CIUDAD DEL VATICANO, miércoles 7 enero 2009 (ZENIT.org).- Desde el pasado 1 de enero de este año, ha entrado en vigor en el Estado Ciudad del Vaticano la nueva Ley sobre las fuentes del Derecho, promulgada por el Papa Benedicto XVI.
Esta ley, que modifica la anterior de 1929, introduce dos novedades jurídicas importantes, según explica el español José Serrano Ruiz, presidente de la Corte de Apelación del Estado de la Ciudad del Vaticano, que ha presidido la Comisión que ha redactado la nueva ley, en un artículo publicado por «L’Osservatore Romano».
Estas novedades consisten en que, por un lado, se reafirma el Código de Derecho Canónico como fuente principal de interpretación jurídica de las leyes vaticanas, y por otro, las leyes italianas, que hasta ahora se recibían automáticamente excepto en casos de incompatibilidad manifiesta, ahora serán sometidas a más filtros por parte de las autoridades jurídicas vaticanas.
Esta nueva ley se enmarca en la renovación jurídica de las leyes vigentes desde los Pactos de Letrán, y que comenzó Juan Pablo II con la promulgación de la nueva Ley Fundamental del Estado en el año 2000.
Esta preeminencia del Código de Derecho Canónico se debe, explica, «a la misma naturaleza instrumental del Estado vaticano, que existe para garantizar la libertad de la Sede Apostólica y como medio para asegurar la independencia real y visible del Papa en el ejercicio de sus funciones».
Se trata, explica en su artículo Serrano Ruiz, de subrayar la autonomía y genuinidad del Estado vaticano respecto del italiano por tres razones: por el exorbitante número de normas emanadas de éste, por la inestabilidad cada vez mayor del ordenamiento civil (en contraste con la idea tomista de ordenación racional de las leyes).
Pero también, subraya el magistrado, porque «existe un contraste cada vez mayor entre estas leyes y los principios no renunciables por parte de la Iglesia».
Por su parte, el profesor Giuseppe Dalla Torre, presidente del Tribunal vaticano, explicaba en una entrevista a Radio Vaticano que la nueva ley no constituye una «ruptura» con la anterior, pues desde siempre «la legislación italiana se ha considerado como supletoria».
La nueva ley vaticana «simplifica» y «aggiorna» la ley de 1929, que por ejemplo, se refería al Código Civil italiano de 1865, y que no tenía en cuenta el nuevo Código de 1942.
Para el profesor Dalla Torre, esta nueva ley «no supone una postura de polémica contra el ordenamiento italiano», sino que sencillamente el Vaticano, «como cualquier otro Estado, tiene derecho a custodiar su propia legislación contra los valores incompatibles con ella que puedan proceder de legislaciones extranjeras».