Nacimiento público. Foto: Fundación Paraguaya

Retiran demandas judiciales contra nacimientos navideños en México

El ministro de justicia Arturo Zaldívar Lelo propuso negar el amparo a los demandantes, señalando que estas expresiones artísticas no tienen contenido proselitista y son únicamente adornos de temporada.

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(ZENIT Noticias / Ciudad de México, 04.07.2023).- Las demandas presentadas en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la instalación de nacimientos por parte de municipios en Yucatán, México, que se hicieron públicos desde el año pasado, desistieron del juicio.

La Suprema Corte de Justicia enfrentaba la prohibición de la colocación de nacimientos en lugares públicos con recursos de los municipios. Se adujo que retiraban la demanda debido a amenazas.

Es verdad que organizaciones católicas se manifestaron afuera de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, gritando consignas como “Viva Cristo Rey” y “Vivan los cristeros”, señalando que las demandas eran una amenaza a la libertad religiosa. No se pudieron probar las amenazas.

El argumento principal del ministro González Alcántara Carrancá que respaldó la demanda anotó que con la colocación de esas decoraciones violaba la libertad religiosa y la pluralidad ideológica al ser respaldadas con fondo provenientes de autoridades oficiales.

El caso quedó por revisarse en un par de ocasiones y fue programado para resolverse en la sesión de 26 de junio.

El ministro de justicia Arturo Zaldívar Lelo propuso negar el amparo a los demandantes, señalando que estas expresiones artísticas no tienen contenido proselitista y son únicamente adornos de temporada. Además, se colocaron otros adornos, como soldados, cascanueces, bastones, juegos de luces de colores, la figura de un reno con suéter, esferas gigantes, renos hechos de luces, muñecos de nieve y pinos con moños de colores. Aunque se presentó la solicitud de retiro en tiempo y forma, se retiró de la lista.

El representante de la organización “Hazte sentir”, Luis Barrera, comentó que la concesión del amparo contra las expresiones navideñas abría la puerta para prohibir posteriormente las representaciones de Semana Santa o las peregrinaciones.

“En suma, la valoración integral del contexto, la intención y el impacto del actuar estatal al desplegar dos nacimientos en áreas públicas de Mérida no conduce a esta Corte a concluir que el Estado actuó con un claro sentido religioso. Por el contrario, la evidencia muestra en forma consistente que el Estado mantuvo en todo momento un propósito secular, consistente en decorar la ciudad en el contexto de las celebraciones decembrinas” se expresó en la Suprema Corte de Justicia.

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Rafael Llanes

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