España: Jornadas de formación para acompañar en los casos de nulidad matrimonial

El objetivo es profundizar en el motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus del papa Francisco

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(ZENIT – Roma).- La Conferencia Episcopal Española (CEE) y la facultad de Derecho Canónico de la Universidad San Dámaso, en colaboración con el Tribunal Apostólico de la Rota Romana, han organizado las jornadas de formación sobre “Discernimiento y acompañamiento de los casos de nulidad matrimonial”.
Este curso de formación tiene como objetivo profundizar en “la reforma de los procesos de nulidad matrimonial a la luz del Motu Proprio ‘Mitis Iudex Dominus Iesus’ del papa Francisco”, explica la CEE. Y está destinado a los vicarios judiciales, miembros de los Tribunales eclesiásticos, abogados, procuradores, párrocos, vicarios parroquiales y otros agentes de Pastoral familiar.
Las jornadas tendrán lugar en el Aula Magna del Seminario Conciliar de Madrid (C/San Buenaventura, 9 – 28005 Madrid) los días 28 y 29 de noviembre de 2016.
El pasado 8 de septiembre de 2015 se presentaron dos motu proprio del Santo Padre Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus. Las particularidades de estos dos documentos fueron explicadas durante la conferencia de prensa de presentación, por seis miembros de la Comisión especial para la reforma del proceso matrimonial católico, instituida por el Santo Padre para facilitar y eliminar burocracia, sin perder el rigor necesario.
Así, el cardenal Cocopalmeiro, presidente del Pontificio Consejo de los Textos Legislativos, explicó que “no es lo mismo la nulidad que la anulación de un matrimonio”. Y recordó que la Iglesia –como es sabido– no acepta el divorcio, en cambio sí estudia los casos en los cuales se realizó el matrimonio con motivos que lo vuelven inválido, como la coerción. Para ello realiza un proceso judicial que debe decidir si existe nulidad matrimonial o menos. “El problema más pastoral en cambio consiste en volver más veloces los procesos”, precisó.
Son tres los puntos fundamentales de la reforma. En primer lugar la composición de los tribunales, que puede incluso ser constituido por un solo obispo diocesano. En segundo lugar no se necesita la doble sentencia; y ya con la primera no es necesario que pase automáticamente a la segunda sentencia. Puede haber sí, una segundo apelación, pero si por finalidades dilatorias es descartado. Y en tercer lugar, los procesos serán más breves.
En la introducción de los documentos, el Pontífice explica: “He decidido dar con este motu proprio disposiciones con las cuales se favorezca, no la nulidad de los matrimonios, sino la celeridad de los procesos”. Asimismo, precisa que “alimenta este empuje reformador, el enorme número de fieles que si bien desean proveer a la propia conciencia, muchas veces se desaniman debido a las dificultades jurídicas de la Iglesia, a causa de la distancia física o moral; la caridad por lo tanto y la misericordia exigen que la misma Iglesia como madre se vuelva cercana a los hijos que se consideran separados”.

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ZENIT Staff

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