(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 27.01.2022).- La mañana del jueves 27 de enero, el Santo Padre recibió en audiencia a los funcionarios, abogados y demás colaboradores del Tribunal Apostólico de la Rota Romana. Este tribunal de la Santa Sede es tribunal de apelación: juzga en segunda instancia las causas definidas por los Tribunales Ordinarios de primer grado (por ejemplo los de las diócesis) y que son referidas a la Sede Apostólica; también juzga en tercera instancia causas de apelación de la misma Rota o de otro Tribunal Eclesiástico de apelación. Finalmente, es también Tribunal Eclesiástico para la Ciudad del Vaticano. Una de las causas que mas suelen llegar a la Rota son las causas de nulidad matrimonial. Y precisamente por eso el Papa quiso abordar el tema de la “sinodalidad en los procesos de nulidad”. Se puede decir qué vinculó el tema de las causas que más aborda este tribunal con el inicio del camino sinodal que ha emprendido la Iglesia católica.
Lo ha expresado así el mismo Papa: “En este año dedicado a la familia como expresión de la alegría del amor, hoy tenemos la oportunidad de reflexionar sobre la sinodalidad en los procesos de nulidad matrimonial”. Y añadió: “La labor del Sínodo, aunque no sea de carácter estrictamente procesal, debería, sin embargo, ponerse en diálogo con la actividad judicial, con el fin de favorecer un replanteamiento más general de la importancia que la experiencia del proceso canónico tiene para la vida de los fieles que han experimentado un fracaso matrimonial y, al mismo tiempo, para la armonía de las relaciones dentro de la comunidad eclesial”.
Ofrecemos los seis sentidos cómo, según el Papa, la administración de justicia necesita un espíritu sinodal. Los encabezados son agregados por ZENIT.
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1) Sinodalidad: caminar juntos más allá de una visión distorsionada de casos matrimoniales
En primer lugar, la sinodalidad implica caminar juntos. Superando una visión distorsionada de los casos matrimoniales, como si se tratara de meros intereses subjetivos, se debe redescubrir que todos los participantes en el proceso están llamados a contribuir al mismo objetivo, el de iluminar la verdad sobre una unión concreta entre un hombre y una mujer, llegando a la conclusión de si existe o no un verdadero matrimonio entre ellos.
Esta visión de caminar juntos hacia un objetivo común no es nueva en la comprensión eclesial de estos procesos. A este respecto, es famoso el discurso a la Rota Romana en el que el Venerable Pío XII afirmaba «la unidad de propósito, que debe dar forma especial al trabajo y a la colaboración de todos los que participan en el tratamiento de las causas matrimoniales en los tribunales eclesiásticos de cualquier grado y clase, y debe animarlos y unirlos en la misma unidad de propósito y acción». En este sentido, esbozó la tarea de cada participante en el proceso con respecto a la búsqueda de la verdad, manteniendo la fidelidad a su propio papel. Esta verdad, si se ama de verdad, se convierte en liberadora.
2) Sinodalidad: descubrir la verdad sobre una unión “matrimonial” para curar las heridas
Ya en la fase preliminar, cuando los fieles se encuentran en dificultades y buscan ayuda pastoral, no puede faltar el esfuerzo por descubrir la verdad sobre su unión, requisito indispensable para la curación de las heridas. En este contexto, es fácil comprender la importancia de los esfuerzos para promover el perdón y la reconciliación entre los cónyuges, y también para validar un matrimonio nulo cuando esto es posible y prudente.
De este modo, también se entiende que la declaración de nulidad no debe presentarse como si fuera el único objetivo a conseguir ante una crisis matrimonial, o como si fuera un derecho al margen de los hechos. Al presentar la posibilidad de nulidad, es necesario hacer reflexionar a los fieles sobre los motivos que les llevan a solicitar la declaración de nulidad del consentimiento matrimonial, fomentando así una actitud de aceptación de la sentencia definitiva, aunque no se corresponda con sus propias convicciones. Sólo así el proceso de nulidad puede ser expresión de un efectivo acompañamiento pastoral de los fieles en sus crisis matrimoniales, que significa escuchar al Espíritu Santo que habla en la historia concreta de las personas. Hace dos o tres años hablamos del catecumenado matrimonial.
El mismo objetivo de búsqueda compartida de la verdad debe caracterizar todas las etapas del proceso judicial. Es cierto que el juicio implica a veces una dialéctica entre tesis opuestas; sin embargo, el proceso de confrontación entre las partes debe desarrollarse siempre con una adhesión sincera a lo que parece ser verdadero para cada parte, sin encerrarse en la propia visión, sino estando abierto a la contribución de los demás participantes en el juicio.
La voluntad de ofrecer la propia versión subjetiva de los hechos se hace fructífera en el contexto de una comunicación adecuada con los demás, que también puede llegar a la autocrítica. Por lo tanto, cualquier alteración o manipulación deliberada de los hechos para lograr un resultado pragmáticamente deseado no es permisible. Aquí me detengo, y pido disculpas, para mencionar un peligro muy grande. Cuando no se supera esto, incluso los abogados pueden hacer un daño terrible.
Hace un mes un obispo vino a quejarse porque tenía un problema con un sacerdote. Un problema serio, no marital, un problema serio de disciplina que merecía ir a juicio. El juez del tribunal nacional -no hablo de este o aquel país- llamó al obispo y le dijo: «He recibido esto. Haré lo que me digas. Si me dices que lo condene, lo condenaré; si me dices que lo absuelva, lo absolveré. ¡Esto puede suceder! Se puede llegar a esto si no hay unidad en los juicios incluso con sentencias contradictorias. Vayan juntos, porque está en juego el bien de la Iglesia, el bien del pueblo. No es una negociación que se haga. Disculpe, pero esta anécdota me ha iluminado mucho.
3) Sinodalidad: ir juntos en el juicio
Este «ir juntos» en el juicio se aplica a las partes y a sus patrocinadores, a los testigos llamados a declarar de acuerdo con la verdad, a los peritos que deben poner sus conocimientos al servicio del juicio, y de manera especial a los jueces. En efecto, la administración de la justicia en la Iglesia es una manifestación de la cura de almas, que requiere una solicitud pastoral para ser servidores de la verdad salvífica y de la misericordia.
Este ministerium veritatis adquiere un significado particular en los Obispos, cuando juzgan en primera persona, especialmente en los juicios más cortos, y cuando ejercen su responsabilidad hacia sus propios tribunales, mostrando así también su paternal solicitud hacia los fieles. Y vuelvo a algo que siempre he dicho desde el primer momento: el juez original es el obispo. El decano me saludó diciendo: ‘el Papa, juez universal de todos…’. Pero esto es porque soy obispo de Roma y Roma lo preside todo, no porque tenga otro título. Gracias por eso. Si el Papa tiene este poder, es porque es obispo de la diócesis cuyo obispo el Señor ha querido que sea el Papa. El verdadero y primer [juez] es el obispo, no el vicario judicial.
4) Sinodalidad en los juicios: ejercicio de escucha
La sinodalidad en los juicios implica un ejercicio constante de escucha. También en este ámbito hay que aprender a escuchar, que no es simplemente oír. Es decir, hay que entender la visión y las razones del otro, casi identificándose con él. Al igual que en otros ámbitos de la pastoral, la cultura de la escucha, que es un requisito previo a la cultura del encuentro, también debe fomentarse en la actividad judicial. Por ello, las respuestas estándar a los problemas concretos de las personas son perjudiciales. Cada persona, con su experiencia a menudo marcada por el dolor, constituye para el juez eclesiástico la «periferia existencial» concreta desde la que debe moverse toda la acción pastoral en los tribunales.
El proceso también requiere escuchar atentamente lo que argumentan y demuestran las partes. Es especialmente importante la investigación preliminar destinada a averiguar los hechos, que requiere que quienes la dirigen sepan combinar la profesionalidad adecuada con la cercanía y la escucha. ¿Esto lleva tiempo? Sí, lleva tiempo. ¿Requiere paciencia? Sí, requiere paciencia. ¿Requiere la paternidad pastoral? Sí, requiere una paternidad pastoral. Los jueces deben ser oyentes por excelencia de todo lo que ha surgido en el proceso a favor y en contra de la declaración de nulidad. Están obligados a hacerlo en virtud de un deber de justicia, animado y sostenido por la caridad pastoral.
En efecto, «la misericordia es la plenitud de la justicia y la manifestación más luminosa de la verdad de Dios» (Exhortación apostólica postsinodal Amoris laetitia, 311). Además, como es la regla, hay un panel de jueces, cada juez debe estar abierto a las razones presentadas por los otros miembros para llegar a un juicio considerado. En este sentido, en vuestra actuación como ministros del tribunal, nunca debe faltar un corazón pastoral, un espíritu de caridad y de comprensión hacia las personas que sufren el fracaso de su vida conyugal. Para adquirir tal estilo, es necesario evitar el callejón sin salida del legalismo -que es una especie de pelagianismo legal; no es católico, el legalismo no es católico-, es decir, de una visión autorreferencial de la ley. El derecho y el juicio están siempre al servicio de la verdad, la justicia y la virtud evangélica de la caridad.
5) Sinodalidad también es discernimiento
Otro aspecto de los procesos sinodales es el discernimiento. Porque el sínodo no está pidiendo opiniones, no es una investigación, así que lo que diga cualquiera es válido. No. Lo que se dice entra en el discernimiento. Hay que tener la capacidad de discernir. Y el discernimiento no es fácil. Es un discernimiento basado en el caminar juntos y en la escucha, y que permite leer la situación matrimonial concreta a la luz de la Palabra de Dios y del Magisterio de la Iglesia. La decisión de los jueces aparece así como una forma de entrar en la realidad de un hecho vital, para descubrir en él la existencia o no de ese hecho irrevocable que es el consentimiento válido en el que se funda el matrimonio. Sólo así pueden aplicarse fructíferamente las leyes relativas a cada una de las formas de nulidad matrimonial, en cuanto son expresión de la doctrina y la disciplina de la Iglesia sobre el matrimonio. Aquí es donde opera la prudencia del derecho, en su sentido clásico de recta ratio agibilium, es decir, la virtud que juzga según la razón, es decir, con rectitud en el ámbito práctico. Volviendo al ejemplo: «¿Qué quieres? ¿Lo condeno o lo libero?».
6) Sinodalidad: la sentencia como resultado
El resultado de este viaje es la sentencia, fruto de un cuidadoso discernimiento que conduce a una palabra autorizada de la verdad sobre la experiencia personal, destacando así los caminos que pueden abrirse a partir de ahí. Por tanto, la sentencia debe ser comprensible para las personas implicadas: sólo así se convertirá en un momento de especial relevancia en su camino humano y cristiano.
La sinodalidad pone de manifiesto las características esenciales del proceso
Estimados Prelados Oidores, estas consideraciones, que me gustaría poner en su conocimiento, muestran cómo la dimensión de la sinodalidad pone de manifiesto las características esenciales del proceso. Os animo, pues, a continuar con fidelidad y renovada laboriosidad vuestro ministerio eclesial al servicio de la justicia, inseparable de la verdad y, en definitiva, de la salus animarum.
Esta obra muestra el rostro misericordioso de la Iglesia: un rostro maternal que se inclina sobre cada fiel para ayudarle a hacer la verdad sobre sí mismo, levantándole de sus derrotas y dificultades e invitándole a vivir plenamente la belleza del Evangelio. Renuevo a cada uno mi estima y gratitud. Pido al Espíritu Santo que acompañe siempre tu actividad y te bendigo de corazón. Y no te olvides de rezar. Que la oración te acompañe siempre. «Estoy ocupado, tengo tantas cosas que hacer…». Lo primero que debes hacer es rezar. Reza para que el Señor esté cerca de ti. Y también para conocer el corazón del Señor: lo conocemos en la oración. Y los jueces rezan, y deben rezar, el doble o el triple. Por favor, no te olvides de rezar por mí también, entiendes. Gracias.
Traducción del original en lengua italiana realizado por el director editorial de ZENIT.