CIUDAD DE MÉXICO, martes, 3 marzo 2009 (ZENIT.org-El Observador).- Este domingo, la Arquidiócesis Primada de México dio a conocer la resolución mediante la cual la Suprema Corte de Justicia del Estado de California, en los Estados Unidos, declaró improcedente una demanda interpuesta en esa jurisdicción en contra del cardenal Norberto Rivera Carrera, arzobispo primado de México,
Dicha resolución viene a darle validez jurídica a lo que la parte defensora del cardenal Rivera Carrera ya había comunicado en reiteradas ocasiones a los medios mexicanos y extranjeros: que la demanda interpuesta contra el purpurado y la diócesis de Tehuacán, de la que era obispo titular en 1994, fecha en la que se le atribuyen una serie de hechos ominosos, era improcedente.
«De manera contundente, la resolución establece que el Estado de California carece de competencia para conocer de una demanda en donde el actor de la misma es mexicano, reclamando hechos presuntamente acontecidos en la Ciudad de México en el año de 1994, -cuando el cardenal Rivera Carrera aún no era Arzobispo de México- y en contra de mexicanos», advirtió el comunicado del la Arquidiócesis de México, hecho público el domingo 1 de marzo.
Con lo anterior, la Suprema Corte de Justicia del Estado de California confirma la sentencia emitida el 17 de octubre de 2007, por el Tribunal Superior de Justicia de Los Ángeles, California, y declara improcedente la demanda que el señor Joaquín Aguilar interpuso en contra del cardenal Norberto Rivera Carrera y la diócesis de Tehuacán, Puebla, por un supuesto caso de encubrimiento.
«Debe recordarse –subrayó el comunicado oficial, firmado por el abogado de la Arquidiócesis y presidente de los abogados católicos de México, Bernardo Fernández del Castillo– que la nueva y definitiva resolución de la Suprema Corte del Estado de California, fue emitida como consecuencia de la apelación interpuesta en contra de la impecable sentencia dictada por el Juez Elihu M. Berle quien, desde octubre de 2007 había resuelto la falta de jurisdicción y la incompetencia del Estado de California para conocer del asunto, y en consecuencia juzgarlo».
Cabe resaltar que, con esta resolución judicial, concluye una serie de falsas acusaciones con las que se pretendía vincular al cardenal Norberto Rivera y a la diócesis de Tehuacán con presuntos actos de encubrimiento del sacerdote Nicolás Aguilar, de cuyos actos, el cardenal Rivera Carrera fue totalmente ajeno.
Sin embargo, las acusaciones de encubrimiento del sacerdote, al que se le acusa de pederastia, dieron pie a que buena parte de la prensa atacara al cardenal Rivera Carrera y tratara de hacer escarnio en su contra.
Por su parte, como arzobispo primado de México, el cardenal Rivera Carrera ha erigido una política de tolerancia cero frente a estos abusos que tanto lesionan primero a las víctimas y, después, a la Iglesia católica en su conjunto.