REYNOSA, lunes, 5 marzo 2007 (ZENIT.org).- Exponentes de la Iglesia en México han expresado su satisfacción por la aprobación en el Senado de la República de algunas reformas a los códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales en materia de explotación sexual infantil.
Lo han calificado como un paso importante en defensa de los derechos de los niños mexicanos, principalmente de los que se ven sometidos a atropellos, explotación y corrupción de menores, cayendo en las redes de la prostitución infantil, de la pornografía «y de la execrable pederastia».
En Reynosa, monseñor Oscar Guadalupe Lozano, vicario diocesano de pastoral y párroco de Nuestra Señora de Guadalupe, dio a conocer el texto de un comentario de la oficina de prensa de la Conferencia del Episcopado Mexicano, en el cual se hace este pronunciamiento, aclarando que no es un comunicado oficial de esta institución.
El documento señala que es importante subrayar que siempre serán bien recibidas las medidas legales, tanto a nivel nacional como internacional, a las gravísimas ofensas a la dignidad de los niños, como el así llamado «turismo sexual infantil» y las violencias de toda índole a la que se ven expuestos, ya que se trata de auténticos delitos contra la humanidad que, como tales, deben ser reconocidos y castigados.
Se alude en dicho comentario a que, sin embargo, las reformas aprobadas por el Senado presentan algunos errores que, como los propios senadores han manifestado, es preciso corregir, ya que se sostiene que podrían entrar en conflicto con la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público, que en su título cuarto, referido a las autoridades, en el artículo 25, párrafo segundo, prohíbe expresamente la intervención de las autoridades en los asuntos internos de las asociaciones religiosas, como nombrar o inhabilitar a los ministros de culto.
Indica el comentario de la oficina de prensa de la Conferencia del Episcopado Mexicano, que en los casos en los que el comportamiento o conducta de los ministros de culto constituyan una falta o delito penados por la ley, como toda persona, están obligados a responder por sus actos ante la sociedad y ante las autoridades, ya que el ser ministros no les otorga fuero o privilegio alguno, por lo que son ciudadanos sujetos a la legislación civil o penal, local o federal, según corresponda.
Se reconoce, sin embargo, que su carácter religioso y el ejercicio de su ministerio, es una cuestión que queda en manos de la institución religiosa a la que pertenece, y corresponde a esta institución religiosa resolver la inhabilitación, retiro o cese del ministerio que desempeña.
Sostiene el texto que, en el caso de la Iglesia católica, de acuerdo a las leyes eclesiásticas, al comprobarse que un religioso ha incurrido en algún delito, y concretamente en el caso de la pederastia, es suspendido de inmediato, iniciándose el proceso interno, hasta culminar con la suspensión definitiva de su ministerio.
Destaca el comunicado que es muy importante que en las leyes no haya lugar para huecos ni errores, «esto es imperante para caminar con pasos firmes hacia una sociedad más justa».
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Mar 05, 2007 00:00