Iglesia argentina: Permitir el matrimonio homosexual es “absolutamente ilegal”

El cardenal Bergoglio critica al Gobierno por no recurrir un fallo judicial

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BUENOS AIRES, miércoles, 25 noviembre 2009 (ZENIT.org).- Ante el fallo de una jueza que ha permitido el matrimonio de dos hombres, la Archidiócesis de Buenos Aires, Argentina, hizo público un comunicado en el que califica la sentencia de “absolutamente ilegal”. El cardenal Bergoglio afirmó que el jefe de Gobierno porteño “faltó gravemente a su deber” por no recurrir la sentencia.

Ha suscitado numerosas reacciones en Argentina el fallo inédito de la jueza Gabriela Seijas, quien el 13 de noviembre ordenó al Registro Civil celebrar la unión de dos hombres, quienes habían presentado un recurso de amparo cuando desde la oficina pública les habían negado la fecha para realizar el casamiento.

Tras las críticas eclesiales por la omisión del recurso de las autoridades bonaerenses, a petición del jefe de Gobierno porteño Mauricio Macri, el arzobispo de Buenos Aires, cardenal Jorge Mario Bergoglio, lo recibió este martes en audiencia privada.

El Arzobispado difundió un comunicado en el que deja claro que la reunión se celebró a petición de Macri y, durante la misma, “el cardenal Bergoglio le reiteró que, al no apelar el fallo de la jueza en lo contencioso administrativo sobre el matrimonio de personas del mismo sexo, había faltado gravemente a su deber de gobernante y custodio de la ley”.

Así mismo, afirma el comunicado, “la Constitución y los Códigos nacionales no pueden ser modificados por un juez de primera instancia. En tal caso corresponde al mandatario del Ejecutivo tomar todas las medidas para que haya certeza de la legalidad del acto, que en este caso no la hay, y de allí surge la obligación de apelar”.

Con anterioridad a esta reunión, el Arzobispado de Buenos Aires, en una declaración, firmada el 16 de noviembre por el cardenal Bergoglio y los obispos auxiliares, afirma que el fallo de la jueza “refleja un serio desapego a las leyes que nos rigen”.

Los prelados critican que el jefe de Gobierno “no haya permitido la apelación de dicha sentencia absolutamente ilegal, para dar un debate mas prolongado y profundo sobre una cuestión de tamaña trascendencia. Esto constituye un signo de grave ligereza y sienta un serio antecedente legislativo para nuestro país y para toda Latinoamérica”.

Señalan que “la crisis de valores que afecta hoy a nuestra sociedad hace olvidar que el origen mismo de la palabra ‘matrimonio’ se remonta a disposiciones ancestrales del Derecho Romano donde la palabra ‘matrimonium’ se vinculaba al derecho de toda mujer a tener hijos reconocidos expresamente en el seno de la legalidad”.

La palabra matrimonio, explican, “alude justamente, a esa calidad legítima de ‘madre’ que la mujer adquiere a través de la unión matrimonial. Con frecuencia se ha intentado asociar erróneamente el término ‘matrimonio’ con el sacramento católico del mismo nombre, sin tener en cuenta que el vocablo y la realidad que quiere expresar, fue consagrado por el Derecho Romano muchísimo antes de que el cristianismo apareciese en la historia de la humanidad”.

A su vez, afirman, “esta decisión podría considerarse contraria a distintos tratados internacionales con jerarquía constitucional desde 1994, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos art. 16, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos art. 23 inc. 2 y la Convención Americana de los Derechos Humanos , art. 17 inc. 2 ss; de los cuales se deduce que sólo el matrimonio constituido por personales de distinto sexo es constitucional”.

Y concluyen: “Afirmar la heterosexualidad del matrimonio no es discriminar, sino partir de una nota objetiva que es su presupuesto”.

El Secretariado Nacional para la Familia hizo público un comunicado el 18 de noviembre en el que afirma que “el matrimonio siempre se ha constituido sobre la base de la unión de un varón y una mujer. Pero también es una verdadera institución, llamada a cumplir una función social insustituible: facilitar y promover la comunidad de vida elegida por los cónyuges, constituir un ámbito adecuado para la procreación y educación de los hijos y ser así el corazón de la familia, la cual, a su vez, es célula fundamental de la sociedad. Por ello, el matrimonio trasciende el interés particular de los cónyuges y atañe también al interés general. De ahí que siempre, desde que el hombre es hombre, ha sido objeto de regulación social”.

“¿Es lógico considerar en igualdad de condiciones lo que puede llegar a ofrecer a los hijos la pareja de un varón y una mujer y aquella formada por dos personas del mismo sexo?”, se pregunta.

Y responde: “Decididamente, no es razonable. Sólo la primera y no la segunda puede traerlos al mundo como fruto de su encuentro personal. Sólo la primera y no la segunda puede brindar al niño, con realidad, las figuras del padre y de la madre y modelos genuinamente masculinos y femeninos, indispensables para su crecimiento integral”.

Añade que no “debe simplificarse el tema con fundamento en una pretendida discriminación. No toda diferenciación en el trato es disvaliosa, sino aquella que resulta arbitraria y lesiona la garantía de la igualdad y de ese modo el ejercicio de los derechos fundamentales. Nuestra constitución y las leyes están pobladas de distinciones justas y razonables que en nada menoscaban a quienes no están alcanzados por ellas”.

También la Comisión Nacional de Justicia y Paz manifestó que “esta decisión constituye un signo de grave ligereza política generando un serio antecedente legislativo, para nuestro país y para toda Latinoamérica, en temas de vital importancia, como es la institución familiar, para la construcción de nuestra sociedad”.

“La protección de situaciones particulares puede alcanzarse por otras vías sin necesidad de remover desde los cimientos el ordenamiento jurídico familiar de nuestra sociedad”, añadió.

Y concluyó afirmando que “en tiempos de incertidumbre por los serios problemas de violencia e inseguridad, de drogadicción, de soledad y angustia de tantos argentinos, apelamos al fortalecimiento de la institución familiar y los vínculos insustituibles que ella genera como factor de educación y contención afectiva”.

Por Nieves San Martín

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ZENIT Staff

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