Julio Tudela y Ester Bosch
(ZENIT Noticias – Observatorio de Bioética de la Universidad Católica de Valencia / Valencia, 19.09.2024).- En un reciente artículo publicado en Medscape, una de las principales webs de referencia en línea para médicos y profesionales de la salud, se abordan las políticas adoptadas recientemente en distintos países europeos respecto al abordaje de la disforia de género en menores de edad, que mayoritariamente se están redirigiendo hacia un enfoque de más apoyo psicológico, alertando de los peligros de la utilización de bloqueadores hormonales en edades tempranas.
Los bloqueadores de pubertad, aprobados para el tratamiento de la pubertad precoz, se están utilizando en menores con disforia de género para detener o retrasar el proceso madurativo adolescente con el fin de reducir la diferenciación sexual propia de esta etapa con vistas a una posterior transición quirúrgica de género. Los efectos secundarios asociados a estos tratamientos han sido analizados previamente en nuestro Observatorio, y son muy preocupantes y, en muchos casos, irreversibles.
Aunque algunos activistas y asociaciones de transexuales abogan por su uso, la evidencia médica demuestra que no son seguros y cuestiona seriamente su eficacia.
En el Reino Unido la doctora Hilary Cass, que fue presidenta del Colegio Real de Pediatras y Salud Infantil, publicó en abril de 2024 el informe Cass Review, impulsada por el considerable aumento de la demanda de tratamientos de identidad de género entre niños y adolescentes. La Dra. Cass encontró una «evidencia notablemente débil» para respaldar los tratamientos de género para niños.
En marzo, el Servicio Nacional de Salud de Inglaterra (NHS) anunció que ya no prescribiría bloqueadores de la pubertad a niños en las clínicas de identidad de género debido a la falta de evidencia que respalde su seguridad o eficacia.
El pasado 18 de abril, la única clínica de género de Escocia informó de que también había dejado de recetar bloqueadores de la pubertad a menores de 18 años, y que los nuevos pacientes menores de edad ya no recibirían otros tratamientos hormonales.
Cabe recordar que en marzo de 2023, el Gobierno británico vetó la ley de género escocesa que facilitaba la transición de género a los 16 años. En dicha ley se rebajaba la edad mínima de cambio de sexo de los 18 a los 16 años y se eliminaba la necesidad de presentar un informe médico junto con evidencias que ratificaran haber vivido al menos 2 años con esa intención.
En Alemania, Alexander Korte, psiquiatra infantil en la Universidad Ludwig Maximilian de Munich, considera que “esta terapia es irresponsable debido a la situación de datos poco claros. La administración de hormonas del sexo opuesto tras los bloqueadores de la pubertad, como se sabe que ocurre en más del 95% de los niños tratados con análogos de la hormona liberadora de gonadotropina (GnRH), conduce a una infertilidad permanente, además de un deterioro permanente de la capacidad de experimentar la sexualidad».
En Finlandia, la doctora Riittakerttu Kaltiala afirma que sólo pueden considerarse el uso de los bloqueadores de la pubertad después de una evaluación multidisciplinar en una de las unidades de identidad de género para menores que están centralizadas a nivel nacional.
En los Países Bajos las directrices aún no se han revisado. Sin embargo, en febrero de 2024, el Parlamento ordenó que se llevara a cabo una investigación sobre los resultados de salud física y mental de los niños a los que se recetaban bloqueadores de la pubertad.
En Noruega, la Junta de Investigación de Atención Médica (Ukom) recomendó en 2023 que el Ministerio de Salud y Atención encargara a la Dirección de Salud revisar la directriz nacional sobre incongruencia de género para que se base en un resumen sistemático de las evidencias disponibles. El informe de Ukom recomendó que los bloqueadores de la pubertad y el tratamiento hormonal y quirúrgico de reasignación de género para niños y jóvenes se definieran como tratamientos experimentales.
En Francia, la Academia Nacional de Medicina recomendó en 2022 la «mayor reserva» en cuanto al uso de bloqueadores de la pubertad en niños y adolescentes. Sin embargo, si cuentan con autorización de los padres se les pueden seguir prescribiendo.
En Suecia, la Junta Nacional de Salud y Bienestar expuso en 2022 que los riesgos de los bloqueadores de la pubertad y los tratamientos hormonales de reasignación de género para personas menores de 18 años superaba a sus potenciales beneficios. A pesar de ello agregó que se debía seguir administrando el tratamiento con hormonas, pero dentro de un marco de investigación para comprender mejor su impacto en la disforia de género, la salud mental y la calidad de vida en este grupo de edad, pudiendo continuar con el tratamiento en casos excepcionales.
En España la Ley para la Igualdad de las Personas Trans y la Garantía de los Derechos LGBTI contempla la medicación con bloqueadores de la pubertad y el cambio de sexo legal a partir de los 12 años, desoyendo las advertencias de los expertos sobre los graves riesgos de esta práctica.
Un reciente artículo que analiza la prevalencia de riesgo de suicidio y autolesiones en las personas que se han sometido a una operación de cambio de sexo, ha tomado datos de pacientes de TriNeX con una muestra de 15,6 millones de personas de Estados Unidos y abarca 20 años (2003-2023).
La muestra consta de cuatro grupos de personas de entre 18 y 60 años: el grupo A está formado por los pacientes que se han realizado a una operación de reasignación de sexo, el grupo B son pacientes que no se han operado para cambiar de sexo, el grupo C son personas que se han realizado a una ligadura de trompas o a una vasectomía y el grupo D son personas que han padecido faringitis.
Tras analizar los riesgos de suicidio de los pacientes de los cuatro grupos, el estudio concluye que las personas que se habían sometido a una cirugía de reasignación de sexo tienen un riesgo 12 veces más alto que las personas que no se habían operado.
Tal como hemos publicado recientemente en nuestro Observatorio, un nuevo trabajo publicado en la revista BMJ Mental Health, cuestiona la eficacia de las intervenciones de transición de género como método para prevenir la tendencia suicida en las personas afectadas de disforia de género.
Pero estas evidencias se vienen poniendo de manifiesto en estudios previos desde hace años. Así, el trabajo de Dhejne et al., publicado en 2011, ya concluía que se dan tasas sustancialmente más altas de mortalidad general, muerte por enfermedad cardiovascular y suicidio, intentos de suicidio, y hospitalizaciones psiquiátricas en transexuales con reasignación de sexo en comparación con una población de control sana. Destaca que los transexuales posquirúrgicos son un grupo de riesgo que necesita seguimiento psiquiátrico y somático a largo plazo. A pesar de que, a corto plazo, la cirugía y la terapia hormonal parecen aliviar la disforia de género, no son suficiente para remediar las altas tasas de morbilidad y mortalidad encontrada entre personas transexuales.
Valoración bioética
El abordaje de la problemática de la disforia de género, al igual que otros trastornos que necesitan atención y tratamiento clínicos, requiere como en toda buena praxis médica, el recurso riguroso a las evidencias científicas disponibles, que muestran la relación riesgo/beneficio de las distintas opciones terapéuticas. Su análisis escrupuloso permitirá emprender o retirar tratamientos en función de su evolución, resultados, efectos secundarios o eficacia.
Así no es infrecuente que se rectifiquen normas terapéuticas de tratamientos previamente aprobados que acaban siendo suspendidos o modificados por la falta de evidencia sobre un balance beneficio/riesgo claramente positivo.
En el caso de los tratamientos con bloqueadores de la pubertad para los niños y adolescentes con disforia de género, debe aclararse que no existen autorizaciones aprobadas por los organismos competentes para este uso y su utilización es denominada “off label” o “fuera de prescripción autorizada”.
Una de las razones que se ha esgrimido para aplicar tratamientos no autorizados en este caso es su presunta capacidad para de reducir el riesgo de suicidio o la ideación suicida en los afectados, que es, precisamente, lo que aparece ahora fuertemente cuestionado.
Pero además de que las evidencias sobre su eficacia para este fin son cada vez más débiles y puestas en entredicho, se acumulan datos sobre los efectos indeseables asociados a estos tratamientos, que resultan en muchos casos irreversibles, como ya se ha afirmado.
Los movimientos que se suceden por parte de profesionales, sociedades científicas u organismos reguladores, modificando la indicación y los criterios de aplicación de estos tratamientos, responden a la necesidad de atender la evidencia científica disponible, como exige la buena praxis médica.
Pero existen graves cuestiones que no han sido debidamente respondidas y que planteamos a modo de conclusión: ¿por qué se iniciaron y universalizaron estos tratamientos si no se disponía de evidencias sólidas que los avalasen? ¿Por qué han sido ignorados o no convenientemente evaluados los datos que cuestionan fuertemente su eficacia y seguridad y que se acumulan a medida que existen más posibilidades de seguimiento de los afectados? Y, finalmente, ¿por qué países como España no han emprendido, a diferencia de otros países, absolutamente ninguna modificación a lo que establece la ley que regula estas intervenciones, conocida como Ley Trans, que se muestra imprudente, intervencionista, inconsistente y maleficente? Y lo es porque no atiende a la evidencia científica ni sigue criterios de buena praxis médica.
Las respuestas a estas cuestiones no se hallarán en el ámbito científico con toda probabilidad, sino en el ideológico. Y lo lamentamos porque las consecuencias de una mala praxis son un perjuicio para la salud de los afectados y su derecho a recibir atención de calidad, acompañada de la información suficiente, contrastada y actualizada.
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