(zenit – 27 marzo 2020).- Mediante la bendición Urbi et Orbi que impartirá el Papa Francisco en la tarde del viernes 27 de marzo, desde la plaza de San Pedro, la Iglesia concede la Indulgencia plenaria a los fieles enfermos de Coronavirus, a los agentes sanitarios, los familiares y cuidadores de los enfermos, y los fieles.
La Indulgencia plenaria le ofrece al pecador arrepentido y confesado el beneficio de eliminar totalmente la deuda que haya tenido durante su vida en este mundo hasta ese momento.
Decreto del Papa Francisco
La Santa Sede hizo público el pasado 20 de marzo el decreto de la Penitenciaría Apostólica, en nombre del Pontífice, relativo a la concesión de indulgencias especiales a los fieles en la actual situación de pandemia.
Con la concesión de las Indulgencias –explica el Decreto- se pretende que los que se están sufriendo a causa del Covid-19 puedan redescubrir “el mismo sufrimiento redentor de Cristo” (ibíd., 30) y “vivirla con espíritu de conversión personal”.
¿Quiénes pueden ganarla?
– Enfermos, sanitarios, familiares y cuidadores: El decreto establece que “los enfermos, los que están en cuarentena, los sanitarios, los familiares y los que, exponiéndose al riesgo de contagio, cuidan de los enfermos de Coronavirus obtendrán la Indulgencia plenaria siguiendo a través de los medios de comunicación la Eucaristía, el Rosario o el Vía Crucis”. También dispone que “podrán rezar el Credo, el Padrenuestro o una oración a la Virgen María”.
Todo ello, describe el Decreto, “con la voluntad de cumplir las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), apenas les sea posible”.
– Fieles: En las mismas condiciones, podrán obtener Indulgencia plenaria los fieles que ofrezcan por el fin de la epidemia, el alivio de los enfermos y la salvación eterna de los fallecidos, la visita al Santísimo Sacramento, la Adoración Eucarística, la lectura de la Sagrada Escritura durante al menos media hora, el rezo del Rosario, el Vía Crucis, o el rezo de la corona de la Divina Misericordia.
– Enfermos terminales: La indulgencia plenaria puede ser obtenida también por los fieles que a punto de morir no pueden recibir el sacramento de la unción de los enfermos y el viático: en este caso se recomienda el uso del crucifijo o de la cruz.
¿Qué es la Indulgencia plenaria?
Todo pecado acarrea una doble consecuencia: la pena eterna y la pena temporal, explica el sacerdote D. Alfonso Riboo, director de la revista Palabra. La pena eterna consiste en la ruptura de nuestra comunión con Dios y aleja la posibilidad de llegar a la salvación. Esta pena eterna se elimina cuando el pecador se arrepiente y recibe el Sacramento de la Confesión.
Pero aún queda la responsabilidad por las consecuencias causadas por el mal cometido, para el propio pecador o para otras personas. Esta consecuencia se denomina “pena temporal”. Es una deuda que persiste y que hay que pagar ya sea en esta vida o en la próxima, vale decir, en el Purgatorio. Esta pena puede reducirse mediante la realización de buenas obras, la oración, la aceptación cristiana del sufrimiento y la recepción de la indulgencia, que puede ser parcial o plenaria (o sea, completa).
La Indulgencia plenaria le ofrece al pecador arrepentido y confesado el beneficio de eliminar totalmente la deuda que haya tenido durante su vida en este mundo hasta ese momento. La indulgencia parcial elimina la pena temporal en forma parcial.