un jurado concluyó que Meta y Google son responsables del daño psicológico sufrido por una joven que se volvió adicta a sus plataformas Foto: Kayla Bartkowski / Los Angeles Times

Meta y Google son responsables de daño psicológico, según demanda perdida en tribunales estadounidenses

Veredicto histórico contra gigantes tecnológicos redefine la responsabilidad por el daño causado por las redes sociales

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(ZENIT Noticias / Los Ángeles, 27.03.2026).- En un tribunal de Los Ángeles, una frontera legal que durante mucho tiempo se consideró inalcanzable para los demandantes ha comenzado a cambiar. Tras semanas de testimonios y más de 40 horas de deliberación a lo largo de nueve días, un jurado concluyó que Meta y Google son responsables del daño psicológico sufrido por una joven que se volvió adicta a sus plataformas, marcando un hito en el debate global sobre la responsabilidad de las redes sociales.

El caso, presentado por una joven californiana de 20 años identificada como Kaley G.M., resultó en una indemnización total de 6 millones de dólares, incluyendo 3 millones en daños compensatorios y otros 3 millones en sanciones punitivas: 2,1 millones asignados a Meta y 900.000 a Google. Más allá del resultado económico, el veredicto establece un modelo legal que podría influir en miles de demandas pendientes en todo Estados Unidos.

En el centro del juicio se encontraba una pregunta que ha rondado la era digital durante más de una década: ¿puede considerarse perjudicial la arquitectura de las plataformas de redes sociales en sí mismas, y no solo el contenido que albergan?

Diseño, no contenido

La respuesta del jurado, al menos en este caso, fue afirmativa.

Curiosamente, el litigio no se centró en el contenido generado por los usuarios, que está en gran medida exento de responsabilidad según la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones de 1996. En cambio, se dirigió a las características de diseño integradas en plataformas como YouTube e Instagram: el desplazamiento infinito, los sistemas de recomendación algorítmica y los filtros que alteran la apariencia.

Según el equipo legal de la demandante, estos mecanismos fueron diseñados para maximizar la participación de los usuarios explotando vulnerabilidades psicológicas, particularmente entre los menores. Kaley testificó que comenzó a usar YouTube a los seis años e Instagram a los nueve, llegando a pasar hasta 16 horas diarias en línea. Con el tiempo, desarrolló ansiedad, depresión y dismorfia corporal, afecciones que, según sus abogados, se agravaron por el uso compulsivo.

La defensa replicó con una narrativa más amplia. Los abogados de Meta y Google señalaron sus problemas de salud mental preexistentes y un entorno familiar difícil, argumentando que estos factores —y no las plataformas— fueron los principales causantes de su angustia. También cuestionaron si la «adicción a las redes sociales» constituye una afección médicamente reconocida.

Esa tensión —entre la ciencia del comportamiento emergente y las normas legales establecidas— marcó gran parte del juicio.

Un jurado se pronunció

Finalmente, el jurado falló a favor de la demandante, atribuyendo el 70% de la responsabilidad a Meta y el 30% a Google. Su decisión se vio influenciada en parte por documentos corporativos internos revelados durante el proceso, que, según los abogados de la demandante, revelaron que las empresas eran conscientes de los posibles daños a los usuarios más jóvenes.

Los testimonios de denunciantes y expertos sugirieron que, en ocasiones, la preocupación por el bienestar de los usuarios se veía supeditada a las métricas de crecimiento y participación. La defensa rechazó esta caracterización, insistiendo en que ambas compañías habían implementado medidas de seguridad y actuado con responsabilidad en un panorama tecnológico en rápida evolución.

El juicio también contó con la inusual comparecencia de Mark Zuckerberg, quien defendió Instagram como una plataforma diseñada para brindar valor y experiencias positivas, no adicción. El equipo legal de Google, por su parte, intentó establecer una distinción conceptual entre YouTube y las redes sociales, presentándola como más cercana a un servicio de streaming que a una red interactiva.

El jurado no se dejó convencer.

Un cambio legal más amplio

Las implicaciones del veredicto van mucho más allá de un solo demandante. Los expertos legales anticipan que impulsará una ola de litigios ya en marcha. Cientos de casos avanzan en los tribunales federales, con el primer juicio importante programado para junio en San Francisco, mientras que miles más han sido presentados por familias, distritos escolares y fiscales generales estatales.

Paralelamente, un jurado independiente en Nuevo México ordenó recientemente a Meta pagar 375 millones de dólares en un caso presentado por el fiscal general del estado, intensificando aún más el escrutinio de las prácticas de la compañía.

Hasta ahora, este tipo de demandas no habían logrado llegar a juicio, a menudo desestimadas por motivos legales relacionados con la protección de la libertad de expresión. Este caso rompe con ese patrón, sugiriendo que los tribunales podrían estar cada vez más dispuestos a examinar cómo funcionan las plataformas, y no solo el contenido que alojan.

 Un caso de prueba generacional

El contexto social más amplio es difícil de ignorar. Según datos de 2024 del Pew Research Center, nueve de cada diez adolescentes estadounidenses usan YouTube, y el 73% afirma usarlo a diario. A nivel mundial, tanto YouTube como Instagram se encuentran entre las aplicaciones más utilizadas, con bases de usuarios estimadas entre 2 y 3 mil millones cada una.

En este contexto, la sala del tribunal se convirtió en un punto central para una reflexión cultural más amplia. Padres que habían perdido hijos por suicidio o retos peligrosos en línea asistieron a las audiencias, lo que subraya el peso emocional de los argumentos legales.

El caso también puso de manifiesto una división filosófica más profunda. Para algunos académicos, responsabilizar a las plataformas conlleva el riesgo de socavar principios fundamentales de la libertad de expresión. Para otros, la capacidad sin precedentes de los algoritmos para captar y moldear la atención representa un fenómeno cualitativamente nuevo, que podría requerir formas de regulación igualmente novedosas.

El camino a seguir

Tanto Meta como Google han indicado que apelarán, lo que hace probable que la disputa llegue a tribunales superiores, posiblemente incluso a la Corte Suprema de Estados Unidos. Mientras tanto, un fallo reciente en Delaware ya ha complicado el panorama financiero al limitar la responsabilidad de las aseguradoras en casos similares, lo que podría aumentar la exposición directa de las empresas tecnológicas.

Lo que comenzó como una sola demanda está ahora a punto de redefinir los contornos legales de la economía digital. El veredicto de Los Ángeles no zanja el debate sobre las redes sociales y la salud mental, pero lo replantea decisivamente.

Por primera vez, un jurado ha concluido que el potencial adictivo de estas plataformas no es solo una preocupación cultural, sino una cuestión de responsabilidad legal.

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Jorge Enrique Mújica

Licenciado en filosofía por el Ateneo Pontificio Regina Apostolorum, de Roma, y “veterano” colaborador de medios impresos y digitales sobre argumentos religiosos y de comunicación. En la cuenta de Twitter: https://twitter.com/web_pastor, habla de Dios e internet y Church and media: evangelidigitalización."

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