ROMA, martes 19 junio 2012 (ZENIT.org).- “La Conferencia Episcopal de Canadá (CECC) ha recibido con desolación la decisión que acaba de tomar una juez de la Corte suprema de la Columbia Británica sobre el suicidio asistido”, afirma en una nota hecha pública este lunes por el presidente de los obispos canadienses Richard W. Smith, arzobispo de Edmonton.
Una juez del Tribunal Supremo de la provincia canadiense de la Columbia Británica ha declarado inconstitucional la ley nacional que prohíbe el suicidio asistido por discriminar a los enfermos físicamente discapacitados. La resolución, sin embargo, no entrará en vigor hasta dentro de un año, el tiempo que la magistrada Lynn Smith ha concedido al Parlamento de Canadá para que modifique la legislación.
La nota del arzobispo Smith afirma que “la posición de la Iglesia católica es clara sobre esta cuestión: la vida humana es un don de Dios. Por esta razón, como enseña el Catecismo de la Iglesia Católica, en su nº 2.280, ‘nosotros somos los administradores y no los propietarios de la vida que Dios nos ha confiado. No podemos disponer de ella’”.
“Ser los administradores de la vida –añade la nota episcopal- requiere igualmente a cada uno de nosotros y a la sociedad entera que respondamos a los sufrimientos físicos, emocionales y morales de las personas de todas las edades, especialmente aquellas que están seriamente enfermas o minusválidas”.
En esta perspectiva, añade, como declararon los obispos de Canadá en 2005, “tenemos que afrontar una opción fundamental y la manera en que respondemos a ella revela la verdadera naturaleza del corazón de nuestra sociedad. ¿Demostramos solicitud hacia la persona enferma, anciana, minusválida y vulnerable animándola a cometer un suicidio o matándola deliberadamente por medio de la eutanasia? ¿O favorecemos más bien una cultura de la vida y de amor, en la que cada persona, en todo momento y en toda circunstancia en el curso de su vida natural, es percibida como un don?”.
La nota informa de que la CECC hará un comentario más detallado en una fecha posterior, una vez que sea posible examinar la sentencia de 395 páginas.
La ley de la Corte Suprema de la Columbia Británica concede un año al Parlamento para estudiar la cuestión.
“Esto dará también el tiempo necesario a la CECC para someter sus observaciones en el momento oportuno”, concluye la nota episcopal.