amoris laetitia (19 de marzo de 2016): «no todas las discusiones doctrinales, morales o pastorales deben ser resueltas por intervenciones del Magisterio. Por supuesto, es necesaria en la Iglesia una unidad de doctrina y praxis, pero esto no impide que existan diferentes modos de interpretar ciertos aspectos de la doctrina o ciertas consecuencias que se derivan de ella. Esto sucederá hasta que el Espíritu nos lleve a la verdad completa (cf. Jn 16,13), es decir, cuando nos introduzca perfectamente en el misterio de Cristo y podamos verlo todo con su mirada. Además, en cada país o región se pueden buscar soluciones más inculturadas, atentas a las tradiciones y desafíos locales» (AL 3).
El Documento final contiene indicaciones que, a la luz de sus orientaciones básicas, ya pueden ponerse en práctica en las Iglesias locales y en las agrupaciones de Iglesias, teniendo en cuenta los diversos contextos, lo que ya se ha hecho y lo que queda por hacer para aprender y desarrollar cada vez mejor el estilo propio de la Iglesia sinodal misionera.
En muchos casos, se trata de aplicar eficazmente lo que ya está previsto en el derecho vigente, tanto latino como oriental. En otros casos, se podrá proceder, mediante un discernimiento sinodal y en el marco de las posibilidades indicadas por el Documento final, a la activación creativa de nuevas formas de ministerialidad y de acción misionera, experimentando y sometiendo las experiencias a verificación. En el informe previsto para la visita ad limina, cada obispo se ocupará de dar cuenta de qué opciones se han hecho en la Iglesia local que le ha sido confiada en relación con lo indicado en el Documento final, qué dificultades se han encontrado, cuáles han sido los frutos.
La tarea de acompañar la «fase de realización» del camino sinodal, sobre la base de las orientaciones ofrecidas por el Documento final, se confía a la Secretaría general del Sínodo junto con los Dicasterios de la Curia romana (cf. CE 19-21).
El camino sinodal de la Iglesia católica, animado también por el deseo de proseguir el camino hacia la unidad plena y visible de los cristianos, «necesita que las palabras compartidas vayan acompañadas de los hechos» (Saludo final a la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, 26 de octubre de 2024). Que el Espíritu Santo, don del Señor resucitado, sostenga y guíe a toda la Iglesia en este camino. Que Él, que es armonía, siga rejuveneciendo a la Iglesia con la fuerza del Evangelio, la renueve y la conduzca a la unión perfecta con su Esposo (cf. LG 4). Porque el Espíritu y la Esposa dicen al Señor Jesús: «Ven» (cf. Ap 22,17).
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