(ZENIT Noticias / Santiago de Chile, 20.04.2022).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha sentenciado que las decisiones de los padres de familia respecto a cómo y quién debe impartir la educación religiosa a sus hijos, no pueden ser tenidas en cuenta. La sentencia que han dictado los jueces en el caso Pavez contra Chile, puede tener amplias repercusiones para toda América.
La decisión de la Corte IDH viola el carácter fundamental de la libertad de religión y creencia. Las comunidades religiosas deben tener autonomía para elegir a sus profesores y los padres tienen derecho a que sus hijos reciban una educación religiosa de acuerdo con sus convicciones. Por eso, no se puede estar de acuerdo con la decisión de la Corte IDH, que se aparta de la situación establecida en los Estados de la región, de otros organismos internacionales de derechos humanos y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este fallo es un precedente perjudicial que golpea la libertad religiosa de todas las personas en las Américas.
Dado el alcance internacional de la jurisdicción del tribunal, esta decisión afecta a millones de personas en toda América. La sentencia tiene importantes consecuencias para los creyentes. El fallo del tribunal implica que los católicos, judíos, musulmanes, evangélicos o cualquier otro grupo religioso no pueden garantizar que los designados para enseñar esa religión vivan de acuerdo con lo que enseñan.
A lo largo del caso, una amplia coalición de organizaciones y comunidades religiosas se ha unido para defender este derecho fundamental y pedir al Tribunal que defienda las leyes del Estado. Esta coalición incluía a las comunidades judía, musulmana, ortodoxa, anglicana y protestante de Chile, así como al presidente del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), quienes conjuntamente presentaron un histórico escrito en conjunto ante la Corte en 2021. En paralelo, más de 30.000 personas presentaron una petición conjunta a la Corte solicitando que esta defienda el derecho de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus convicciones. Por eso, este fallo es un golpe para los padres y para las comunidades religiosas a las que pertenecen. La sentencia socava su derecho a decidir quién enseñará su fe en su nombre y ayudará a criar a sus hijos en esa fe. La decisión no se ajusta al derecho internacional, que protege claramente la autonomía de las comunidades religiosas, y constituye una excepción si se compara con casos similares en otros tribunales de derechos humanos. Las iglesias desempeñan un papel importante en la sociedad y ésta se beneficia de comunidades religiosas fuertes y autónomas.
“Aunque este es un revés para todos los que se preocupan por la libertad religiosa y los derechos de los padres, seguiremos abogando por la protección de las libertades fundamentales en todo el continente americano. Por eso les pedimos redoblar sus esfuerzos y oraciones, para sumarse nuestra misión y que podamos continuar defendiendo las libertades fundamentales de todos”, dice Tomás Henríquez, director para América Latina de Alliance Defending Freedom.