Así lo establece un decreto de la Penitenciaría apostólica publicado este viernes por la Santa Sede en previsión de la celebración que tendrá por eje mundial en ese día la catedral de san Francisco Javier de Adelaida, en Australia.

La Jornada Mundial del Enfermo está dedicada particularmente en este año a las personas que padecen dificultades mentales, según explicaba el mismo Papa en el «Mensaje» escrito para esta ocasión.

El documento concede indulgencia plenaria a los bautizaos que, «según las acostumbradas condiciones (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre) y con espíritu desapegado de cualquier pecado, participen devotamente el 11 de febrero próximo en la catedral de Adelaida o en cualquier otro lugar establecido por la autoridad eclesiástica en una ceremonia sagrada celebrada para impetrar de Dios las finalidades de la Jornada Mundial del Enfermo».

Las personas que no puedan participar en estas celebraciones por atender a los enfermos, «especialmente a los que a causa de algún trastorno mental exigen mayor paciencia, diligencia y atención», «si en ese día prestan generosamente al menos durante alguna hora su asistencia caritativa a los enfermos como si lo hicieran al mismo Cristo Señor (Cf. Mateo 25, 40), teniendo el espíritu desapegado de todo pecado y el propósito de cumplir, cuando puedan, las condiciones exigidas para alcanzar la Indulgencia plenaria».

Por último, podrán ganar la indulgencia plenaria aquellos fieles que por enfermedad, por edad avanzada o por cualquier razón de este tipo no puedan participar en la ceremonia, en caso de que «uniéndose espiritualmente con el deseo en la citada celebración, recen devotamente por todos los enfermos y ofrezcan a Dios, a través de la Virgen María, "Salud de los enfermos", sus sufrimientos físicos y espirituales».

El decreto concede además indulgencia parcial «a todos los fieles, del 9 al 11 de febrero, cada vez que, con corazón contrito, dirijan a Dios misericordioso devotas oraciones para implorar las citadas finalidades de ayuda a los enfermos».

El decreto lleva la firma del cardenal estadounidense James Francis Stafford, penitenciario mayor.

El «Código de derecho canónico» (c. 992) y el «Catecismo de la Iglesia católica» (n. 1471), definen así la indulgencia: «La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».

Benedicto XVI ha concedido ya indulgencia plenaria con motivo de otros dos grandes encuentros para la vida de la Iglesia, la Jornada Mundial de la Juventud (21 de agosto de 2005) y con motivo de los cuarenta años de la clausura del Concilio Vaticano II (8 de diciembre de 2005).

Con motivo de esa segunda ocasión, el cardenal Stafford declaró a Zenit que, según él cree, estos decretos indican el deseo del Papa de redescubrir el auténtico sentido de las indulgencias en la Iglesia. «Y esa enseñanza está profundamente arraigada en la enseñanza de los Padres de la Iglesia».

El purpurado explicaba que el Papa «está muy preocupado por la necesidad que tenemos de recuperar la conciencia de la profunda gratitud que debemos a Cristo por el gran precio que pagó por nosotros a causa de nuestros pecados. Y una manera de hacerlo es rescatando el sentido original del ejercicio del poder de las llaves de Pedro».

La Iglesia antigua daba mucho énfasis a esas palabras de Jesús al primer Papa: «Te daré las llaves del reino de los cielos; y lo que atares en la tierra atado será en el cielo; y lo que desatares en la tierra, desatado será en el cielo» (Mateo 16, 19).

Los primeros cristianos, recordó el cardenal, veían «como tarea primaria de estas llaves la de liberar a las personas del terrible peso de sus propios pecados a través del perdón, y de la culpa que es causada por sus pecados».

[Puede leerse la constitución apostólica de Pablo VI sobre las indulgencias «Indulgentiarum Doctrina», en la sección de documentos de la página web de Zenit]