(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 18.01.2024).- El jueves 18 de enero el Papa Francisco emitió un Decreto relativo a la publicación de medidas reglamentarias en el Estado de la Ciudad del Vaticano. O en otras palabras, con este Decreto responde a cuándo se considera publicada una norma en el Vaticano.
El Papa refiere que “Las necesidades que han surgido recientemente en el contexto de las actividades y funciones legislativas requieren una aclaración adecuada para permitir la entrada en vigor efectiva y oportuna de las disposiciones reglamentarias en el Estado de la Ciudad del Vaticano”.
Por esas razones, “todas las disposiciones reglamentarias, de cualquier naturaleza, deben considerarse publicadas en el momento de su colocación en el Patio de San Dámaso, en las puertas de los Correos y del Palacio de la Gobernación y en las sitio web institucional del Estado de la Ciudad del Vaticano, independientemente de la fecha de publicación efectiva en el Suplemento del Acta Apostolicae Sedis”.
Contemporáneamente, el Sumo Pontífice establece que este nuevo Decreto entra “en vigor inmediatamente y, con el sello del Estado, será depositado en el Archivo de las leyes del Estado de la Ciudad del Vaticano, y que el texto correspondiente será publicado por correo en el Patio de San Dámaso, en la puerta de los Correos y del Palacio de la Gobernación y en el sitio institucional del Estado de la Ciudad del Vaticano, y posteriormente insertada en el suplemento de las Acta Apostolicae Sedis, enviando a quien corresponda observarla y hacerla observar”.