(ZENIT Noticias / San Antonio, 14.08.2026).- El obispo de San Antonio, Texas, Gustavo García Siller, dio a conocer el viernes 14 de agosto los resultados de una sentencia del Dicasterio para la Doctrina de la Fe con relación al ex sacerdote católico John Mary Foster. Ofrecemos a continuación el texto completo de la declaración:
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Queridos hermanos y hermanas en Cristo:
Con gran pesar les informe que John Mary Foster, sacerdote incardinado en la Arquidiócesis de San Antonio el 22 de noviembre de 2009, ha sido declarado culpable de cisma, un delito contra la fe, por su negativa a someterse al Romano Pontífice. Un proceso judicial, autorizado por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, fue llevado a cabo por un tribunal de doctores en derecho canónico independientes, designados para resolver este asunto. La sentencia de dicho tribunal se dictó el 20 de abril de 2026, encontrando a John Mary Foster culpable del delito de cisma, declarando la excomunión latae sententiae y apartándolo del estado clerical.
Una de las características fundamentales de la Iglesia Católica es su naturaleza apostólica. Trazamos la sucesión de nuestros obispos hasta los Apóstoles y San Pedro. Ser católico significa estar en comunión con el Papa —obispo de Roma y sucesor de San Pedro— y con el colegio de los obispos que está en comunión con él.
A lo largo de la historia de la Iglesia, quienes rompen los vínculos con esta sagrada comunión a menudo afirman permanecer unidos a la verdadera Iglesia, aun cuando niegan a los sucesores de Pedro y de los Apóstoles con quienes discrepan. La historia ha demostrado que estas cismas —iniciadas frecuentemente por líderes carismáticos y motivados por la política, la herejía o intentos de reforma mal ejecutados— siempre dan lugar a comunidades fragmentadas que dejan de estar en comunión con la Iglesia Católica. Tristemente, este es el caso de John Mary Foster y de cualquiera que decidió seguirlo fuera de la Iglesia Católica.
El proceso contra John Mary Foster comenzó el 10 de abril de 2025 con el nombramiento de los funcionarios del tribunal, que incluía un colegio de tres (3) jueces, un notario, un promotor de justicia y un abogado defensor para John Mary Foster. Los jueces son sacerdotes con doctorado en derecho canónico, cuyo ministerio habitual es independiente de la Arquidiócesis de San Antonio. Este tribunal dedicó más de un año a recibir pruebas del caso —tales como las declaraciones, homilías y enseñanzas de John Mary Foster—, a recibir evidencias de testigos y examinar la conducta del acusado. Tras un examen minucioso de las pruebas, un discernimiento en oración y habiendo alcanzado la certeza moral de que Foster es culpable del delito de cisma, el tribunal dictó sentencia dimitiendo a John Mary Foster del estado clerical y declarando su excomunión. Se notificó el resultado al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el cual ha reconocido la autoridad judicial del tribunal para emitir dicha sentencia. Foster decidió no ejercer su derecho de apelación ante el Vaticano.
Por consiguiente, la Arquidiócesis de San Antonio anuncia, mediante este comunicado público, que el hasta ahora reverendo John Mary Foster ha sido reintegrado al estado laical. Ya no posee facultades ni autoridad para celebrar los sacramentos, a excepción de las circunstancias previstas en los cánones 976 y 986 §2 del Código de Derecho Canónico de 1983 .
El Sr. Foster ha optado por rechazar el Magisterio de la Iglesia Católica Romana mediante sus palabras y acciones. Se ha referido públicamente al Papa Francisco y al Papa León XIV como “usurpadores”. Al publicar mensajes supuestamente recibidos de Dios, de Jesús y de la Santísima Virgen por parte de un miembro de “Mission of Divine Mercy” —del cual John Mary Foster actúa como líder de facto —, ha afirmado reiterada y constantemente que el Papa León XIV “es también un usurpador y no un verdadero papa”.
A pesar de haberle ofrecido innumerables oportunidades para arrepentirse y cesar en sus acciones y enseñanzas cismáticas, el Sr. Foster ha elegido el camino de la desobediencia. Le he celebrado prohibido públicamente la misa y sin embargo, continúa realizando. Cuando lo hace, omite intencionadamente de la Plegaria Eucarística el nombre del Papa León XIV —tal como hizo con el Papa Francisco. Al obrar así, manifiesta públicamente su separación de la Iglesia y del sucesor de San Pedro.
A ustedes, pueblo fiel de Dios, y en virtud de mi solicitud pastoral por ustedes, los animo a custodios su corazón y su mente frente a quienes buscan apartarlos de la Iglesia Católica. Para su protección, declarar por la presente que participar en las actividades y liturgias ilícitas celebradas por John Mary Foster, o en “Mission of Divine Mercy”, constituye un acto formal de desobediencia. Por tanto, prohíbo a todos los católicos asistir a cualquier misa, actividad litúrgica o evento organizado por el Sr. Foster o por cualquier persona vinculada a la “Misión de la Divina Misericordia”.
Como Ordinario de la Arquidiócesis de San Antonio, exhorto asimismo a los católicos a cesar toda contribución económica y todo apoyo al Sr. Foster ya “Mission of Divine Mercy”. Dicho apoyo financiero le brindaría la oportunidad de seguir socavando la misión de la Iglesia Católica Romana que Cristo nos ha encomendado.
Únanse a mí en oración por John Mary Foster, para que se arrepienta, busque la reconciliación con la Iglesia Católica Romana y pueda recibir nuevamente los sacramentos de la Iglesia.
Dado el 14 del día del mes de agosto de 2026, en el Centro de Pastoral Arquidiocesana de San Antonio.
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