Constitución sobre la Curia Romana.

Admiten “error” en la nueva Constitución sobre la Curia Romana con relación a Traditionis Custodes

Mons. Marco Mellino, secretario del Consejo de Cardenales, explica un error humano en la Constitución que reforma la Curia Romana

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(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 21.03.2022).- En el número 93 de la nueva Constitución que reforma la Curia Romana se establece que el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los sacramentos se ocupa también de regular y disciplinar la sagrada liturgia con relación a la forma extraordinaria del rito romano. Ese número publicado en una Constitución Apostólica resultaba, por lo menos, problemático, pues entraba en conflicto con las disposiciones de Traditionis Custodes, el documento que norma precisamente sobre este campo.

Por esa razón, ZENIT formuló una pregunta en la presentación de la nueva Constitución sobre la Curia Romana en la rueda de prensa del lunes 21 de marzo en la Sala de Prensa de la Santa Sede. La pregunta específica fue en qué modo esa afirmación del n. 93 contradice o afirma Traditionis Custodes. Respondió Mons. Marco Mellino, secretario del Consejo de Cardenales de la siguiente manera:

«Esta norma, como se puede comprender, fue formulada así antes de que saliera el Motu Proprio (Traditionis Custodes), y es una errata que habrá que corregir -el Santo Padre ya ha sido advertido de ello- los expertos ya están trabajando en ello.»

Por qué… El abajo firmante se disculpa, ¡soy humano! Cuando salió el Motu Proprio debería haber reformulado ese artículo y se me escapó. Lo descubrí recientemente, pero a estas alturas el texto ya no estaba y por lo tanto habrá una corrección de esto. ¡Pero se mantiene, la competencia permanece! En el sentido de que me gustaría precisar que se trata sólo de una cuestión de terminología: allí se usa la expresión que era propia, cuando aún estaba en vigor el Motu Proprio de Benedicto XVI; en cambio, con el Motu Proprio del Papa Francisco la terminología ha cambiado. ¡Pero la sustancia permanece! Porque en ese Motu Proprio del Papa Francisco, en el artículo 4, se dice claramente que los sacerdotes -a partir de la entrada en vigor de este Motu Proprio- que deseen celebrar según el «rito antiguo» (uso esta expresión en este momento), deben tener la autorización del obispo, quien debe pedirlo a la Santa Sede! ¡Y la competencia pertenece a Culto Divino!

Y en el artículo 7, nuevamente ese Motu Proprio dice que corresponde a Culto Divino asegurarse de que se implementen las disposiciones de este Motu Proprio. Entonces, humanamente me disculpo, pero la formulación la encontrarán cuando logre tener el tiempo oportuno para enviar la nueva formulación al Santo Padre, y así todo debe volver para la edición típica, que será la que estará en la copia original, el texto de base: encontrarán la formulación tal como es… También porque dentro está toda la cuestión de la Comunidad de San Pedro y por lo tanto, tendremos que encontrar la mejor formulación para que todo quede bien contemplado!”.

Como se sabido, el pasado mes de febrero de 2022 el Papa concedió una dispensa a la Fraternidad San Pedro de forma que pueden seguir celebrando con el misal previo a la reforma de Pablo VI.

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Jorge Enrique Mújica

Licenciado en filosofía por el Ateneo Pontificio Regina Apostolorum, de Roma, y “veterano” colaborador de medios impresos y digitales sobre argumentos religiosos y de comunicación. En la cuenta de Twitter: https://twitter.com/web_pastor, habla de Dios e internet y Church and media: evangelidigitalización."

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