(ZENIT Noticias / Madrid, 13.04.2023).- Los obispos españoles han dado declaraciones sobre la imposibilidad de administrar el sacramento del matrimonio a las personas que hayan cambiado su sexo con las normas fijadas por la nueva legislación del Partido Socialista Obrero Español y su socio en el gobierno, el partido radical de izquierda PODEMOS. La razón principal es que el matrimonio es la unión de personas del mismo sexo. Y el cambio artificial mantiene la naturaleza del sexo en que se nace.
Es llamativo que Wikipedia, en la voz Bendición de uniones del mismo sexo en iglesias cristianas, solo pone las denominaciones que están a favor de la bendición a las parejas de igual sexo y menciona únicamente a la católica como opuesta a la bendición. Que haya otras denominaciones adversas a esta práctica es callada. ¿Intencionalmente?
La reciente ley trans española respalda el cambio de sexo a los ciudadanos que opten por adquirir uno diferente al que les dio la naturaleza en el nacimiento. Los obispos españoles han respondido de manera clara: el cambio de sexo registrado legalmente no puede recibir el sacramento del matrimonio, pues «desde el punto de vista de la fe cristiana, la Iglesia define el sacramento del matrimonio como la alianza por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole», según declara la fuente de la Conferencia Episcopal consultada por THE OBJETIVE, retomando el número 1.601 del Catecismo de la Iglesia Católica:
«La unión entre un varón y una mujer brota de la antropología bíblica que establece que Dios creó al ser humano en unidad de cuerpo y alma, de tal manera, que el ser sexuado, en su diferenciación masculino o femenino, no es algo accesorio en la definición del ser humano, ni añadido con posterioridad al sujeto, ni determinado por su voluntad, por su libertad o por su sentimiento, sino que define su mismo ser. El sexo no se elige, sino que nos es dado y configura toda nuestra existencia, puesto que en el ser humano se da unidad de cuerpo y alma».
La ley trans española propulsa la ideología de género en modo extremo, hasta el grado de conceder el cambio de sexo legal sin aportar informes médicos ni psicológicos, con la sola base del deseo en quien lo solicita. Los obispos recuerdan que «la Iglesia tiene su propio ordenamiento jurídico sacramental, independiente del derecho de los países en los que realiza su misión». El Código Civil de Derecho Canónico establece que «solo es matrimonio canónico el contraído entre un varón y una mujer entendiendo como éstos varón (masculinidad) y mujer (feminidad) creados por Dios, como atestigua el Génesis».
Es fácil para la Iglesia comprobar el sexo biológico de cada persona, pues pide el documento del acta de nacimiento para iniciar los trámites del matrimonio, donde se especifican los datos personales del recién nacido, incluido el género.
La Conferencia Episcopal ha tenido una posición clara a la ley de igualdad que se tramitó en octubre de 2022, manifestando que se trata de «un atentado contra la dignidad humana». «La despatologización de la transexualidad se identifica con favorecer una intervención médica, pero sin criterios médicos, sino con criterios subjetivos del paciente. Obedecer los deseos de los pacientes, aunque ello conlleve graves riesgos para la persona», en un ejercicio de «irracional dogmatismo ideológico».
En el mes de noviembre, el presidente de la Conferencia Episcopal, Juan José Omella, expuso que la nueva ley «no tiene fundamento médico ni científico, y supone transformar en ley el mero deseo de las personas, en muchos casos de jóvenes en proceso de maduración».