(zenit – 14 abril 2020).- Según señala el punto 1.683 del Catecismo: “La Iglesia que, como Madre, ha llevado sacramentalmente en su seno al cristiano durante su peregrinación terrena, lo acompaña al término de su caminar para entregarlo en las manos del Padre”.
Además, el punto 1.187 expone que “la liturgia es la obra de Cristo total, Cabeza y Cuerpo. Nuestro Sumo Sacerdote la celebra sin cesar en la liturgia celestial, con la santa Madre de Dios, los Apóstoles, todos los santos y la muchedumbre de seres humanos que han entrado ya en el Reino”.
Así, es la Iglesia la que “se encuentra” en el funeral y entierro del difunto –o depósito de cenizas en caso de cremación–, representada por el ministro y la comunidad que asiste –en el número y del modo que sea– a esas ceremonias. Sí, la Iglesia como tal, aspecto imprescindible para entender cuanto referiremos en este artículo, y para cerciorarse de que la gracia divina que acompaña a las exequias se halla presente al margen de las circunstancias en que se celebren dichas ceremonias.
Exequias durante la pandemia
El ritual de los funerales de la liturgia romana prevé tres tipos de celebración de las exequias en función del lugar: la casa, la iglesia y el cementerio. El ritual será uno u otro dependiendo de la importancia que preste la familia, costumbres locales, cultura o piedad popular.
En todo caso se procurará que el ritual comprenda cuatro momentos principales: la acogida de la comunidad, la liturgia de la palabra, el sacrificio eucarístico y el adiós (“a Dios”) al difunto.
Debido a la multitud de fallecimientos en la pandemia que nos está tocando vivir, en muchas ocasiones no se pueden celebrar las exequias como nos gustaría, ni con la asistencia de tantos familiares y seres queridos del difunto como quisiéramos, ni siguiendo el ritual que nos hubiera gustado celebrar.
Así, el difunto es sepultado –o son depositadas sus cenizas– en condiciones, podríamos decir, adversas para su familia y allegados. Ello por falta de tiempos o de suficiente logística para atender a tantos difuntos, en el bien entendido que la normativa civil no lo prohíbe, con debidas cautelas –en España y otros países, permite participar en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida, si bien, para evitar contagios, se restrinja tal participación a un máximo de tres familiares o allegados, además del ministro–. Aunque, movidos por un creativo cariño, esos familiares y allegados consigan unirse a la ceremonia a través de la grabación que desde el móvil envía quien esté asistiendo presencialmente.
La gracia sigue presente
Un principio básico de toda la economía de la Salvación y de la acción salvífica de la gracia divina en nuestras almas, es el de “la infinita misericordia de Dios”. Principio este que en el período de pandemia alivia sobremanera cuando nos encontramos con casos en los que no se ha podido atender espiritualmente a los difuntos tal como nos hubiera gustado, porque bien lo hubieran merecido.
El Señor, en su misericordia, dispensa las gracias necesarias para nutrir de su infinito amor las celebraciones litúrgicas que por causas intempestivas y de fuerza mayor no puedan celebrarse como quisiéramos, ni ser presenciadas –rezadas– por cuantos quisieran acudir a ellas. Además, como decíamos, es la propia Iglesia la que celebra esa ceremonia, toda ella, presente en espíritu.
Naturalmente, como también señala la legislación civil, finalizada la pandemia podrán celebrarse los funerales correspondientes, ya multitudinarios y sin las estrictas restricciones impuestas por la COVID-19, que a su debido tiempo no pudieron acompañar los enterramientos –o depósitos de cenizas– de nuestros queridos difuntos.
Ello atendiendo principalmente a la Eucaristía, que podrá ofrecerse por el difunto, Misa de difuntos, en sufragio por su alma.
Alejandro Vázquez-Dodero Rodríguez
Sacerdote, doctor en Derecho Canónico y capellán del colegio Tajamar de Madrid