El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes dos reales decretos para actualizar el registro de entidades religiosas y regular la declaración de «notorio arraigo» de las confesiones en España.
A partir de ahora, se establecen cinco requisitos obligados para obtener la declaración de «notorio arraigo», entre los que se exige una antigüedad de 30 años en el país, aunque serán 15 años si se puede demostrar una implantación en el extranjero de al menos 60 años.
También se requiere un número mínimo de entidades y lugares de culto, además de acreditar el ámbito territorial de actuación, una estructura organizativa interna adecuada y la presencia activa en la sociedad española.
El otro real decreto aprobado esta mañana regula el registro de entidades religiosas para actualizarlo con una mejor definición de las entidades que pueden acceder al mismo.
En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que el real decreto que regula la declaración de «notorio arraigo» de las confesiones religiosas en España establece los requisitos precisos y el procedimiento público «con todas las garantías» para solicitar y obtener este reconocimiento.
Por su parte, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha señalado que el objetivo de los dos reales decretos es mejorar la gestión de la pluralidad de confesiones religiosas existentes en el Estado español, avanzar en la seguridad jurídica en esta materia y actualizar una normativa de los años ochenta, con el consenso de las confesiones religiosas.
A partir de ahora, las solicitudes para obtener la declaración de «notorio arraigo» se dirigirán a la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones y la Comisión Asesora de Libertad Religiosa emitirá un informe preceptivo, no vinculante, que será resuelto por el ministro de Justicia.
El titular de Justicia ha detallado además que el registro de confesiones religiosas es un instrumento administrativo que existe desde 1981, pero que no había sido actualizado hasta la fecha.
Catalá ha explicado que, a partir de este momento, el registro será telemático, se actualizará cada dos años y exigirá la inscripción de los ministros de culto de las distintas confesiones religiosas.
En España, ha indicado el ministro, el 59 por ciento de los ciudadanos se declara católicos. Este hecho ha generado acuerdos internacionales entre el Estado español y la Iglesia católica.
En el caso de la Iglesia Evangélica (con 1,5 millones de personas que profesan este culto), los judíos (45 mil personas) y los musulmanes (2 millones de personas) tienen acuerdos de cooperación con el Estado.
Otro grupo de confesiones religiosas tienen reconocido por el Estado el notorio arraigo: la Iglesia Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (2003), los Testigos de Jehová (2006), el Budismo (2007) y la Iglesia Ortodoxa (2010).
En el registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia están inscritas casi 20 mil entidades de diversa índole.