Por último, invocamos a los fieles católicos tener siempre presente y aplicar en sus vidas el Evangelio de nuestro Señor Jesucristo.
Jesús María, 15 de julio de 2008.
CONFERENCIA EPISCOPAL PERUANA
LIMA, miércoles, 16 julio 2008 (ZENIT.org).- Publicamos el comunicado que ha emitido la Conferencia Episcopal Peruana sobre la entrada en vigencia de la norma que regula el divorcio rápido en el país.
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Con motivo de la entrada en vigencia de la Ley Nº 29227 que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las municipalidades y notarías de la república, además de reiterar que lamentamos la adopción de dicha norma por debilitar la unión matrimonial, también hemos visto con preocupación que algunos medios de comunicación al momento de difundir esta noticia, transmiten imágenes de matrimonios realizados en templos católicos, provocando en los receptores una confusión sobre los verdaderos alcances de la referida norma.
Por este motivo, vemos conveniente comunicar a los fieles católicos y a todas aquellas personas de buena voluntad que también creen en la indisolubilidad del matrimonio, lo siguiente:
1º Conforme al plan de salvación de Dios, el matrimonio es un vínculo sagrado que consiste en la unión voluntaria de un hombre y una mujer, que deciden constituir entre sí una comunidad permanente de vida y amor: «Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a la mujer y se harán una sola carne» (Gn. 2, 23).
2º Por su propia naturaleza, esta unión es indisoluble y está orientada al bien de los cónyuges, a la procreación y a la educación de los hijos. La fidelidad a las promesas que hicieron los cónyuges al momento de contraer matrimonio, está intrínsecamente unido al amor fiel y perpetuo de Dios trino y a la dignidad de todo ser humano. «Lo que Dios ha unido, no lo separe el hombre» (Mt 19,6; Mc 10,9).
3º En consecuencia ninguna norma civil puede afectar el carácter sacramental del matrimonio religioso. El matrimonio es y será siempre un sacramento indisoluble, por lo que no es admisible el divorcio. Atentar contra la perpetuidad del matrimonio significa alejarse del orden natural dispuesto por el Creador en bien de sus hijos.
4° Pedimos a los medios de comunicación cuidar de difundir de manera clara, objetiva, responsable y verazmente los alcances de la norma en cuestión, especialmente en el caso de la publicación de fotografías y edición de vìdeos.
Por último, invocamos a los fieles católicos tener siempre presente y aplicar en sus vidas el Evangelio de nuestro Señor Jesucristo.
Jesús María, 15 de julio de 2008.
CONFERENCIA EPISCOPAL PERUANA