España: Aumenta la objeción de conciencia Educación para la Ciudadanía

Presentados 27 objeciones y 69 nuevos recursos en Cataluña

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BARCELONA, viernes, 6 febrero 2009 (ZENIT.org).- Mientras en España resuenan los ecos de la conferencia sobre derechos humanos del cardenal Tarcisio Bertone en Madrid, en la que subrayó el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos de acuerdo a sus ideas y convicciones religiosas, la sentencia del Tribunal Supremo contra los padres objetores a la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) no sólo no ha frenado a estos sino que sigue aumentando su número y el de recursos presentados, sobre todo en Cataluña. Según su portavoz, «la sentencia fortalece al movimiento objetor».

La Plataforma de Padres y Madres Objetores de Cataluña ha presentado 27 objeciones a la asignatura de «Educación para la Ciudadanía» y se interpusieron 69 nuevos recursos ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona contra las resoluciones del Departamento de Educación de la Generalidad (gobierno autonómico) que denegó el derecho a objetar, según informa esta Plataforma a ZENIT.

Este jueves se presentaron en el Departamento de Educación las objeciones correspondientes a 27 alumnos frente a las asignaturas que integran el área de Educación para la Ciudadanía, con lo que ya hay más de 1.150 estudiantes objetores en Cataluña. En toda España superan los 52.000.

Ramón Novella, portavoz de la Plataforma de Padres y Madres Objetores de Cataluña, declaró: «Con este acto queremos defender el derecho de los padres a educar a sus hijos, un derecho fundamental atacado por el conjunto de asignaturas que forman el área de Educación para la Ciudadanía, que no respeta las convicciones de los padres.»

Igualmente comunicó que, en los últimos días, se presentaron 69 nuevos recursos ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona contra las resoluciones del Departamento de Educación catalán, en las que se deniega el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia ante la EpC. Con ellos ya hay un total de 151 recursos presentados en Cataluña.

El portavoz de la Plataforma expresó la postura de la misma frente a la Sentencia del Tribunal Supremo sobre la objeción. Indicó estar «a la espera de la publicación de la sentencia para poder conocer su completo contenido».

Según los datos de que se dispone, el Tribunal Supremo «prohíbe adoctrinar a través del sistema educativo, no permitiendo a las autoridades escolares o administrativas ni a los profesores imponer a los alumnos criterios morales o éticos que son objeto de discusión en la sociedad, y establece que el contenido de EpC debe centrarse en la educación de los principios y valores constitucionales, por lo que deja abierta la posibilidad a la objeción de conciencia por otros cauces», dijo Ramón Novella. 

Igualmente recordó que «el fallo solo afectará a las cuatro familias recurrentes de Asturias y Andalucía, y por tanto no al resto de recurrentes, cuyos recursos continúan su tramitación, sin que queden afectadas las sentencias o medidas cautelares favorables a los objetores dictadas hasta el momento. Por tanto los objetores no tienen obligación de recibir EpC».

Además, «el fallo del Tribunal Supremo no zanja la cuestión, ni jurídica ni socialmente. Se iniciarán nuevos procesos en los supuestos en que los padres consideren que sus hijos hayan sido objeto de cualquier tipo de acto educativo que contraríe sus convicciones éticas o religiosas».

«El movimiento objetor -anunció- no dejará de utilizar todos los medios a su alcance para el pleno reconocimiento de sus derechos».

El portavoz de los objetores resumió la situación judicial relacionada con las objeciones a Educación para la Ciudadanía por provincias.

En Barcelona, se interpusieron 17 recursos contencioso-administrativos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra las resoluciones denegando la objeción. (doce por el procedimiento ordinario y cinco por el procedimiento especial para la protección de los Derechos Fundamentales de la Persona); un recurso contencioso-administrativo interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra los decretos de la Generalidad de Cataluña, dictados en desarrollo de los decretos de Enseñanzas Mínimas del Ministerio de Educación en Primaria y Educación Secundaria Obligatoria (ESO); 119 recursos contencioso-administrativos interpuestos ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona contra las resoluciones denegando la objeción.

En Lérida: 14 recursos contencioso-administrativos ordinarios interpuestos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra las resoluciones denegando la objeción.

No se ha dictado sentencia en los recursos ordinarios. Hay cinco autos de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia acordando la inadmisibilidad del recurso por el procedimiento especial para la protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, por considerar que existe inadecuación del procedimiento, contra los que se ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Finalmente llamó a los padres a seguir presentando objeciones y a recurrir contra las resoluciones que no reconozcan el derecho a objetar.

En cuanto a los recursos que todavía continúan pendientes ante el Tribunal Supremo, manifestó: «Confiamos en que el Tribunal Supremo dicte una sentencia favorable a los objetores pero si fuera necesario, estamos dispuestos acudir al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo».

El cardenal Bertone concluía su conferencia sobre derechos humanos en Madrid con estas palabras: «El Estado no puede reivindicar competencias, sean directas o indirectas, sobre las convicciones íntimas de las personas ni tampoco imponer o impedir la práctica pública de la religión sobre todo cuando la libertad religiosa contribuye de forma decisiva a la formación de ciudadanos auténticamente libres».

Por Nieves San Martín

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ZENIT Staff

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