CIUDAD DE MÉXICO, miércoles 16 de marzo de 2011 (ZENIT.org – El Observador).- La reforma constitucional en derechos humanos aprobada por el legislativo federal en días pasados en México, tiene una serie de puntos que no han sido suficientemente esclarecidos ni siquiera por los propios partidos políticos que la llevaron a debate en las dos Cámaras.
Siguiendo el análisis que, desde el punto de vista católico, merece esta iniciativa, ZENIT-El Observador ha entrevistado al doctor Jorge Traslosheros Hernández.
Traslosheros Hernández es doctor en Estudios Latinoamericanos con especialidad en historia por la Universidad de Tulane. Es investigador del Instituto de Investigaciones Históricas de la Universidad Nacional Autónoma de México y miembro del Sistema Nacional de Investigadores.
Se ha especializado en historia de la justicia y es, hoy por hoy, una de las voces más destacadas del catolicismo mexicano en debates como el que ha surgido tras las reformas a la Constitución en materia de Derechos Humanos y Libertad Religiosa.
–¿En su opinión, las reformas constitucionales tienen más luces o más sombras?
Jorge Traslosheros: Creo que sus luces son más grandes que sus sombras, de cara al desarrollo de la sociedad civil que sólo puede darse en un ambiente democrático. Esto, me queda muy claro, opera en beneficio de la acción de las Iglesias sin excepción, de manera muy especial de la Iglesia católica.
–¿Desde dónde nace esta reforma?
Jorge Traslosheros: La reforma tiene como piedra angular, a mi juicio, dos cambios de fondo. Uno, que eleva los derechos humanos derivados del Derecho Internacional a rango constitucional. Dos, que la Constitución mexicana deja de “otorgar” derechos y ahora los “reconoce”, lo que obligaría al Estado mexicano a promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos acorde al principio de interpretación generosa, es decir, acorde al mayor beneficio posible para la persona que según lo marca el Derecho internacional de los derechos humanos.
En esta lógica, bien podemos hablar de una reforma con sentido humanista. Por lo mismo, me ha sorprendido la relativa indiferencia con que ha sido recibida en los medios de comunicación, académicos e intelectuales pues, en los hechos, trasforma de manera sustantiva el orden constitucional mexicano.
–¿Por qué la Conferencia del Episcopado Mexicano la recibió con tanta alegría?
Jorge Traslosheros: Para la Iglesia católica esta reforma reviste especial interés. Su misión es el anuncio del Evangelio, lo que necesariamente lleva a los católicos a implicarse en diversas actividades, desde la acción contemplativa hasta la contemplación en la acción por decirlo en términos de práctica religiosa. Así, los derechos humanos, que derivan del derecho natural, son materia misma de la cultura católica en particular y cristiana en general.
Ahora se podrá contar con mayores instrumentos de derecho internacional para apoyar el desarrollo de los derechos de las personas tan íntimamente vinculados al Evangelio. Esto es claro. Si Cristo anuncia la plenitud de nuestra humanidad, los derechos naturales de esta humanidad no son ajenos a la Iglesia, por igual de católicos y no católicos. Para la Iglesia el fundamento de los derechos humanos es el derecho natural, que no desprecia para nada el consenso social, pero le da una orientación definitiva.
–¿Piensa usted que con esta reforma la Iglesia católica recupera su derecho de aparecer y vincularse a la vida pública de México?
–Jorge Traslosheros: La acción de la Iglesia, laicos y clero por igual, en asuntos como el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural, matrimonio entre varón y mujer, familia, adopción, indígenas, obreros, campesinos, migrantes indocumentados, mujeres, machismo, educación y un muy largo etcétera, se verá favorecida por contar con mejores instrumentos jurídicos para su acción que ahora se incorporarán plenamente al orden constitucional mexicano. ¡Enorme cosa! El ejemplo del Padre Solalinde en Oaxaca, cuya acción a favor de los migrantes centroamericanos es apoyada decididamente por la Iglesia, puede arrojar luz a lo que decimos, tanto como la lucha por la vida.
En realidad, desde hace muchos años el catolicismo ha desarrollado un gran movimiento en América Latina y México, silencioso y constante, a favor de los derechos humanos. Una reforma constitucional de la envergadura de la mexicana, no pude menos que ser recibida con alegría por los católicos. Que tiene sus sombras y ambigüedades, sus problemas de implantación y desarrollo, no se puede negar. Pero la noticia es, ciertamente, positiva desde la perspectiva de la Iglesia. Pensemos tan sólo en el asunto del desarrollo de la democracia y la libertad religiosa en México que están íntimamente vinculados.
–En países como México, con una larga tradición centralista del poder, ¿no es un mero ideal la democracia?
Jorge Traslosheros: La democracia, más que un ideal, es una forma de convivencia que permite resolver problemas sin recurrir a las bofetadas, un sistema político y cultural que se ha tornado insustituible en sociedades tan complejas y diversas como la nuestra.
La democracia será fuerte en la medida en que participen los ciudadanos en su desarrollo, para dejar el menor espacio posible a la veleidad de los políticos. Una democracia no pude existir sin la participación ciudadana personal, así como a través de las organizaciones que conforman los cuerpos intermedios de la sociedad, cuya variedad tiene como límite el bien común y la imaginación. La condición de posibilidad de la democracia es que estos cuerpos intermedios sean independiente del Estado, sobre todo independientes de los partidos políticos.
Aquí es donde la reforma que comentamos adquiere gran trascendencia. Son los derechos humanos, como asunto de la persona y no del Estado, lo que permite este desarrollo independiente de la sociedad, al fomentar la participación y refrenar el natural instinto autoritario de cualquier Estado y de quienes lo manejan, algo que en México nos tenemos por muy bien conocido.
–¿Qué hay, a todo esto, de positivo en el ejercicio del derecho a la libertad religiosa?
Jorge Traslosheros: Entre los cuerpos intermedios más importantes de la sociedad en México se encuentran las Iglesias. 95% de los mexicanos se identifican con alguna religión organizada en alguna forma de Iglesia.
La muy buena noticia es que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos es amplio y constructivo en materia de libertad religiosa, en donde el orden jurídico de nuestro país presenta serias deficiencias en perjuicio evidente de los ciudadanos que profesan alguna fe, laicos y ministros de culto por igual lo que, a su vez, fomenta y justifica prácticas sacrofóbicas en medios políticos, intelectuales, académicos y de comunicación que tienen gran impacto cultural.
Ahora, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos reconocido por el Estado mexicano en materia de libertad religiosa, pasará a formar parte del orden constitucional. Esto, debe quedar muy claro, una vez que termine el proceso de aprobación de la reforma en las legislaturas de los Estados.
–Muchos políticos mexicanos, incluso que se dicen católicos, suelen identificar libertad religiosa con posibilidad de ir a misa sin que nadie lo moleste a uno. Pero se trata de una miopía asombrosa, ¿no le parece?
Jorge Traslosheros: La libertad religiosa no es un asunto religioso, sino de derechos humanos que impacta decididamente el sano desarrollo de la sociedad civil y la democracia. Tiene como su cimiento la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, en su artículo 18, por la cual se afirma la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, así como la libert
ad de manifestar la religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Los instrumentos inspirados en este particular son muchos, por citar algunos de los más relevantes podemos enlistar: Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros de guerra (Ginebra, 1949); Pacto internacional de derechos civiles y políticos (Nueva York, 1966); Pacto internacional de derechos sociales, económicos y culturales (Nueva York, 1966 ); Convención americana sobre derechos humanos (San José de Costa Rica, 1969); Protocolo adicional a la Convención interamericana de derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (San Salvador, 1988); Convención sobre los derechos del niño (Nueva York, 1989); Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares (Nueva York, 1990); Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o en las convicciones ( Nueva York, 1981).
–¿No será esta nueva reforma un clásico «promúlguese pero no se cumpla», muy propio de los ordenamientos jurídicos en México?
Jorge Traslosheros: Sería difícil exagerar si decimos que este marco de protección y promoción es muy generoso con la libertad religiosa. Y aquí se presenta un reto grande para el orden jurídico mexicano y la protección de los derechos humanos. Nuestro régimen de libertad religiosa se agarra a cachetadas con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos como apuntamos.
Más pronto que tarde nuestros legisladores, autoridades y jueces tendrán que hacerse cargo del problema para dar cauce a un pleno régimen de libertad religiosa en México, siempre bajo el principio de interpretación generosa en materia de Derechos Humanos. Claro es que, como siempre, esto dependerá 99% de la participación de la sociedad civil, es decir, de que las Iglesias se pongan las pilas y empiecen la larga labor de promoción de las reformas necesarias.
–El Santo Padre, Benedicto XVI, fue muy claro sobre el tema de la libertad religiosa como un camino para lograr la paz y la paz hace mucha falta en México…
Jorge Traslosheros: Debe quedarnos muy claro que la libertad religiosa es un bien objetivo para una democracia. Consolida el Estado laico pues garantiza, por un lado, la separación de la Iglesia y el Estado y, por otro, que las religiones e Iglesias ocupen con plenos derechos el lugar que les corresponde que es la sociedad civil.
Las Iglesias son organismos vivos de la sociedad civil, su ámbito es la cultura y mientras mejor puedan desarrollar su labor, más beneficiada se verá la sociedad. A través de la Iglesias se gestionan enormes beneficios cotidianos que abarcan el amplísimo espectro de las necesidades sociales, desde las más íntimas como pude ser la relación con Dios, hasta las más cotidianas como llevarse un pan a la boca.
–Hay quien está en contra de esta reforma constitucional porque, dicen existe una posible pérdida de soberanía nacional, como efecto de la incorporación de los tratados internacionales a la Constitución en materia de derechos humanos. ¿Cuál es su opinión a este respecto?
Jorge Traslosheros: Creo que la crítica es difícil de sostener. Yo francamente no veo donde están los problemas y sí veo que, en esto, también la acción de la Iglesia se ve favorecida. La definición de soberanía derivada de la Paz de Westfalia (1648), que alcanza su cúspide con del desarrollo del Estado Nacional (siglos XIX) está ya fuera de foco.
Esta idea de que la soberanía se sostiene cual si fuera una fortaleza autogestiva y sin influencia del exterior, hace mucho que dejó de ser realidad, si es que alguna vez lo fue. Hoy la soberanía está directamente asociada a la capacidad de un Estado para gestionar su incorporación plena al orden internacional en beneficio de sus ciudadanos. Core del Norte sería el ejemplo de Estado soberano, o bien Cuba, acorde a las viejas definiciones, ¿alguien se apunta?. Yo no quiero eso para México.
Tampoco podemos pasar por alto que este enfoque está en la raíz del nacionalismo que condujo a la humanidad a dos guerras mundiales y al totalitarismo, por citar dos ejemplos entre muchos. Si observamos con cuidado, si nos pusiéramos roñosos con esto de la soberanía, tendríamos que echar por la borda todos los tratados de libre comercio, para empezar. Ahora bien, no debemos dejar de lado el hecho de que, la Iglesia Católica, ha luchando con tesón desde hace mucho, digamos desde Benedicto XV por lo menos, que fue el Papa de la primera guerra mundial, para establecer un Derecho Común a la humanidad. Por lo mismo su incansable apoyo y promoción del Derecho Internacional y a la Sociedad de las Naciones que derivó en la actual ONU.
Otros dos ejemplos. La Iglesia está en la raíz de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, en cuya elaboración tan decididamente participó Jacques Maritain con el franco apoyo de Pío XII (un Papa maravilloso) y, la creación misma de la Unión Europea. Ya si nos metemos a la labor de Juan XXIII, Juan Pablo II y ahora Benedicto XVI ¡nunca acabaríamos! y, como siempre, una entrevista es de tiempo limitado.
Por Jaime Septién