(zenit – 30 sept. 2020) .- “El principio fundamental e ineludible de apoyo al paciente en condiciones críticas y/o terminales es “la continuidad de la asistencia a sus funciones fisiológicas esenciales”.
En particular, un cuidado básico que debe tener cada hombre es administrar los alimentos y líquidos necesarios para mantener la homeostasis del organismo, en la medida y mientras esta administración demuestre lograr su propio objetivo, que es el de proporcionar al paciente hidratación y nutrición”: así lo recuerda un documento de la Santa Sede de unas veinte páginas Samaritanus Bonus “sobre el cuidado de personas en fases críticas y terminales de la vida”.
Esta presenta un claro rechazo de la eutanasia y de la lógica del “rechazo como ensañamiento terapéutico”. Reflexiona sobre temas delicados como la vida prenatal y los estados reducidos de conciencia y reafirma el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario.
Esta nueva “carta” de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre el fin de la vida se titula “El buen samaritano”. Fue publicada y presentado a la prensa el martes 22 de septiembre de 2020. Fue aprobada por el Papa Francisco el 25 de junio, que ordenó su publicación. El dicasterio adoptó el texto el 29 de enero.
Samaritanus Bonus está fechado el 14 de julio, memoria litúrgica de san Camilo de Lelis (+1614), sacerdote italiano, patrón del personal de enfermería. Decía: “Mi música favorita es la que hacen los pacientes pobres cuando uno pide que le rehagan la cama, el otro para refrescarse la lengua o calentar los pies”.
Este es el espíritu de los cuidados paliativos, cuando hay “mucho por hacer”. El documento reafirma de hecho una “ética del cuidado”, con este principio: “cuando curar es imposible, cuidar siempre lo es”.
Tras la prohibición de la eutanasia y el suicidio asistido, y la afirmación de “la obligación moral de evitar el ensañamiento terapéutico”, el documento aborda el “deber de alimentación e hidratación».
Traducido por Raquel Anillo
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Los cuidados básicos: el deber de alimentación e hidratación
Principio fundamental e ineludible del acompañamiento del enfermo en condiciones críticas y/o terminales es la continuidad de la asistencia en sus funciones fisiológicas esenciales. En particular, un cuidado básico debido a todo hombre es el de administrar los alimentos y los líquidos necesarios para el mantenimiento de la homeostasis del cuerpo, en la medida en que y hasta cuando esta administración demuestre alcanzar su finalidad propia, que consiste en el procurar la hidratación y la nutrición del paciente.[61]
Cuando la administración de sustancias nutrientes y líquidos fisiológicos no resulte de algún beneficio al paciente, porque su organismo no está en grado de absorberlo o metabolizarlo, la administración viene suspendida. De este modo, no se anticipa ilícitamente la muerte por privación de las ayudas a la hidratación y a la nutrición, esenciales para las funciones vitales, sino que se respeta la evolución natural de la enfermedad crítica o terminal. En caso contrario, la privación de estas ayudas se convierte en una acción injusta y puede ser fuente de gran sufrimiento para quien lo padece. Alimentación e hidratación no constituyen un tratamiento médico en sentido propio, porque no combaten las causas de un proceso patológico activo en el cuerpo del paciente, sino que representan el cuidado debido a la persona del paciente, una atención clínica y humana primaria e ineludible. La obligatoriedad de este cuidado del enfermo a través de una apropiada hidratación y nutrición puede exigir en algunos casos el uso de una vía de administración artificial,[62] con la condición que esta no resulte dañina para el enfermo o provoque sufrimientos inaceptables para el paciente.[63]