(ZENIT Noticias – Humanitas / Roma-Santiago, 26.03.2022).- La Conferencia Episcopal francesa en su Asamblea ordinaria de noviembre de 2021 realizada en el santuario de Lourdes ha respondido al informe Sauvé sobre los abusos eclesiales tomando los siguientes acuerdos generales:
Reconocer la responsabilidad institucional de la Iglesia por las violencias que han sufrido tantas personas víctimas,
Reconocer la dimensión sistémica de esas violencias: en el sentido que estas no son solamente hechos individuales aislados, sino que han sido hecho posibles por un contexto global (que incluye) el funcionamiento de las mentalidades, de prácticas en el seno de la Iglesia Católica que han permitido que estos actos se perpetúen y han impedido que sean (debidamente) denunciados y sancionados,
Reconocer que esta responsabilidad conlleva un deber de justicia y de reparación que abre la posibilidad de pedir perdón en la verdad.
La declaración de los obispos de Francia ha acreditado ampliamente el informe de la Comisión Independiente sobre los abusos sexuales en la Iglesia francesa llamada Comisión Sauvé emitido en el mes anterior (octubre 2021) que estableció el alcance y las características del abuso sexual de menores dentro de la iglesia francesa en términos muy semejantes al de otros informes. Según los obispos el informe “ha puesto ante nuestros ojos el alcance de la violencia y agresiones sexuales cometidas en la Iglesia Católica en nuestro país”. La Comisión Sauvé calculó en alrededor de 300.000 las víctimas de abuso sexual cometidos por miembros de la Iglesia, que compromete (según un método de cálculo diferente) a cerca de 3.000 sacerdotes y religiosos en los últimos setenta años (más o menos 3% de los que ejercieron en ese período). “Conmocionados y abrumados, comprendemos y compartimos la angustia y la preocupación así como la ira suscitada por la institución eclesial que no supo ver estos terribles hechos ni denunciarlos, y que no prestó atención a las víctimas ni a su sufrimiento”.
El presidente de la Conferencia Episcopal francesa, Mons. Éric de Moulins-Beaufort, ha tomado como referencia la imagen esculpida de un “niño pequeño llorando en un pilar de la iglesia“ (tomada según parece de la Iglesia del Rosario en el mismo santuario de Lourdes donde se realizó la Asamblea), justamente allí “donde se debe cantar, alabar, y sentirse en paz en la casa de Dios” para dar comienzo a un tiempo de memoria y penitencia para toda la Iglesia de Francia. Según sus palabras, “Siguiendo a Jesús –sostuvo Mons. Moulins-Beaufort– haremos todo lo posible por preguntar a los heridos: «¿Qué quieres que haga por ti? » (Mc 10, 51).
Los obispos recogen íntegramente las recomendaciones 23, 24 y 27 de la Comisión que indican lo siguiente:
Recomendación n°23: Reconocer, para todo el período analizado por la Comisión, más allá de la responsabilidad penal y civil de los autores de los ataques y, si fuera el caso, de los responsables de la Iglesia, la responsabilidad civil y social de la Iglesia independientemente de cualquier culpa personal de sus líderes.
Recomendación n°24: Reconocer la responsabilidad sistémica de la Iglesia y como tal examinar los factores que contribuyeron a su fracaso institucional. Se debe admitir que el papel social y espiritual de la Iglesia le impone una responsabilidad particular dentro de la sociedad de la que forma parte.
Recomendación n°27: Establecer un sistema de justicia restaurativa durante los procesos penales por violencia sexual perpetrada en particular en el seno de la Iglesia, distinguiéndola claramente de los procedimientos de mediación que deben reservarse para la reparación de las consecuencias de esta violencia.
Al término de la Asamblea se anunció la creación de una instancia nacional independiente de reconocimiento y reparación (INIRR) presidida por la jurista Marie Derain de Vaucresson, que se encargará de reconocer la calidad de víctimas de las personas que aparecen en las denuncias, y proponer las medidas de reparación e indemnización financiera que sean necesarias (Recomendación n°32). Los obispos han dado seguridad que la indemnización no se hará con cargo a la contribución regular de los fieles sino con la venta de activos inmobiliarios a través de un fondo de administración interdiocesano (según Recomendación n°33).
Los obispos se han comprometido a mejorar los órganos de escucha y atención de víctimas en todas las diócesis haciéndose eco de las conclusiones del Informe que revelan una acción muy dispar en unas y otras. Respecto de las células de escucha de víctimas el Informe ofrece varias recomendaciones importantes como asegurar su visibilidad dentro y fuera de la Iglesia (n°19), asegurarse que estén atendidas solo por laicos con el fin de dar seguridades a los denunciantes, pero al mismo tiempo acreditar que se encuentren suficientemente cerca de la autoridad religiosa –en particular del obispo– para acreditar sus recomendaciones (n°18) y realizar auditorías periódicas para supervisar su funcionamiento (n°22). Es misión de estas células hacer una “cartografía de riesgos” e “identificar todas las formas de abuso de poder” que puedan existir dentro de la Iglesia según recomendación n°3.
Asimismo los obispos confirman su disposición a establecer un Tribunal penal canónico interdiocesano lo que recoge la Recomendación n°40: “instalar sin demora el tribunal penal canónico interdiocesano anunciado en marzo de 2021, asegurando la eficacia, competencia e imparcialidad, en particular a través de una colegialidad real y la integración en su seno, no solo de sacerdotes expertos, sino también de jueces laicos especialmente capacitados”.
Muchas otras recomendaciones quedan pendientes. Respecto de estas (45 en total) se decidió la creación de grupos de trabajo presididos por personalidades laicas que reflexionarán sobre lo solicitado y propondrán medidas que les permitan dar cumplimiento. «Estos grupos deberán hacer propuestas concretas para que la Iglesia pueda tomar decisiones más o menos a corto plazo, y si es necesario después de un período de experimentación”.
Entre estas recomendaciones cabe destacar la n°2 que solicita crear un órgano de recepción, tratamiento y análisis de datos sobre abuso que ofrezca un “aparato estadístico robusto y duradero que sea común a todas las diócesis y congregaciones religiosas”. La recomendación n°3 llama a “identificar todas las formas de abuso de poder y examinar cuidadosamente los modos de ejercicio del ministerio sacerdotal y episcopal”. La recomendación n°4 pide “identificar las exigencias éticas del celibato consagrado con respecto, en particular, a la representación del sacerdote y al riesgo que consistiría en conferirle una posición heroica o dominante”. La Recomendación n°5 llama a “verificar que todo carisma fundador esté subordinado a la caridad y asegurar un control efectivo de la jerarquía católica sobre el conjunto de las comunidades religiosas, sobre todo de las más recientes que no han entrado en el marco clásico de los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica”, lo que está en consonancia con la n°6 que solicita “examinar cuidadosamente las reglas de las diferentes órdenes religiosas y de comunidades nuevas”, sobre todo en lo que cabe a las exigencias de obediencia y silencio. La Recomendación n°9 indica que “resulta doloroso e inaceptable para las víctimas que conservan un lazo con la Iglesia ver un sacerdote abusador ejercer su ministerio. La recomendación n°11 llama a hacerse cargo del “exceso paradojal de fijación de la moral católica sobre las cuestiones sexuales” y revisar todo aquello que pueda perjudicar la lucha contra los abusos sexuales. Las recomendaciones 15 a 21 detallan la forma cómo deberían reorganizarse las células de escucha y atención de víctimas.
También se puede mencionar entre las recomendaciones destacadas la n°26 que insta a crear dispositivos concretos de reconocimiento en conjunto con víctimas y asociaciones de víctimas que incluyan “ceremonias públicas, celebraciones litúrgicas que hagan memoria de los sufrimientos infringidos y memoriales de víctimas”; la Recomendación n°36 que sugiere “reforzar la presencia de laicos en general y de mujeres en particular en las esferas decisionales de la Iglesia católica” y la n°43 (recogida también en la Recomendación n°8) que indica que según el parecer de la Comisión “el secreto de confesión no puede derogar la obligación, prevista por el código penal (francés) y en conformidad… con la obligaciones del derecho divino natural de protección de la vida y de la dignidad de la persona de señalar a las autoridades judiciales y administrativas los casos de violencias sexuales infringidas a un menor o a una persona vulnerable”.