(ZENIT Noticias / Luxemburgo, 04.03.2026).- El 1 de marzo, Luxemburgo inscribió en su Constitución lo que su mayoría parlamentaria denomina «libertad» para interrumpir la vida del no nacido, convirtiéndose en el segundo país del mundo en constitucionalizar el aborto, después de que Francia lo hiciera en 2024. La votación en la Cámara de Diputados, compuesta por 60 escaños, fue decisiva: 48 votos a favor, seis en contra y dos abstenciones, superando ampliamente el umbral de dos tercios requerido para una enmienda constitucional.
Esta medida coloca al Gran Ducado a la vanguardia de una tendencia europea que se ha acelerado desde que el Tribunal Supremo de Estados Unidos revocó el caso Roe contra Wade y declaró que el aborto no es un derecho garantizado por la Constitución estadounidense. En algunas partes de Europa, este cambio de postura estadounidense se interpretó no como un avance legal lejano, sino como una advertencia: un recordatorio de que las protecciones legales pueden ser revocadas. La respuesta de Luxemburgo ha sido elevar el tema al nivel más alto de su jerarquía legal.
Un compromiso político sobre una sola palabra
El proceso legislativo de la enmienda comenzó en 2024 cuando Déi Lénk (“La Izquierda”) propuso incorporar el aborto a la Constitución. En mayo de 2025 se presentó un proyecto de ley que fue revisado por el Consejo de Estado —el órgano consultivo de Luxemburgo con funciones similares a las de una cámara alta— en junio de ese año.
Sin embargo, la batalla decisiva fue lingüística. El Partido Social Cristiano Popular se opuso a enmarcar el aborto como un «derecho», argumentando que dicha terminología podría implicar la obligación correspondiente del Estado de garantizar el acceso en todas las circunstancias. La mayoría gobernante optó en cambio por el término «libertad», una formulación destinada a garantizar la legalidad del aborto, preservando al mismo tiempo la capacidad del poder legislativo para regularlo.
Los juristas señalarán que, en la jurisprudencia constitucional, la distinción entre «derecho» y «libertad» puede reducirse con el tiempo. Una carta abierta firmada en febrero por académicos internacionales, incluyendo académicos afiliados a Harvard y Oxford, advirtió a los legisladores que los tribunales podrían eventualmente interpretar la «libertad» de una manera funcionalmente equivalente a un derecho subjetivo. Su apelación no alteró la aritmética parlamentaria.
Otras propuestas fueron rechazadas durante el debate, incluyendo la ampliación del plazo legal para el aborto a 14 semanas y la constitucionalización explícita del «derecho» a la anticoncepción.
La ley en su estado actual
Según la legislación actual, el aborto en Luxemburgo está permitido hasta las 12 semanas de embarazo. En julio de 2025, el país eliminó tanto el período de espera obligatorio de tres días como el requisito de una consulta previa antes del procedimiento. Los abortos están permitidos después del límite de 12 semanas si se diagnostica una anomalía fetal letal.
La enmienda constitucional no redefine en sí misma estos parámetros legales. Más bien, protege el marco legal de futuras mayorías parlamentarias que podrían intentar restringirlo. De hecho, lo que antes era un asunto de derecho común ahora está consagrado en el texto constitucional.
Marc Baum, legislador que apoyó la enmienda, enmarcó la votación en términos globales e históricos, argumentando que los derechos de las mujeres se encuentran bajo presión en todo el mundo y describiendo la decisión como una prueba para los valores democráticos. Para quienes la propusieron, la constitucionalización representa un baluarte contra la regresión.
Disidencia interna
La votación no fue del todo partidista. El Partido Demócrata, que cuenta con 14 escaños, permitió a sus miembros votar según su conciencia, al igual que otras formaciones. Gérard Schockmel, diputado del Partido Demócrata que se opuso a la enmienda, sostuvo que el debate no había considerado suficientemente los intereses de los no nacidos y criticó lo que describió como un clima ideológico inflexible.
El partido demócrata cristiano CSV de Luxemburgo finalmente apoyó la medida. Su presidente, Laurent Zeimet, defendió la votación como un reflejo del cambio social y acorde con las realidades contemporáneas. Sus comentarios siguieron a las duras críticas del diputado derechista Fred Keup, quien cuestionó si la postura del partido era compatible con su identidad conservadora.
Una monarquía con influencia limitada
Luxemburgo es formalmente una monarquía constitucional, pero el Gran Duque ejerce un poder político mínimo. Esta realidad se vio reforzada en 2008 cuando el Gran Duque Enrique se negó a sancionar la legislación que legalizaba la eutanasia. El Parlamento respondió restringiendo la autoridad del monarca, garantizando que la futura sanción real fuera en gran medida ceremonial. El actual jefe de Estado, el Gran Duque Guillermo V, opera dentro de ese marco restringido. En consecuencia, el destino de la enmienda sobre el aborto recaía plenamente en los representantes electos.
Evolución del panorama constitucional europeo
Con esta votación, Luxemburgo se une a Francia como los únicos países que consagran el aborto a nivel constitucional. La decisión francesa de 2024 fue ampliamente interpretada como simbólica: una declaración de identidad nacional tanto como una reforma legal. La medida de Luxemburgo es más discreta en su retórica, pero de efectos similares: indica que el aborto no solo se tolera, sino que está institucionalmente protegido contra las fluctuaciones políticas.
Para los críticos, este giro constitucional plantea inquietudes sobre la flexibilidad democrática y el pluralismo moral. Una vez incorporados al texto constitucional, las cuestiones polémicas se vuelven más difíciles de revisar mediante los procesos políticos ordinarios. Para sus defensores, esa rigidez es precisamente la clave: las libertades fundamentales, argumentan, no deberían depender de los vaivenes electorales.
La cuestión de fondo no es solo jurídica, sino antropológica. El lenguaje constitucional refleja la comprensión que una sociedad tiene de la dignidad humana y del papel del Estado en la salvaguardia —o limitación— de la autonomía individual. Al elegir la palabra «libertad», los legisladores luxemburgueses buscaron una formulación que resonara con el vocabulario democrático liberal, evitando al mismo tiempo algunos escollos jurídicos.
Queda por ver si los tribunales finalmente tratarán esa libertad como indistinguible de un derecho. Lo que es seguro es que, a partir del 1 de marzo, Luxemburgo ha dejado la cuestión fuera del alcance de la revisión legislativa ordinaria.
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