CIUDAD DEL VATICANO, viernes 29 de enero de 2010 (ZENIT.org).- Las causas de nulidad no son atajos para solucionar uniones fracasadas, ha advertido este viernes el decano de la Rota Romana, en una audiencia concedida por Benedicto XVI este viernes a los miembros de este tribunal de segunda instancia de la Iglesia. 

El obispo Antoni Stankiewicz, al ilustrar la actividad de este año, consideró que en estos momento la Iglesia tiene el desafío de afrontar la "difundida tendencia que relativiza la verdad", sobre todo "en las declaraciones de nulidad de matrimonio".

El prelado polaco informó, según su intervención, publicada por "L'Osservatore Romano", que entre las causas que recibe este tribunal, las que afectan a la declaración de nulidad de matrimonio sacramental "absorben en gran parte" su labor.

Citando la encíclica "Caritas in veritate", Stankiewicz advirtió ante "la difundida tendencia que relativiza la verdad y difunde una visión relativista de la persona humana y de su naturaleza, en los contextos más expuestos a este peligro, es decir, en el ámbito social, jurídico, cultural y político".

El obispo reconoció que "esta tendencia relativista con frecuencia se filtra también en las declaraciones de nulidad de matrimonio, que de este modo sufren una desviación, convirtiéndolas en un camino fácil para la solución de matrimonios fracasados, vaciando de este modo tanto el sentido de la declaración de nulidad, como el sentido del mismo carácter indisoluble" del sacramento.

La Iglesia no reconoce el divorcio, pues considera el matrimonio como un sacramento indisoluble instituido por Dios. Ahora bien, si se comprueba, puede declarar que un matrimonio fue nulo por causas claramente definidas, como puede ser la falta de consentimiento de uno de los cónyuges, o la oposición conscientemente de uno de ellos al contraer el sacramento a las propiedades esenciales del matrimonio (fidelidad, indisolubilidad) o a sus fines (por ejemplo, la apertura a la procreación).

Monseñor Stankiewicz subrayó con claridad que las declaraciones de nulidad del matrimonio que realizan los tribunales eclesiásticos en las diócesis "no pueden oponerse al principio de la indisolubilidad".

La Rota Romana actúa como Tribunal de apelación y juzga: en segunda instancia, las causas definidas por los Tribunales ordinarios de primer grado y remitidas a la Santa Sede por legítima apelación; y también en tercera y ulterior instancia, las causas tratadas ya en apelación por la misma Rota o por otro Tribunal eclesiástico de apelación.

Además, es también Tribunal de apelación para el Tribunal eclesiástico de la Ciudad del Vaticano.