Normalmente, la exposición según ha adelantado Joaquín Navarro-Valls, portavoz de la Santa Sede, debería tener lugar a partir de la tarde de este lunes, aunque la decisión sólo será oficial tras esta reunión.
Juan Pablo II, en la constitución apostólica «Universi Dominici Gregis», en el número 13, dio estos otros encargos para una de las primeras congregaciones generales. Son los siguientes:
–«Disponer todo lo necesario para las exequias del difunto Pontífice» y «fijar el inicio de las mismas».
–Pedir a la Comisión –«compuesta por el Cardenal Camarlengo y por los Cardenales que desempeñan respectivamente el cargo de Secretario de Estado y de Presidente de la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano»– la preparación del alojamiento de los Cardenales electores y de las personas vinculadas a la elección del Papa en los locales de la Domus Sanctae Marthae (los cardenales deberán asignar por sorteo las habitaciones a los electores) y, al mismo tiempo, la preparación de la Capilla Sixtina –donde se celebrará la elección–, «a fin de que las operaciones relativas a la elección puedan desarrollarse de manera ágil, ordenada y con la máxima reserva, según lo previsto y establecido en esta Constitución».
–«Confiar a dos eclesiásticos de clara doctrina, sabiduría y autoridad moral, el encargo de predicar a los mismos Cardenales dos ponderadas meditaciones sobre los problemas de la Iglesia en aquel momento y la elección iluminada del nuevo Pontífice»; también debe fijar cuándo «debe serles dirigida la primera de dichas meditaciones».
Normalmente estos predicadores serán religiosos o monjes. La primera meditación tendrá lugar en el tiempo que precede la entrada en Cónclave. La segunda será el mismo día del ingreso en Cónclave, después de que los Cardenales electores hayan prestado juramento en la Capilla Sixtina, y justo antes del inicio de las operaciones de elección.
–«Aprobar bajo propuesta de la Administración de la Sede Apostólica o, en la parte que le corresponde, del Gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano, los gastos necesarios desde la muerte del Pontífice hasta la elección del sucesor».
–«Leer, si los hubiere, los documentos dejados por el Pontífice difunto al Colegio de Cardenales».
–«Cuidar que sean anulados el Anillo del Pescador y el Sello de plomo, con los cuales son enviadas las Cartas Apostólicas».
El anillo del pescador se utiliza en los breves pontificios, así como en otros actos como cédulas y sentencias consistoriales. Actualmente las cartas apostólicas o bulas se expiden «sub plumbo» haciendo uso del sello de plomo por parte de la sección primera –Asuntos Generales de la Secretaría de Estado–, que custodia el sello plúmbeo y el anillo del pescador.
–«fijar el día y la hora del comienzo de las operaciones de voto».