Año de san José indulgencias

San José (C) Cathopic. Enrique Sánchez

Año de san José: Cómo conseguir indulgencias

Decreto de la Penitenciaría

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(zenit – 9 dic. 2020).- La Penitenciaría Apostólica del Vaticano emite un Decreto a través del que concede indulgencias especiales con ocasión del Año de san José, convocado por el Papa Francisco para celebrar el 150 aniversario de la proclamación de san José como Patrono de la Iglesia universal.

Hasta el 8 de diciembre de 2021, los fieles, al participar en el Año de san José, podrán obtener la Indulgencia a través de diversos métodos que la Penitenciaría enumera en el Decreto.

Cómo conseguir indulgencias

De este modo, de acuerdo al citado documento: la indulgencia plenaria se concede a aquellos que “mediten durante al menos 30 minutos en el rezo del Padrenuestro, o que participen en un retiro espiritual de al menos un día que incluya una meditación sobre san José”; a aquellos que, siguiendo el ejemplo de San José, “realicen una obra de misericordia corporal o espiritual, también podrán lograr el don de la Indulgencia plenaria”; y recen el santo Rosario “en las familias y entre los novios”.

Igualmente, podrá conseguir la indulgencia plenaria todo aquel que confíe “diariamente su trabajo a la protección de san José” y “todo creyente que invoque con sus oraciones la intercesión del obrero de Nazaret, para que los que buscan trabajo lo encuentren y el trabajo de todos sea más digno”.

Asimismo, “los fieles que recen la letanía de San José (para la tradición latina), o el Akathistos a San José, en su totalidad o al menos una parte de ella (para la tradición bizantina), o alguna otra oración a San José, propia de las otras tradiciones litúrgicas, en favor de la Iglesia perseguida ad intra y ad extra y para el alivio de todos los cristianos que sufren toda forma de persecución”, señala el Decreto.

Por otro lado, “con el fin de reafirmar la universalidad del patrocinio de la Iglesia por parte de San José, además de las ocasiones mencionadas”, la Penitenciaría Apostólica “concede una indulgencia plenaria a los fieles que recen cualquier oración o acto de piedad legítimamente aprobado en honor de San José, por ejemplo ‘A ti, oh bienaventurado José’, especialmente el 19 de marzo y el 1 de mayo, fiesta de la Sagrada Familia de Jesús, María y José, el domingo de San José (según la tradición bizantina), el 19 de cada mes y cada miércoles, día dedicado a la memoria del Santo según la tradición latina”.

Ancianos, enfermos y moribundos

Dado el actual contexto de emergencia sanitaria, el texto contempla que el don de la indulgencia plenaria se extienda “particularmente a los ancianos, los enfermos, los moribundos y todos aquellos que por razones legítimas no pueden salir de su casa, los cuales, con el ánimo desprendido de cualquier pecado y con la intención de cumplir, tan pronto como sea posible, las tres condiciones habituales, en su propia casa o dondequiera que el impedimento les retenga, recen un acto de piedad en honor de San José, consuelo de los enfermos y patrono de la buena muerte, ofreciendo con confianza a Dios los dolores y las dificultades de su vida”.

Finalmente, la Penitenciaría “ruega encarecidamente” que todos los sacerdotes “se ofrezcan con un ánimo dispuesto y generoso a la celebración del sacramento de la Penitencia y administren a menudo la Sagrada Comunión a los enfermos”.

A continuación, sigue el Decreto completo de la Penitenciaría Apostólica.

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D E C R E T O

Se concede el don de indulgencias especiales con ocasión del Año de San José, convocado por el Papa Francisco para celebrar el 150 aniversario de la proclamación de San José como patrono de la Iglesia universal.

Hoy se cumple el 150 aniversario del decreto Quemadmodum Deus, por el cual el Beato Pío IX, conmovido por las graves y luctuosas circunstancias en las que se encontraba una Iglesia acosada por la hostilidad de los hombres, declaró a san José Patrono de la Iglesia Católica.

Para perpetuar la dedicación de toda la Iglesia al poderoso patrocinio del Custodio de Jesús, el Papa Francisco ha establecido que, desde hoy, el aniversario del decreto de proclamación así como el día consagrado a la Virgen Inmaculada y esposa del casto José, hasta el 8 de diciembre de 2021, se celebre un Año especial de San José, en el que cada fiel, siguiendo su ejemplo, pueda fortalecer diariamente su vida de fe en el pleno cumplimiento de la voluntad de Dios.

Todos los fieles tendrán así la oportunidad de comprometerse, con oraciones y buenas obras, para obtener, con la ayuda de San José, cabeza de la celestial Familia de Nazaret, consuelo y alivio de las graves tribulaciones humanas y sociales que afligen al mundo contemporáneo.

La devoción al Custodio del Redentor se ha desarrollado ampliamente a lo largo de la historia de la Iglesia, que no sólo le atribuye uno de los cultos más altos después del de la Madre de Dios su esposa, sino que también le ha otorgado muchos patrocinios.

El Magisterio de la Iglesia sigue descubriendo grandezas antiguas y nuevas en este tesoro que es San José, como el padre de Evangelio de Mateo “que extrae de su tesoro cosas nuevas y viejas” (Mt 13, 52).

De gran beneficio para la perfecta consecución del fin que se persigue será el don de las Indulgencias que la Penitenciaría Apostólica, por medio del presente decreto emitido de acuerdo con la voluntad del Papa Francisco, concede benévolamente durante el Año de San José.

La indulgencia plenaria se concede en las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre) a los fieles que, con espíritu desprendido de cualquier pecado, participen en el Año de San José en las ocasiones y en el modo indicado por esta Penitenciaría Apostólica.

-a. San José, auténtico hombre de fe, nos invita a redescubrir nuestra relación filial con el Padre, a renovar nuestra fidelidad a la oración, a escuchar y responder con profundo discernimiento a la voluntad de Dios. La Indulgencia plenaria se concede a aquellos que mediten durante al menos 30 minutos en el rezo del Padre Nuestro, o que participen en un retiro espiritual de al menos un día que incluya una meditación sobre San José;

-b. El Evangelio atribuye a San José el título de “hombre justo” (cf. Mt 1,19): él, guardián del “íntimo secreto que se halla en el fondo del corazón y del alma”,(1) depositario del misterio de Dios y, por tanto, patrono ideal del foro interior, nos impulsa a redescubrir el valor del silencio, de la prudencia y de la lealtad en el cumplimiento de nuestros deberes. La virtud de la justicia practicada de manera ejemplar por José es la plena adhesión a la ley divina, que es la ley de la misericordia, “porque es precisamente la misericordia de Dios que lleva a cumplimiento la verdadera justicia”(2). Por lo tanto, aquellos que, siguiendo el ejemplo de San José, realicen una obra de misericordia corporal o espiritual, también podrán lograr el don de la Indulgencia plenaria;

-c. El aspecto principal de la vocación de José fue ser custodio de la Sagrada Familia de Nazaret, esposo de la Santísima Virgen María y padre legal de Jesús. Para que todas las familias cristianas sean estimuladas a recrear el mismo clima de íntima comunión, amor y oración que se vivía en la Sagrada Familia, se concede la Indulgencia Plenaria por el rezo del Santo Rosario en las familias y entre los novios.

-d. El 1 de mayo de 1955, el Siervo de Dios Pío XII instituyó la fiesta de San José obrero, “con la intención de que todos reconozcan la dignidad del trabajo y que ella inspire la vida social y las leyes fundadas sobre la equitativa repartición de derechos y de deberes”.(3). Podrá, por lo tanto, conseguir la indulgencia plenaria todo aquel que confíe diariamente su trabajo a la protección de San José y a todo creyente que invoque con sus oraciones la intercesión del obrero de Nazaret, para que los que buscan trabajo lo encuentren y el trabajo de todos sea más digno.

-e. La huida de la Sagrada Familia a Egipto “nos muestra Dios está allí donde el hombre está en peligro, allí donde el hombre sufre, allí donde huye, donde experimenta el rechazo y el abandono” (4). Se concede la indulgencia plenaria a los fieles que recen la letanía de San José (para la tradición latina), o el Akathistos a San José, en su totalidad o al menos una parte de ella (para la tradición bizantina), o alguna otra oración a San José, propia de las otras tradiciones litúrgicas, en favor de la Iglesia perseguida ad intra y ad extra y para el alivio de todos los cristianos que sufren toda forma de persecución.

Santa Teresa de Ávila reconoció en San José al protector de todas las circunstancias de la vida: “A otros parece les dio el Señor gracia para socorrer en una necesidad; a este glorioso Santo tengo experiencia que socorre en todas” (5). Más recientemente, San Juan Pablo II reiteró que la figura de San José adquiere “una renovada actualidad para la Iglesia de nuestro tiempo, en relación con el nuevo milenio cristiano”.(6)

Con el fin de reafirmar la universalidad del patrocinio de la Iglesia por parte de San José, además de las ocasiones mencionadas, la Penitenciaría Apostólica concede una indulgencia plenaria a los fieles que recen cualquier oración o acto de piedad legítimamente aprobado en honor de San José, por ejemplo “A ti, oh bienaventurado José”, especialmente el 19 de marzo y el 1 de mayo, fiesta de la Sagrada Familia de Jesús, María y José, el domingo de San José (según la tradición bizantina), el 19 de cada mes y cada miércoles, día dedicado a la memoria del Santo según la tradición latina.

En el actual contexto de emergencia sanitaria, el don de la indulgencia plenaria se extiende particularmente a los ancianos, los enfermos, los moribundos y todos aquellos que por razones legítimas no pueden salir de su casa, los cuales, con el ánimo desprendido de cualquier pecado y con la intención de cumplir, tan pronto como sea posible, las tres condiciones habituales, en su propia casa o dondequiera que el impedimento les retenga, recen un acto de piedad en honor de San José, consuelo de los enfermos y patrono de la buena muerte, ofreciendo con confianza a Dios los dolores y las dificultades de su vida.

Para que el logro de la gracia divina a través del poder de las Llaves sea facilitado pastoralmente, esta Penitenciaría ruega encarecidamente que todos los sacerdotes con las facultades apropiadas se ofrezcan con un ánimo dispuesto y generoso a la celebración del sacramento de la Penitencia y administren a menudo la Sagrada Comunión a los enfermos.

Este decreto es válido para el Año de San José, no obstante cualquier disposición en contrario.

Dado en Roma, por la Sede de la Penitenciaría Apostólica, el 8 de diciembre de 2020.

Mauro Card. Piacenza, Penitenciario Mayor

K r z y s z t of  N y k i e l, Regente

L+ S.

 

Prot. no. 866/20/I

  1. Pío XI, Discurso con motivo de la proclamación de las virtudes heroicas de la Sierva de Dios Emilia de Vialaren “L’Osservatore Romano”, año LXXV, n.67, marzo 1935.I
  2. Francisco, Audiencia general(3 de febrero de 2016)
  3. Pío XII, Discurso con motivo de la solemnidad de san José obrero, (1 de mayo de 1955) en Discorsi e Radiomessaggi di Sua Santitá Pio XII, XVII 71-76.
  4. Francisco, Angelus (29 diciembre 2013)
  5. Teresa de Ávila, Libro de La Vida, VI, 6
  6. Juan Pablo II, Exhortación apostólica Redemptoris Custos,sobre la figura y misión de San José en la vida de Cristo y de la Iglesia (15 agosto 1989).

© Librería Editora Vaticana

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Larissa I. López

Larissa I. López es licenciada en Comunicación Audiovisual por la Universidad de Sevilla, Máster en Artes de la Comunicación Corporativa y Doctora en Comunicación por la Universidad CEU San Pablo de Madrid. Su trayectoria profesional ha transcurrido entre el ámbito de la comunicación y el de la docencia. Como redactora, ha colaborado con medios como Aceprensa, Pantalla 90 o CinemaNet. Como profesora, por su parte, ha impartido clases en la universidad y en centros de FP y bachillerato. En estos últimos realizaba también tareas relacionadas con la comunicación (redes sociales y edición de contenidos). Cordobesa de nacimiento también ha vivido en Sevilla, Madrid y Roma.

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