MADRID, jueves, 27 mayo 2004 (ZENIT.org).- Publicamos la «Nota» del Comité Ejecutivo de la Conferencia Episcopal publicada este jueves con el título «Por una ciencia al servicio de la vida humana» ante la anunciada modificación de la Ley de Fecundación in Vitro por parte de exponentes del gobierno español.
«Por una ciencia al servicio de la vida humana»
El Gobierno anuncia una nueva reforma de la Ley de Reproducción (33/1988) y, mientras tanto, una revisión inmediata y práctica de la reciente reforma de esa misma ley, aprobada en noviembre del año pasado (45/2003). Sobre esta última reforma versó ya nuestra Nota del 25 de julio de 2003, titulada Una reforma para mejor, pero muy insuficiente. Ahora, al tiempo que expresamos nuestra confianza en la ciencia y en la medicina, manifestamos también las graves preocupaciones que suscitan determinadas prácticas y propuestas.
1. La ciencia y la técnica son siempre bienvenidas cuando se ponen realmente al servicio de la vida. La Iglesia saluda los avances médicos que han hecho posible el diagnóstico y la curación de enfermedades desconocidas o incurables. Este progreso merecerá realmente tal nombre y no se volverá contra el ser humano, sólo si se respeta plenamente la dignidad inviolable de todos los seres humanos en cualquier momento de su desarrollo y de su vida.
En las tres últimas décadas han sido muy notables los adelantos realizados en el conocimiento de la biología de la reproducción y en sus aplicaciones. También en el campo de la genética se han abierto nuevos e insospechados horizontes para la prevención y la curación. Pero, sin desconocer los esfuerzos loables de muchos profesionales de la medicina y del derecho, hemos de decir asimismo que algunas técnicas y leyes permiten que se trate a los seres humanos como si fueran cosas o animales que se pueden producir, manipular o incluso comercializar. Ciertas novedades llamativas, más espectaculares que realmente curativas, pueden hacer olvidar algo de vital importancia: que las personas no deben ser producidas o reproducidas en los laboratorios, sino procreadas en la unión interpersonal de los esposos. Puesto que todas las personas tenemos básicamente la misma dignidad y los mismos derechos, nadie puede abusar de su prepotencia para producir a sus semejantes, traídos a la existencia y, a veces, incluso diseñados y seleccionados entre otros para ser utilizados según determinados intereses. Como personas que son, los hijos tienen derecho a venir al mundo como fruto de la relación fecunda de sus padres, sin que ésta sea suplantada por ninguna técnica productiva e impersonal. Sólo así se salvaguarda adecuadamente el carácter personal de relaciones humanas tan fundamentales como son las vinculaciones familiares de paternidad /maternidad, filiación y fraternidad. Si éstas se deterioran o suprimen, la sociedad no podrá ser verdaderamente humana y solidaria.
Cuando se permite y comete la injusticia fundamental de tratar a los seres humanos incipientes como si fueran objetos o animales, la lógica de la eficacia productiva prima fácilmente sobre el respeto a la dignidad humana y entonces el campo queda abierto para toda una serie de otras graves injusticias. Se producen miles de embriones llamados «sobrantes» que o bien se desechan directamente en prácticas eugenésicas y abortivas, o bien son congelados y entregados a un destino incierto; se alteran las relaciones familiares acudiendo a donantes de gametos ajenos al matrimonio; se condena a algunos niños a nacer sin familia, ya que puede ser una persona sola la que los encargue al laboratorio; y a muchos hijos se les impide conocer a sus padres, pues se establece el anonimato de los donantes de gametos. Todo esto está permitido y regulado por la vigente Ley de Reproducción (35/1988), que, por tanto, ha de ser calificada como injusta.
Un ejemplo de ciencia puesta al servicio de la vida humana es el de los nuevos tratamientos que ya se están aplicando en España, gracias a la investigación con células madre procedentes de tejidos de adultos. Ésas son auténticas terapias: las que curan sin dañar ni eliminar la vida de nadie.
2. La acumulación de miles de embriones humanos congelados en los centros de reproducción ha llegado a constituir un verdadero problema práctico, además de una gravísima cuestión ética. La Ley 45/2003, al introducir un límite en el número de fecundaciones y transferencias por ciclo, pretende salir al paso tanto de los embarazos múltiples como de la acumulación de embriones sobrantes en el futuro. Establece, además, que los embriones que se produzcan no podrán ser utilizados más que para la reproducción. Estas disposiciones – aun tratándose de una reforma muy insuficiente que no subsana la injusticia fundamental de la Ley de Reproducción – ponen de manifiesto una voluntad de proteger al embrión humano, pues se limitan los atentados contra su vida que se venían produciendo; se trata de evitar que la congelación de embriones sea un procedimiento habitual conducente a su acumulación, y se excluye su utilización como objeto experimental. En este contexto, la Ley 45/2003 abre la posibilidad de proceder a la descongelación de los embriones acumulados hasta ahora y a su eventual utilización para la investigación con determinadas condiciones, entre la cuales es muy importante la que prohíbe la reanimación de los embriones descongelados. De este modo parece que se pretende posibilitar la obtención de células madre a partir de embriones actualmente congelados a los que previamente se habría dejado morir en la descongelación. En la mencionada Nota del 25 de julio de 2003 hemos recordado los elementos fundamentales del juicio ético acerca de este procedimiento. Uno de esos elementos será comprobar que no existe complicidad entre quienes descongelan los embriones y quienes los han producido y congelado.
3. Fuentes gubernamentales han anunciado que se procederá inmediatamente a eliminar en la práctica toda limitación legal de las fecundaciones y transferencias por la vía de la introducción de un protocolo de excepciones generalizadas. Por otro lado, diversas actuaciones y declaraciones gubernamentales hacen pensar que se va a desproteger casi del todo al embrión humano con el fin de convertirlo en material de investigación, incluso a costa de quitarle la vida, y no se excluye con la claridad requerida ni siquiera el recurso a la llamada clonación terapéutica. Esta situación suscita graves preocupaciones. Por evidentes razones de humanidad, declaramos al respecto lo siguiente:
3.1. «El embrión humano merece el respeto debido a la persona humana. No es una cosa ni un mero agregado de células vivas, sino el primer estadio de la existencia de un ser humano. Todos hemos sido también embriones. Por tanto, no es lícito quitarles la vida ni hacer nada con ellos que no sea en su propio beneficio. Se habla de «preembriones» para sugerir que en los catorce días posteriores a la fecundación no existiría más que una realidad prehumana que no merecería el respeto debido a los seres humanos. Pero esta ficción lingüística pretende ocultar el hecho de la continuidad fundamental que se da en las diversas fases del desarrollo del nuevo cuerpo humano. Donde hay un cuerpo humano vivo, aunque sea incipiente, hay persona humana y, por tanto, dignidad humana inviolable» (Nota «Una reforma para mejor, pero muy insuficiente», 4).
3.2. La reforma introducida por la Ley 45/2003 queda totalmente desvirtuada sólo por el hecho de eliminar por la vía de las excepciones generalizadas las disposiciones encaminadas a evitar la acumulación de embriones en el futuro. Esto implica un notable paso atrás en la protección del embrión humano. Es previsible un aumento del número de embriones congelados y la reproducción agravada de una situación que ya había creado una cierta alarma social. El derecho a la vida de los seres humanos, inclus
o en su etapa de embriones, debe prevalecer sobre cualquier consideración acerca de la eficacia de las técnicas de reproducción. No se puede permitir la acumulación de embriones humanos por motivos supuestamente clínicos para luego dar luz verde a su utilización como material de investigación. En estas condiciones, ningún consentimiento informado, ninguna medida de control, ni siquiera la hipotética no reanimación de los embriones descongelados podría hacer éticamente tolerable la utilización ulterior para la experimentación de los embriones acumulados.
3.3. Descongelar los embriones «sobrantes» para reanimarlos y luego quitarles la vida en la obtención de sus células madre como material de experimentación es una acción gravemente ilícita que no puede ser justificada por ninguna finalidad supuestamente terapéutica. El fin no justifica los medios. No es lícito matar a un ser humano, incluso en su fase de embrión, aunque se haga con la intención de curar a otro. La ciencia y la medicina que se permiten eliminar seres humanos, aunque éstos no tengan más que unos días de edad, se convierten en actividades inmorales y antisociales. Ni las promesas de curación – hoy por hoy, meras promesas muy lejanas de la realidad, pues no existe ninguna terapia basada en células madre embrionarias- ni tampoco los logros hipotéticos futuros pueden hacernos olvidar el respeto a la dignidad inviolable de todo ser humano. Todo ello, sin que entremos en la posible ilegalidad de estas prácticas, juicio que no es de nuestra competencia específica, pero que parecería deducirse de lo establecido por la Ley 45/2003.
3.4. La llamada clonación terapéutica es una de las amenazantes posibilidades que se siguen de la práctica injusta de la producción de seres humanos en los laboratorios. La legislación española actual cierra el paso a tal amenaza. Son inquietantes algunas declaraciones a este respecto de personas del mundo de la ciencia y de la responsabilidad política. Se dice que no se trata de producir niños clónicos, sino tan sólo embriones para ser utilizados en la supuesta curación de determinadas enfermedades. Sin embargo, es necesario advertir que esos embriones, aunque no se les permita desarrollarse y llegar a ser niños nacidos, son ya seres humanos que no pueden ser sacrificados bajo ningún pretexto. Su carácter de clónicos nada quitaría a su condición de humanos. Una vez que se hubiera cometido la tremenda injusticia de producirlos, nada justificaría la inmoralidad de eliminarlos en aras de la experimentación. Palabras como «nuclóvulos» o «transferencia nuclear» son utilizadas a veces para enmascarar esta realidad, con el propósito político de evitar la justificada alarma y aversión que produce en la sociedad la clonación de humanos. Por lo demás, si se abre el camino a la mal llamada clonación terapéutica, se habrá dado sin duda un paso decisivo y preocupante hacia la clonación reproductiva. Si, en fin, no existe ninguna aplicación terapéutica de las células madre embrionarias, menos aún de las que procedan de embriones clónicos. Lo que algunos desean, ante todo, es experimentar con seres humanos clónicos. Ésa es la triste realidad.
Pedimos al Dios de la vida que ilumine a las personas que tienen responsabilidad en estos delicados asuntos. Es necesario no dejarse engañar por ilusiones ni cegar por determinados intereses. Busquemos juntos el verdadero progreso, que no se consigue nunca a costa del sagrado derecho a la vida y a las condiciones familiares adecuadas de su gestación y de su acogida.
Madrid, 25 de mayo de 2004
Comité Ejecutivo de la CEE