ROMA, jueves 29 de septiembre de 2011 (ZENIT.org).- Benedicto XVI ha establecido el traspaso de las causas de dispensa del matrimonio confirmado pero no consumado y de las declaraciones de nulidad de la sagrada ordenación, de forma exclusiva, al Tribunal de la Rota Romana, de manera que la congregación para la liturgia no se ocupará más que de liturgia.

Lo ha hecho a través de la Carta apostólica en forma de Motu Propio Quaerit semper, publicada este martes con fecha del 30 de agosto, que modifica la Constitución apostólica Pastor bonus.

En la Carta, Benedicto XVI explica que “la Santa Sede ha tratado siempre de adecuar la propia estructura de gobierno a las necesidades pastorales que en cada periodo histórico surgen en la vida de la Iglesia, modificando por esto la organización y la competencia de los Dicasterios de la Curia Romana”.

En las actuales circunstancias -observa- es conveniente que la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos se dedique principalmente a dar un nuevo impulso a la promoción de la Sagrada Liturgia, según la renovación querida por el Concilio Vaticano II a partir de la Constitución Sacrosanctum Concilium”.

“Por tanto -continúa- considero oportuno transferir a una nueva Oficina, constituida en el Tribunal de la Rota Romana, la competencia de tratar los procedimientos para la concesión de la dispensa del matrimonio confirmado pero no consumado y las causas de nulidad de la Sagrada Ordenación”.

De esta manera, el Papa ha liberado a la congregación para la liturgia de tareas jurídicas y se dedicará exclusivamente a la liturgia. Las nuevas normas entrarán en vigor el próximo 1 de octubre.

Según el decano de la Rota, monseñor Antoni Stankiewicz, estas nuevas normas adoptadas por Benedicto XVI en el ámbito jurídico y técnico referentes al matrimonio y a la ordenación sacerdotal representan una “innovación normativa de importancia histórica en el interior de la curia romana”.