Por: Enrique Villegas
(ZENIT Noticias / Salta, 27.04.2022).- Durante la penúltima semana de abril se hizo de conocimiento internacional una denuncia que las Madres Carmelitas Descalzas de la ciudad de Salta habrían interpuesto contra el arzobispo Mario Antonio Cargnello por violencia física, psicológica y económica. De hecho, según algunos medios locales el arzobispo ha sido citado a audiencia el próximo 3 de mayo.
Este miércoles 27 de abril la Oficina de Prensa del arzobispado de Salta dio a conocer un comunicado en el que se hacen públicas algunas indicaciones que desde el Vaticano llegan para las religiosas y que permiten conocer más ampliamente el contexto del conflicto. El litigio estaría en torno a unas supuestas apariciones y la promoción, por parte de las monjas, de una advocación mariana, sin autorización del pastor del lugar.
Ofrecemos a continuación el comunicado, si bien no queda aclarado aún el tema de las acusaciones de violencia que posiblemente continúen en los tribunales civiles.
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En el día de ayer (26 de abril, ndr) la Nunciatura Apostólica en Buenos Aires anunció al Sr. Arzobispo y hoy a las Rvdas. Madres Carmelitas el decreto de finalización de la visita apostólica realizada por S. E. R. Mons. Martín De Elizalde O. S. B., Obispo emérito de Santo Domingo y la Rvda. Hna. Isabel Guiroy O.S.B., al convento “San Bernardo” de nuestra Arquidiócesis, dado que dicha visita “fue efectuada de manera adecuada, correcta y con competencia, y que los Visitadores cumplieron exhaustivamente con el encargo a ellos otorgado”. La fecha del mismo es el 30 de marzo del corriente año.
Así mismo les hizo entrega de las indicaciones emanadas por la Congregación para la Vida Religiosa y Sociedades de Vida Apostólica como consecuencia del atento examen de los informes de los Visitadores y de las Reverendas Madres Carmelitas. Consisten en los siguientes puntos, que entrecomillados y en letra cursiva, pertenecen al original:
- “El Monasterio «San Bernardo» de las Monjas Carmelitas Descalzas de Salta según la Regla y la Constitución aprobadas, goza de su debida autonomía, aun estando bajo la vigilancia del Obispo diocesano cuya autoridad y acción están establecidas por el derecho. En esta perspectiva, el Obispo tiene el derecho de visitar el Monasterio y de recibir, y la Priora el deber de presentar, un informe anual sobre la administración de los bienes y sobre la economía del monasterio (cf. Cor Orans, n. 81 c). La administración de los bienes temporales del Monasterio debe ser transparente y presentada a la comunidad en todos sus aspectos, porque los bienes temporales son bienes de toda la comunidad y la Priora y la ecónoma son solo sus administradoras en nombre de la comunidad. Para la transparencia de la economía y la administración de los bienes, el Monasterio debería nombrar, preservando la propia ley, una ecónoma, de modo que el priorato y el economato no estén concentrados en una sola persona”.
- (…) “El monasterio, aun teniendo autonomía propia, está integrado en la Iglesia local, y cualquier implicación directa o indirecta del monasterio en la vida de la Iglesia local y en el apostolado debe ser concordada y realizada con el permiso del Obispo diocesano. Por lo tanto, la Comunidad de las Hermanas Carmelitas de Salta no debe en ningún modo involucrarse en actividades ligadas a la así conocida «Obra yo soy la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús y yo soy el Sacratísimo Corazón Eucarístico de Jesús» y sostener esta actividad, que claramente tiene sus repercusiones entre los fieles, que constituyendo una forma de apostolado está bajo la exclusiva autoridad del Obispo del lugar, inclusive la supervisión del apostolado hecho por los laicos y sostenido en diferentes maneras por el convento en el contexto de las denominadas apariciones mencionadas en la documentación recibida. Le espera al obispo del lugar, o a través de él a la competente Congregación de la Sede Apostólica discernir su veracidad y autorizar las prácticas de culto en este contexto”.
“La Comunidad de las Hermanas de Salta está obligada a la estricta observancia de las normas de ley en este aspecto, incluida la estricta observancia de la clausura monástica. Permitir a los fieles laicos de residir en modo permanente en el terreno del monasterio, de participar de forma habitual a la vida de la comunidad monástica, y permitir a los peregrinos de acceder al terreno del Monasterio, constituye una clara implicación de la Comunidad del Monasterio en los asuntos de la «Obra yo soy la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús y yo soy el Sacratísimo Corazón Eucarístico de Jesús», contra la voluntad del Obispo y de los sacerdotes de la Diócesis, que lleva a una división de la comunidad de la Iglesia local y a conflictos a los cuales se refiere la documentación. El Monasterio, permitiendo a la «vidente», la Sra. María Livia Galiano de Obeid, vivir en los locales propios y asignando algunos espacios para los peregrinos cercanos a este contexto, está claramente involucrado completamente en esta obra, contra la voluntad de la Iglesia local”.
- “Es necesario señalar con fuerza que la comunidad de las Carmelitas Descalzas de Salta debe vivir plenamente el carisma carmelita, no una Obra que en consecuencia lleva a situaciones de tensión. Por esto se recomienda también una formación renovada en el espíritu de la Regla y según la tradición carmelitana, observando la propia tradición de vida monástica. En diálogo con el Obispo del lugar, se debería instituir una forma estable de reuniones regulares, que serviría para enfrentar las situaciones problemáticas de modo continuo”.
Por último, se informa que el Dicasterio romano ha decidido nombrar un Asistente Apostólico para el monasterio, mediante un decreto inmediato por el que indicarán las competencias y la persona nombrada. Rogamos encarecidamente al Pueblo de Dios ore por la unidad de la Iglesia y nos permita solucionar los problemas con “la sabiduría del diálogo”. A la Bienaventurada Madre del Monte Carmelo se lo pedimos.+