Los cardenales siguen intercambiando ideas sobre la Iglesia y el mundo

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CIUDAD DEL VATICANO, miércoles, 13 abril 2005 (ZENIT.org).- La preparación del Cónclave, que comenzará el 18 de abril, continuó este miércoles con una nueva sesión de intercambio de puntos de vista entre los cardenales sobre la situación de la Iglesia y del mundo.

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En esta ocasión, según informó Joaquín Navarro-Valls, portavoz vaticano en un comunicado de prensa, en la congregación general participaron 140 cardenales (electores y no electores).

«La asamblea ha proseguido el intercambio de ideas sobre la situación de la Iglesia y del mundo», añadió el comunicado de prensa.

En este intercambio de ideas, por ejemplo, este martes el cardenal Angelo Sodano, secretario de Estado hasta que se produjo el fallecimiento de Juan Pablo II, ofreció una relación sobre la actividad de la Santa Sede en el escenario internacional, según informa este miércoles el diario italiano «La Repubblica».

Navarro-Valls indicó, además, que los cardenales han estudiado algunos artículos del capítulo IV (de la I Parte) de la Constitución Apostólica «Universi Dominici Gregis» (UDG), promulgada en 1996, en el que se afrontan las «Facultades de los Dicasterios de la Curia Romana durante la vacante de la Sede Apostólica».

Sus normas establecen que, durante la Sede vacante –desde la muerte del Papa hasta la elección de su sucesor–, los dicasterios de la Curia Romana «no tienen ninguna facultad» que requiera la intervención del Sumo Pontífice en diversas formas o en aquello en que se actúe según una delegación especial del Santo Padre.

Sin embargo, «no cesan con la muerte del Pontífice las facultades ordinarias propias de cada dicasterio» vaticano.

De todos modos, Juan Pablo II estableció que «los dicasterios hagan uso de ellas sólo para conceder gracias de menor importancia, mientras las cuestiones más graves o discutidas, si pueden diferirse, deben ser reservadas exclusivamente al futuro Pontífice».

«Si no admitiesen dilación», explicó el Papa en la Constitución, «podrán ser confiadas por el Colegio de los cardenales al cardenal que era prefecto hasta la muerte del pontífice, o al arzobispo hasta entonces presidente, y a los otros cardenales del mismo dicasterio,a cuyo examen el sumo pontífice difunto las hubiera confiado probablemente».

«En dichas circunstancias, éstos podrán decidir de manera provisional, hasta que sea elegido el pontífice, todo lo que crean más oportuno y conveniente para la custodia y la defensa de los derechos y tradiciones eclesiásticas», aclaraba.

Por su parte, el «Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica» y el «Tribunal de la Rota Romana, durante la vacante de la Santa Sede siguen tratando las causas según sus propias leyes» (UDG 26) y emiten sentencias válidamente dentro de los límites de su propia competencia, sentencias que no requieren la aprobación del nuevo Papa («Pastor Bonus», art.18).

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ZENIT Staff

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