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La plaza de San Pedro

Francisco explica los dos 'motu proprio' sobre nulidad matrimonial

 “Favorecer, no la nulidad de los matrimonios, sino la celeridad de los procesos”, indica Francisco, “siempre coherente con la verdad de fe profesada”

 

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El santo padre Francisco ha promulgado dos motu proprio que han sido presentados hoy en el Vaticano, referidos a la reforma del proceso canónico sobre las causas de declaración de nulidad matrimonial. Los dos motu proprio del Papa llevan el nombre de Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et misericors Iesus, uno dedicado a la Iglesia de Oriente y el otro a la de Occidente, respetando las características de los ‘dos pulmones’ del catolicismo.
En la introducción de los documentos el Pontífice explica: «He decidido dar con este motu proprio disposiciones con las cuales se favorezca, no la nulidad de los matrimonios, sino la celeridad de los procesos».
Ambos documentos comienzan recordando casi con las mismas palabras que “el Señor Jesús, juez clemente, pastor de nuestras almas, ha confiado al apóstol Pedro y a sus sucesores el poder de las Llaves para cumplir en la Iglesia la obra de justicia y verdad; esta suprema y universal potestad de atar y desatar aquí en la tierra, afirma, corrobora y reivindica la de los pastores de las Iglesias particulares, en virtud de la cual ellos tienen el sacro derecho y delante del Señor de juzgar a sus propios súbditos”.
Así el Santo Padre recuerda que durante los siglos, la Iglesia en materia matrimonial ha elaborado un sistema de nulidad del consenso matrimonial, para que “sea siempre coherente con la verdad de fe profesada”.
Teniendo conciencia de esto, indica el Papa, “he establecido que se ponga mano a los procesos de nulidad del matrimonio, y para ello he constituido un grupo de personas eminentes”. O sea que “la preocupación por la salvación de las almas” ha llevado a “empujar al obispo de Roma a ofrecer a los fieles este documento de reforma”.
Y añade en su escrito que “alimenta este empuje reformador, el enorme número de fieles que si bien desean proveer a la propia conciencia, muchas veces se desaniman debido a las dificultades jurídicas de la Iglesia, a causa de la distancia física o moral; la caridad por lo tanto y la misericordia exigen que la misma Iglesia como madre se vuelva cercana a los hijos que se consideran separados”.
El Pontífice añade que ha seguido las huellas de sus predecesores, quienes quisieron que las causas de nulidad “sean tratadas por vía judicial y no administrativa, no porque lo imponga la naturaleza de las cosas, sino porque lo exige la necesidad de tutelar en el grado máximo la verdad del sagrado vínculo”.
En el motu proprio para la Iglesia de oriente, el Papa añade entre otros particulares que “es importantísimo el ministerio del obispo, el cual según enseñan los padres orientales, es juez y médico, porque el hombre herido y caído (peptókos) a causa del pecado original y de los propios pecados personales, se ha enfermado y con la medicina de la penitencia obtiene de Dios el perdón y se reconcilia con la Iglesia”.
Los puntos fundamentales de la reforma son:
– una sola sentencia en favor de la nulidad ejecutiva;
– el juez único bajo responsabilidad del obispo;
– el mismo obispo es juez;
– el proceso es más breve;
– el apelo a la sede metropolitana;
– la tarea propias de las Conferencias episcopales;
– el apelo a la Sede Apostólica;
– previsiones para las Iglesias Orientales.
Se puede leer también: Reforma sobre nulidad matrimonial: retroactividad, costos y tiempos

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ZENIT Staff

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