(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 28.08.2023).- El Papa Francisco dio una respuesta a una concesión de privilegio (rescripto) que afecta a los greco-católicos ucranianos residentes en Italia. El rescripto fue anunciado el lunes 28 de agosto por el prefecto del Dicasterio para las Iglesias Orientales, Mons. Claudio Gugerotti, y contempla las siguientes disposiciones:
1º Hace depender al exarca greco-católico del romano pontífice (usualmente los exarcas son representantes del patriarca o arzobispo mayor del propio rito);
2º Se hace al exarca miembro de derecho de la Conferencia Episcopal Italiana y se le obliga en consecuencia a sus normas de funcionamiento y directivas;
3º Se recuerda que el exarca debe mantener estrechos vínculos de comunión y coordinación con los Obispos de las Diócesis y Eparquías italianas en las que está presente el Exarcado;
4º Para erigir parroquias personales, el Exarca solicita el dictamen de los Obispos del lugar de que se trate e informa posteriormente al Dicasterio para las Iglesias Orientales;
5º Los clérigos del Exarcado deben cultivar un vínculo de unidad con el presbiterio de la diócesis o eparquía en cuyo territorio ejercen su ministerio. Con este espíritu, fomentarán iniciativas y actividades pastorales y caritativas conjuntas, que podrán ser objeto de acuerdos o convenios particulares estipulados entre el Exarca y el Obispo del lugar;
6º Los clérigos del Exarcado y los de las Diócesis o Eparquías en cuyo territorio esté situada la parroquia personal del Exarcado, ejercerán el ministerio de ayuda pastoral mutua;
7º El servicio pastoral o la presencia en Italia con fines de estudio de los sacerdotes inscritos en la Iglesia greco-católica ucraniana sui iuris se rigen por acuerdos, según los modelos establecidos por la Conferencia Episcopal Italiana, entre los respectivos Jerarcas y el Exarca. Si se firman con un obispo diocesano o eparquial, se requiere la nulla osta del exarca;
8º Finalmente, se establece que el Exarca, con la venia del Dicasterio para las Iglesias Orientales, puede erigir nuevos Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica.
Un exarcado es una circunscripción eclesiástica administrada por un exarca. El exarca suele ser el representante o delegado del patriarca o arzobispo mayor de un rito y entre sus principales funciones está la de visitar y administrar las parroquias del propio rito, en el territorio de un rito diferente.